RESUMENAnálisis del cómputo de los noventa días en los Despidos colectivos (Doctrina y fraude de ley)El apdo. 1, Art. 51 ,ET establece un periodo de noventa días para que los despidos realizados computen para la existencia de despido colectivo y resulte obligatoria la tramitación de un ERE. Se realiza un análisis del computo de las extincones que en un periodo de noventa días pueden realizarse sin que nazca la existencia de un despido colectivo y en consonacia la obligación a la tramita...
RESUMENLa normativa que impulsó la Reforma Laboral 2012, encomendó en su momento al Gobierno la aprobación de un real decreto sobre el reglamento de procedimiento de despidos colectivos y de suspensión de contratos y de reducción de jornada que desarrollase lo establecido en la misma, con especial atención a los aspectos relativos al periodo de consultas, la información a facilitar a los representantes de los trabajadores en el mismo, las actuaciones de la autoridad laboral para velar p...
PLANTEAMIENTOEn un despido colectivo adecuadamente justificado por las causas alegadas por la parte empresarial y tramitado por el cauce establecido, una trabajadora que disfruta de una reducción de jornada por cuidado de menor denuncia a la empresa por su inclusión en el ERE extintivo aludiendo un móvil discriminatorio por razón de sexo y manifestando que estaba embarazada en ese momento (hecho que la empresa desconocía)La empresa manifiesta que para la selección de los trabajadores afec...
PLANTEAMIENTOExtinción de la personalidad jurídica del empresario. Necesidad de seguir trámites del despido colectivo u objetivo.Una empresa entregó a una de sus trabajadoras una carta comunicando la extinción de la relación laboral cuyo contenido es el siguiente:"Por medio de la presente le comunico que con fecha 27 de junio de 2012, y ante el Ilustre Notario de A Coruña Don Mariano Pamplona Sánchez se firmo la escritura con número de protocolo 781, por la que se acordó la liquidac...
PLANTEAMIENTOUna empresa proponen un ERE de extinción por causas organizativas. De las 91 personas trabajadoras, se propone despedir a 50, en las que se incluye la totalidad (18) de las mujeres en plantilla:¿Qué porcentaje de mujeres deben quedar en plantilla? ¿Pueden despedir a todas las mujeres?RESPUESTAConsiderando los datos aportados y las preguntas efectuadas, indicarle que el ordenamiento jurídico español no regula los criterios de selección a tener en cuenta por el empresario pa...
PLANTEAMIENTONulidad judicial de la decisión extintiva de despido colectivo (art. 124.11, LRJS)El apdo. 11 del Art. 124 ,Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en referencia al proceso de despidos colectivos por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción o derivadas de fuerza mayor, establece:“La sentencia declarará nula la decisión extintiva únicamente cuando el empresario no haya realizado el período de consultas o entregado la document...
PLANTEAMIENTO¿Ante que organismo se han de impugnar los despidos colectivos tras la Reforma Laboral (Ley 3/2012, de 6 julio)?RESPUESTALas Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia conocen en única instancia de los procesos de despido colectivo impugnados por los representantes de los trabajadores de conformidad con lo previsto en los aprtds 1-10 del Art. 124 ,LJS, "cuando extiendan sus efectos a un ámbito territorial superior al de la circunscripción de un Juzgado de lo So...
PLANTEAMIENTOComunicación individual a los trabajadores del despido colectivoLa finalización del procedimiento de despido colectivo se produce mediante la comunicación de la decisión empresarial tras la celebración del periodo de consultas a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral, momento a partir del cual el empresario podrá comenzar a notificar los despidos a los trabajadores afectados por los mismos, siempre respetando el plazo mínimo de treinta días desde el...
PLANTEAMIENTOAnálisis de los requisitos establecidos por la jurisprudencia sobre la justificación del despido colectivo por causas económica.El empresario, ante un despido colectivo por causas económicas tiene que acreditar la concurrencia de la causa económica, organizativa o productiva. Por otra parte, la comunicación de la apertura del periodo de consultas debe de ir acompañada de una memoria explicativa de las causas del despido colectivo. En dicha memoria también se tiene que incl...
PLANTEAMIENTOProblemas procesales de la acción de despido colectivo ejercitada por la propia empresa para que éste se declare ajustado a derecho (Apdo. 3, Art. 124 ,LJS)Cuando la decisión extintiva no se haya impugnado por los representantes legales de los trabajadores o por la autoridad laboral, el empresario podrá interponer demanda contra su propia decisión de despido colectivo con la finalidad de que se declare ajustada a derecho.1.- ¿A la hora de constituir la relación jurídica p...
