Derecho a vacaciones anuales retribuidas coincidentes con incapacidad temporal (IT)
Orden: laboral
Existe conservación del derecho a disfrutar de vacaciones cuando éstas coinciden en todo o en parte con un período de incapacidad temporal por enfermedad común siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado (art. 38, ET).El descanso semanal establecido en convenio, no disfrutado por IT, no es recuperable.STS 04/07/2018 (R. 1619/2017) Vacaciones establecidas por convenio para fechas determinadas e IT: se aplica la misma garant...