ResumenA efectos del mantenimiento de la suspensión producida en vía administrativa de la sanción tributaria tras la interposición de un recurso contencioso-administrativo, según el artículo 233.8 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), la entidad interesada no cumplió con el requisito de comunicar a la Administración tributaria en el plazo de interposición del recurso contenciosoadministrativo la circunstancia de haberlo interpuesto y solicitado la suspensión. En consecuencia, p...
ResumenRECAUDACIÓN. APREMIO. EMBARGO. MOTIVO DE OPOSICIÓN. SUSPENSIÓN. La suspensión causada en vía administrativa no mantuvo su vigencia en vía judicial, porque la reclamante no comunicó a la Administración tributaria en el plazo de interposición del recurso contencioso-administrativo que había promovido dicho recurso y había solicitado la suspensión en el mismo. Además, no llegó nunca a ser efectiva la suspensión solicitada ante el TSJPV, ya que la medida cautelar estaba condici...
ResumenApremio deudas sanciones tributarias. Se opone el interesado a las actuaciones recaudatorias realizadas alegando la improcedencia de las sanciones impuestas: no es causa de oposición a la vía de apremio. Las resoluciones sancionadoras se entienden dictadas en los mismos términos de las propuestas, por el transcurso del plazo de quince días hábiles sin que el reclamante hubiese presentado alegaciones. Transcurso del periodo voluntario de pago sin abonarse las deudas: apremios proc...
ResumenNo concurre la alegada causa de oposición de falta de notificación de las providencias de apremio como motivo de oposición de los actos impugnados originados en el curso del procedimiento de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el punto 2 del artículo 138 de la LGT (Ley 230/1963), ya que del examen del expediente se deduce que no ha existido falta de actividad por parte del Administración para lograr la notificación personal en todas las fases antes de recurrir a la edictal, ...
ResumenMULTA DE TRANSPORTES. APREMIO.SUSPENSIÓN por interposición de recurso extraordinario: una vez finalizada la vía administrativa el acto es ejecutivo (confirmado por doctrina TSJPV).APLAZAMIENTO de pago en periodo voluntario: la resolución del RER no otorga nuevos plazos de pago de la sanción. Periodo ejercutivo ya iniciado tras finalizar plazo voluntario de pago (15 días desde notificación OF desestimando el recurso de alzada). Solicitud posterior al inicio del periodo ejecutivo.DES...
ResumenApremio por impago de sanción tributaria simple. Se opone el interesado a las actuaciones recaudatorias realizadas alegando desconocer la sanción impuesta. La resolución sancionadora se entiende dictada en los mismos términos de la propuesta, por el transcurso del plazo de quince días hábiles sin que el reclamante hubiese presentado alegaciones. Transcurso del periodo voluntario de pago sin abonarse la deuda: apremio procedente. SE DESESTIMACuestiónApremio por impago de sanción tr...
ResumenAPREMIO. EMBARGO. CONDONACION SANCIONES. No se producen los dos motivos de oposición a la providencia de apremio alegados, referidos al pago y la suspensión.Solicitud de suspensión en escrito de petición de condonación de las sanciones, pero sin aportar garantía. La suspensión sólo procede en estos casos a partir del momento en que la garantía es aportada, no bastando el mero ofrecimiento.El pago de las sanciones se produce una vez iniciado el periodo ejecutivo y antes de la noti...
ResumenProcedimiento de recaudación. Se cuestiona la validez de una providencia de apremio dictada y notificada con anterioridad a la interposición de una reclamación económico-administrativa contra el acuerdo de imposición de sanción. La extemporaneidad de la impugnación es una cuestión que deberá decidirse por el TEA ante el que se sustancia la misma. Descripción Tribunal Económico-Administrativo Central SALA TERCERA FECHA: 24 de abril de 2019...
ResumenLas sanciones no tributarias son ejecutivas una vez que agotan la vía administrativa, excepto que la normativa reguladora específica de alguna de ellas estableciera otra cosa distinta, razón por la cual no cabe la suspensión en esa vía. De ello resulta que salvo que hubiera una suspensión expresa de su ejecución por parte del Tribunal de Justicia ante el que se haya impugnado una sanción no tributaria, procederá el inicio del procedimiento de apremio una vez transcurrido el plazo...
ResumenPROVIDENCIA de APREMIO sobre sanciones por presentación fuera de plazo de declaraciones del I. sobre Sociedades de los ejercicios 1999 y 2000: La notificación de las liquidaciones en el BOG no es válida porque previamente no se efectuaron los dos intentos preceptivos de notificación personal. Los dos intentos que constan en el expediente corresponden al inicio del expediente sancionador, no a las liquidaciones, y se efectuaron en domicilio distinto al consignado por la entidad en sus ...
