Los trabajadores a tiempo completo podrán acceder a la jubilación parcial, siempre que con carácter simultáneo se celebre un contrato de relevo en los términos previstos en el art. 12.7 del Estatuto de los Trabajadores, y se reúnan una serie de requisitos.NOVEDADES- Ley 24/2022, de 25 de noviembre. Con efectos de 26 de noviembre de 2022, se otorga al servicio social femenino los mismos efectos que la LGSS ya establece para la prestación del servicio militar obligatorio y para la prestaci...
La jubilación parcial puede alcanzarse compatibilizándola con un contrato de relevo o sin necesidad de la celebración simultánea del mismo:Jubilación parcial sin contrato de relevo: los trabajadores que hayan cumplido la edad ordinaria de jubilación y reúnan los requisitos para causar derecho a la pensión, siempre que se produzca una reducción de su jornada de trabajo comprendida entre un mínimo del 25 por ciento y un máximo del 50 por ciento, podrán acceder a la jubilación parcial ...
Tanto en el Régimen General de la Seguridad Social como en los Regímenes Especiales —con las especificaciones propias para cada modalidad de prestación en cada régimen especial—, podemos encontrar distintas modalidades de prestaciones de jubilación.NOVEDAD- Ley 24/2022, de 25 de noviembre. Con efectos de 26 de noviembre de 2022, se otorga al servicio social femenino los mismos efectos que la LGSS ya establece para la prestación del servicio militar obligatorio y para la prestación soc...
La jubilación puede ser definida como el cese en la actividad laboral provocado por razón de edad e implica una prestación de carácter laboral, formada por la entrega de una pensión vitalicia a los beneficiarios cuando cumplen determinados requisitos de antigüedad, edad o invalidez por accidente de trabajo, que cubre parte o la totalidad del sueldo que el trabajador percibía al momento de su retiro.NOVEDADES- Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre. Se modifica el art. 207.1.d.7.ª d...
La prestación por jubilación en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en su modalidad contributiva se calcula igual que en el Régimen General (D.A. 1.ª de la LGSS).La jubilación del autónomo 1.- Jubilación ordinariaEDAD67 años, o bien65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.PERIODO COTIZADOEn función de cuadro.BASE REGULADORASegún escala de cálculo.PORCENTAJEEn función de los años de cotización a la Seguridad Social. 2.- Jubilación ant...
La prestación económica por causa de jubilación, en su modalidad contributiva, será única para cada beneficiario y consistirá en una pensión vitalicia que le será reconocida, en las condiciones, cuantía y forma que reglamentariamente se determinen, cuando, alcanzada la edad establecida, cese o haya cesado en el trabajo por cuenta ajena (art. 204 y ss. de la LGSS).NOVEDAD - Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre. Se modifica el art. 207.1.d.7.ª de la LGSS (con efectos de 07/10/2022...
El disfrute de la pensión de jubilación parcial será compatible con el trabajo a tiempo parcial en la empresa y, en su caso, con otros trabajos a tiempo parcial anteriores a la situación de jubilación parcial, siempre que no se aumente la duración de su jornada y con la pensión de viudedad, la prestación de desempleo, y con otras prestaciones sustitutorias de las retribuciones que correspondieran a los trabajos a tiempo parcial concertados con anterioridad a la situación de jubilación...
A la hora del acceso a la pensión de jubilación anticipada se diferencia entre el retiro anticipado forzoso (para aquellos supuestos en los que el trabajador procede de un despido colectivo, un objetivo procedente o alguna causa de fuerza mayor) y el voluntario (derivado de la libre voluntad del trabajador).Las modalidades de jubilación anticipada se han visto modificadas, con efectos desde el 01/01/2022, por la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensi...
La Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones añade al texto de la LGSS, un nuevo artículo 206 bis regulador de la jubilación anticipada en caso de discapacidad. NOVEDAD- Ley 21/2021, de 28 de diciembre (reforma de las pensiones 2022): Con efectos de 01/01/2022 se crea un nuevo el art. 206 bis de la LGSS:- Se regulan por separado estos supues...
