Última revisión
REGION DE MURCIA 2019 - DEDUCCIÓN POR GASTOS DE GUARDERÍA DE HIJOS MENORES DE TRES AÑOS 2
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 28/04/2020
Origen: AEAT (Informa)
Materia
142205 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - REGION DE MURCIA 2019
Pregunta
Si los gastos de guardería correspondientes a un hijo se han satisfecho sólo por uno de los padres pero ambos tienen derecho a aplicar el mínimo por descendientes ¿pueden aplicar ambos padres la deducción prorrateando su importe?
Respuesta
Sólo puede aplicar la deducción el padre que haya satisfecho los gastos de guardería, aunque ambos progenitores tengan derecho a aplicar el mínimo por descendientes. El importe de la deducción aplicada no podrá exceder de 1.000 euros respecto a ese hijo.
No obstante, tratándose de matrimonios en régimen de gananciales los gastos originados se entienden satisfechos por ambos progenitores.
Normativa/Doctrina
Artículo 1.Tres Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Tributos Cedidos (redacción Ley 14/2018)
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria