PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - 04. REQUISITOS DEL SOLICITANTE
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PERFECCIONAMIENTO ACTIVO...OLICITANTE

Última revisión
05/05/2022

PERFECCIONAMIENTO ACTIVO - 04. REQUISITOS DEL SOLICITANTE

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 05/05/2022

Origen: AEAT (Informa)


Materia

144438 - COMERCIO EXTERIOR - PERFECCIONAMIENTO ACTIVO Y PASIVO - PERFECCIONAMIENTO ACTIVO

Pregunta

¿Qué condiciones debe reunir el solicitante del régimen de Perfeccionamiento Activo?

Respuesta

Las condiciones que debe cumplir el solicitante son las siguientes:

  1. Que esté establecido en el territorio Aduanero de la Unión. No obstante, las autoridades aduaneras podrán ocasionalmente, cuando lo consideren justificado, conceder una autorización de perfeccionamiento activo a personas establecidas fuera del territorio aduanero de la Unión
  2. Que ofrezca la seguridad necesaria en lo que respecta a la buena ejecución de las operaciones. Se considera que los OEA de simplificaciones aduaneras cumplen esta condición.
  3. Que constituya una garantía de conformidad con el artículo 89 del CAU.
  4. Que efectúe o mande efectuar las operaciones de transformación de las mercancías.
  5. Que esté registrado, es decir, que disponga de EORI.
  6. Que, durante el año anterior a la solicitud, no se haya anulado o revocado ninguna autorización de perfeccionamiento pasivo del mismo solicitante por incumplimiento de las obligaciones de la autorización.

Normativa/Doctrina

Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el Código Aduanero de la Unión. Artículo 211.3

Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión. Art.161 y 240.3

Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Código Aduanero de la Unión



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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