ResumenLa ejecución de la deuda tributaria no estaba tácitamente suspendida en vía administrativa, porque la petición de suspensión, formulada dentro del período voluntario de pago y en el curso de la reclamación, fue objeto de archivo al resolverse la reclamación en el mismo día. El archivo no equivale a su concesión, sino a su denegación, pues la primera exige un acuerdo expreso, previa valoración de las garantías aportadas y de los perjuicios alegados. La notificación del acuerd...
ResumenLa providencia de apremio referida a una sanción es correcta porque la suspensión automática de las sanciones en vía administrativa sólo se amplía a la vía judicial siempre que se cumplan determinados requisitos, entre los que se encuentra el ofrecimiento de caución, sin que baste la mera constancia de haber tenido conocimiento del hecho de haberse interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la liquidación con petición de suspensión. Esta conclusión no sufriría vari...
ResumenLa providencia de apremio es correcta, aunque se interpuso recurso contencioso-administrativo y existe auto concediendo la suspensión, pues no aparece en los antecedentes ni se aporta la comunicación a la Administración Tributaria de dicha interposición en la que solicitara la suspensión de la ejecución y sin perjuicio de que no puedan dictarse actos recaudatorios posteriores como consecuencia de la suspensión acordada.Descripción
En la Villa de Madrid, en la fecha arriba se...
Resumen
Sólo se hizo un intento de notificación personal, consignándose en el acuse que la notificación tenía una dirección incorrecta. Consta en el expediente notificación posterior que fue recibida en ese domicilio que contradice la condición de dirección incorrecta señalada por el empleado postal. La Administración debió expedir nuevo envío antes de acudir a la notificación edictal. Debe anularse el procedimiento de apremio y devolverse a la interesada la cantidad abonada con su...
ResumenSólo se hizo un intento de notificación personal, consignándose en el acuse que la notificación tenía una dirección incorrecta. Consta en el expediente notificación posterior que fue recibida en ese domicilio que contradice la condición de dirección incorrecta señalada por el empleado postal. La Administración debió expedir nuevo envío antes de acudir a la notificación edictal. Debe anularse el procedimiento de apremio y devolverse a la interesada la cantidad abonada con...
Resumen
Apremio por sanción de transportes. Falta de notificación de la resolución sancionadora. Sólo se hizo un intento de notificación personal, consignándose en el acuse que la notificación tenía una dirección incorrecta. Consta en el expediente notificación anterior que fue recibida en ese domicilio que contradice la condición de dirección incorrecta señalada por el empleado postal. La Administración debió expedir nuevo envío a la dirección facilitada en el escrito de alegac...
ResumenNo concurre aplazamiento como motivo de oposición al apremio y a la diligencia de embargo, según el artículo 99 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990) en relación al artículo 138 de la LGT (Ley 230/1963 redacción Ley 25/1995) aplicable dada la fecha de impugnación de la providencia. En el caso concreto, solicitado aplazamiento en período voluntario con ofrecimiento de garantía de hipoteca inmobiliaria, se requirió la subsanación de determinados document...
ResumenEs ajustada a derecho la diligencia de embargo de participaciones de la entidad reclamante en otra sociedad en desarrollo del procedimiento de apremio contra aquélla. Como la entidad reclamante se encontraba dada de baja en su domicilio, aunque no estaba ni liquidada ni disuelta, el único domicilio al que cabía dirigir las notificaciones era el del administrador de la misma, por lo que, como concluye el Tribunal Regional, debe considerarse debidamente practicadas tanto la notificación...
ResumenFalta de notificación de la liquidación: la resolución sancionadora se notificó personalmente. Prescripción de la infracción: no es causa de oposición al procedimiento de apremio. Prescripción de la sanción: no ha transcurrido el plazo previsto. SE DESESTIMA.CuestiónApremio por sanción de transportesDescripciónEXPEDIENTE 397/2012 En la ciudad de Pamplona a 28 de agosto de 2013, reunido el Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra, adopta la siguiente resolución: Vi...
ResumenAPREMIO. MULTA DE TRANSPORTES. MOTIVOS DE OPOSICIÓN: Falta de NOTIFICACIÓN de resolución que impone sanción. Hora distinta: No se cumple. Notificación incorrecta. Edictal improcedente: Debe decaer el apremio.ESTIMAR.Descripción**********SESIÓN: 28 de Febrero de 2007FALLO: 27.189En la ciudad de Donostia-San Sebastián, VISTA por el Tribunal Económico-Administrativo Foral la reclamación número 2006/0031 interpuesta por D.ª **********, con DNI **********, contra el Acuerdo del Jef...