Materia132688 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - RENDIMIENTOS ÍNTEGROS DEL TRABAJOPreguntaCuando, como consecuencia de un despido colectivo cuya tramitación se inicie a partir de 12.2.2102, se produzca la extinción de contratos de trabajo ¿Cuál es la cuantía exenta para los trabajadores a efectos de IRPFRespuestaEn los supuestos de despidos colectivos realizados de acuerdo con el artículo 51 o producidos por las causas previstas en el art...
Materia136198 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - RENDIMIENTOS ÍNTEGROS DEL TRABAJOPreguntaCuando, como consecuencia de un despido colectivo cuya tramitación se inicie a partir de 12 de febrero de 2102, se produzca la extinción de contratos de trabajo ¿Cuál es la cuantía exenta para los trabajadores a efectos de IRPFRespuestaEn los supuestos de despidos colectivos realizados de acuerdo con el artículo 51 o producidos por las ca...
Materia135074 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - HECHO IMPONIBLE, EXENCIONES - INDEMNIZACIONESPreguntaCuando, como consecuencia de un despido colectivo cuya tramitación se inicie a partir de 12.2.2102, se produzca la extinción de contratos de trabajo ¿Cuál es la cuantía exenta para los trabajadores a efectos de IRPF?RespuestaEn los supuestos de despidos colectivos realizados de acuerdo con el artículo 51 o producidos por las causas previstas en el artíc...
Materia132686 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - HECHO IMPONIBLE, EXENCIONES - INDEMNIZACIONESPreguntaCuando, como consecuencia de un despido colectivo cuya tramitación se inicie a partir de 12.2.2102, se produzca la extinción de contratos de trabajo ¿Cuál es la cuantía exenta para los trabajadores a efectos de IRPF?RespuestaEn los supuestos de despidos colectivos realizados de acuerdo con el artículo 51 o producidos por las causas previstas en el artículo 52.c) de...
PLANTEAMIENTOCumplimiento del deber de evitar o reducir los efectos de los despidos colectivos a la hora de negociar un periodo de consultasA la hora de negociar un despido colectivo ¿Que propuestas o medidas se han de realizar para entender que se ha negociado de buena fe con el fin de reducir o disminuir el impacto del mismo sobre la empresa?RESPUESTAMedidas para evitar o reducir los despidos colectivos:a) La recolocación interna de los trabajadores dentro de la misma empresa o, en su cas...
PLANTEAMIENTOEl año 2012 se produce un cierre de empresa de grupo, lo que trajo como consecuencia el despido colectivo trabajadores con 33 dias año. En 2014 se interpone una demanda judicial por administracion desleal y estafa contra los derechos de los trabajadores. En 2018 la empresa ofrece 45.000 a cada trabajador y éstos retiran la demanda. ¿Se considera esta cantidad una renta exenta?Si no lo estuviera, ¿se le puede aplicar la reducción del 30% por renta irregular?RESPUESTASólo est...
PLANTEAMIENTOAnálisis sobre la legitimación de los grupos de empresas para promover despidos colectivos. La SAN de 28/09/2012 (R. 152/2012) llega a la conclusión de que el grupo de empresas está legitimado para promover un despido colectivo como tal grupo, habiéndose probado que la amplia dimensión de la comisión negociadora no impidió, obstaculizó o mermó la negociación efectiva. El único argumento que quedaba en pie para negar legitimación al grupo es el del silencio de las nor...
En este caso práctico analizamos la tributación de la indemnización por despido en el ámbito de un ERE que se recibe en la modalidad de pago único, así como la tributación de un pago único recibido por los trabajadores que se adhiriesen al ERE en concepto de mantenimiento del Convenio Especial de la Seguridad Social.PLANTEAMIENTOEl consultante de 57 años ha trabajado, desde el 1 de enero de 1979, para una caja de ahorros que fue absorbida por otra entidad. En virtud de un expediente...
PLANTEAMIENTOTratamiento legal diferente ante decisiones modificativas y extintivas por pérdidas en la empresa (Art. 41,Art. 52 ,ET tras Reforma Laboral 2012)RESPUESTALa modificación sustancial no exige, a diferencia de la extinción por causas económicas, la concurrencia de pérdidas.ANÁLISISLa jurisprudencia, por todas STS 17-05-2005 (R. 2363/2004 - TS, Sala de lo Social, de 17/05/2005, Rec. 2363/2004-), examinando la versión anterior al 12/02/2012 del Art. 41 ,ET, concluyó que la mod...
PLANTEAMIENTO¿Es posible la inclusión de los representantes de los trabajadores en un ERTE COVID-19?RESPUESTALa prioridad de permanencia en la empresa como garantía laboral de los representantes de los trabajadores no es absoluta. Si se justifican los motivos, es lícito incluir a los RLT dentro de un ERTE Fuerza mayor o ETOP COVID-19.El art. 13Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contrato...