VALOR EN ADUANA DE LA MERCANCIA - VALOR DE TRANSACCIÓN - AJUSTES SOBRE EL VALOR ...INCREMENTO DEL VALOR
Prácticos
VALOR EN ADUANA DE LA MER... DEL VALOR

Última revisión
01/01/2017

VALOR EN ADUANA DE LA MERCANCIA - VALOR DE TRANSACCIÓN - AJUSTES SOBRE EL VALOR DE TRANSACCIÓN - 01. POSITIVOS. INCREMENTO DEL VALOR

Tiempo de lectura: 3 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)


Materia

137728 - VALOR EN ADUANA DE LA MERCANCIA - VALOR DE TRANSACCIÓN - AJUSTES SOBRE EL VALOR DE TRANSACCIÓN

Pregunta

¿Qué costes deben incrementar el valor de transacción? (Ajustes Positivos)

Respuesta

Para determinar el valor en aduana se sumarán al precio realmente pagado o por pagar:

a) los siguientes elementos en la medida en que los soporte el comprador y no estén incluidos en el precio realmente pagado o que debe pagarse por las mercancías:

- las comisiones y los gastos de corretaje, salvo las comisiones de compra;

- el coste de los envases que, a efectos aduaneros, formen un todo con la mercancía, y

- el coste de embalaje (mano de obra y materiales)

b) el valor, imputado en forma adecuada, de los siguientes bienes y servicios, cuando hayan sido suministrados directa o indirectamente por el comprador, gratuitamente o a precios reducidos, y utilizados en la producción y venta para la exportación de las mercancías importadas, en la medida en que dicho valor no esté incluido en el precio realmente pagado o por pagar:

- materiales, componentes, partes y elementos similares;

- herramientas, matrices, moldes y objetos similares;

- trabajos de ingeniería, de desarrollo, artísticos y de diseño, planos y croquis, realizados fuera de la Unión y necesarios para la producción de las mercancías importadas;

c) los cánones y derechos de licencia relacionados con las mercancías objeto de valoración, que el comprador esté obligado a pagar, directa o indirectamente, como condición de la venta de dichas mercancías, en la medida en que tales cánones y derechos de licencia no estén incluidos en el precio realmente pagado o por pagar

d) el valor de cualquier parte del producto de una posterior reventa, cesión o utilización de las mercancías importadas, que revierta directa o indirectamente al vendedor; y

e) los siguientes costes hasta el lugar por donde se introducen las mercancías en el territorio aduanero de la Unión:

- los gastos de transporte y de seguro de las mercancías importadas, y

- los gastos de carga y de manipulación asociados al transporte de las mercancías importadas.

Normativa/Doctrina

Artículos 69 a 76 del Reglamento (UE) nº 952/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de

2013, por el que se establece el Código aduanero de la Unión

Artículos 127 a 146 y Anexos 23-01 y 23-02 del Reglamento de Ejecución (UE) nº 2447/2015 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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