Cada Régimen Especial poseerá peculiaridades propias para el acceso, cuantía, porcentajes de aplicación y revisión de las pensiones de jubilación, no obstante, la legislación social estable una serie de requisitos generales en cada caso (D.A 1ª Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre):Estar en alta o en situación asimilada al alta en el Régimen correspondiente. No obstante, se puede causar derecho a pensión de jubilación desde la situación de no alta, siempre que se reún...
La edad de jubilación ordinaria de jubilación no es fija. En 2022 es de 66 años y dos meses para las personas que hayan cotizado menos de 37 años y seis meses, o 65 años para las personas que sí lleguen a este periodo de cotización previo.Edad ordinaria para causar derecho a la pensión contributiva de jubilacióna) Incremento en la edad de jubilación hasta 2027 A partir de 01-01-2013, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones...
La jubilación anticipada por razón de actividad encuentra su amparo legal en el artículo 206 de la LGSS (modificado con efectos desde el 01/01/2022) que dispone:«La edad mínima de acceso a la pensión de jubilación a la que se refiere el artículo 205.1.a) podrá ser rebajada por real decreto, a propuesta del titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en aquellos grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica...
Serán beneficiarios de la pensión de jubilación las personas incluidas en el Régimen General, afiliadas y en alta o en situación asimilada a la de alta, que reúnan las condiciones de edad, período mínimo de cotización y hecho causante, legalmente establecidos siguiendo el art. 205 de la LGSS.Para jubilarse en el año 2022 con el 100% de la pensión tendrán que tener cotizados 37 años y 6 meses o más y al menos 65 años. Con 37 años y 6 meses cotizados, la jubilación completa...
Con efectos del 1 de enero de 2022 la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones (BOE 29 de diciembre de 2021) publica la primera reforma del sistema de pensiones.Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensione...
El hecho causante de la pensión de jubilación se fija en la fecha en la que, por reunirse todos los requisitos exigidos, se causa derecho a la prestación, teniendo incidencia en el cálculo y en los efectos económicos de esta.NOVEDADES- Real Decreto 453/2022, de 14 de junio. Se regula la determinación del hecho causante y los efectos económicos de la pensión de jubilación en su modalidad contributiva.- Ley 21/2021, de 28 de diciembre (reforma de las pensiones 2022). Con efectos de 01/01...
Cuando se acceda a la pensión de jubilación a una edad superior a la legalmente establecida, el prestacionista (desde el 01/01/2022) puede optar entre:1. La obtención de un porcentaje adicional del 4% por cada año completo de trabajo efectivo que acredite con posterioridad al cumplimiento de la edad de jubilación.2. Una cantidad a tanto alzado por cada año completo de trabajo efectivo acreditado y cotizado entre la fecha de cumplimiento de la edad de jubilación y la del hecho causante de ...
La DA20 ,Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, establece los coeficientes reductores de la edad de jubilación de los miembros del Cuerpo de la Ertzaintza.Coeficientes reductores de la edad de jubilación de los miembros del Cuerpo de la Ertzaintza.1. La edad ordinaria exigida para el acceso a la pensión de jubilación, se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20 a los años completos efectivamente trabajados como miembros del...
La jubilación anticipada derivada del cese en el trabajo por causa no imputable a la libre voluntad del trabajador se encuentra regulada en el art. 207 de la LGSS. Este tema desarrollamos los requisitos de acceso, la reducción de la pensión en función del tiempo que le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación y el complemento para la jubilación anticipada. Todo actualizado a la última reforma de las pensiones.Beneficiarios y requisitos de acceso a la modalidad de j...
La duración del contrato relevo será como mínimo igual a la del tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad prevista en cada momento para la jubilaciónDuración del contrato de relevoSalvo que el contrato se concierte a jornada completa y con duración indefinida, la duración del contrato de relevo que se celebre como consecuencia de una jubilación parcial tendrá que ser indefinida o, como mínimo, igual al tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la ed...
El jubilado parcial puede acumular su jornada interanual para dejar de trabajar antes.. El Tribunal Supremo ha validado en dos sentencias la práctica empresarial por la que la jornada reducida de un jubilado parcial se concentra en un periodo determinado para que, de esta forma, se deje de trabajar antes.La Sentencia TS, Sala de lo Social, de 23/06/2011, Rec. 3884/2010, ha declarado la ausencia de responsabilidad -en relación con el reintegro de prestaciones por jubilación parcial - por...