NormativaLey 43/1995 art. 133Cuestión Diversas cuestiones relacionadas con la contestación a una consulta anterior (47590/98) relativa al régimen aplicable en el Impuesto sobre Sociedades a la entidad consultante.Descripción La entidad consultante, asociación sin ánimo de lucro, está autorizada como Entidad de Gestión de derechos de propiedad intelectual. Como tal, realiza la actividad de gestión, administración y defensa de los derechos de la propiedad intelectual de los artistas int...
NormativaLey 37/1992 arts. 4, 5 y 11.CuestiónSujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de la facturación que realice la entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual a los obligados al pago de las compensaciones/remuneraciones equitativas descritas. DescripciónDe acuerdo con el Texto Refundido la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, existes determinadas situaciones de cesiones de derechos de autor dentro de cuyos límites ...
ResumenLa entidad gestiona derechos de propiedad intelectual que no son de su titularidad, sino de terceros (autores, productores, etc) y, por ello, siempre por cuenta e interés de esos terceros. La gestión realizada por la entidad respecto a los derechos de gestión colectiva obligatoria ha de entenderse desempeñada en nombre propio. Por tanto, la entidad realiza una explotación económica (artículos 5.2 de la Ley 61/1978 y 134.2 y 3 de la Ley 43/1995), por lo que la totalidad de las canti...
NormativaLey 37/1992 art. 20-Uno-26º y 78-UnoCuestiónInclusión de la citada compensación en la base imponible del impuesto.DescripciónEl artículo 25 del Texto Refundido la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, regula la compensación equitativa por copia privada, que es una obligación legal que se origina por la reproducción realizada exclusivamente para uso privado, mediante aparatos o instrumentos técnicos no tipográficos, de obra...
NormativaCDI Ecuador, art. 7 y 12, TRLIRNR RDLeg 5/2004 art- 13CuestiónSi el Estado de Ecuador está facultado para someter a imposición los rendimientos obtenidos por la sociedad española en aplicación del contrato descrito.DescripciónUna sociedad española ostenta los derechos de propiedad industrial e intelectual de diversos formatos televisivos de entretenimiento que tiene previsto ceder mediante contrato a una sociedad residente en Ecuador.Adicionalmente, por su experiencia en la prod...
NormativaLey 1/2000, art. 607, apartados 1, 2 y 3 Ley 58/2003, art. 169.2.c) Real Decreto 939/2005, arts. 82.1 y 89.2 Real Decreto Legislativo 1/1996, art. 53.2CuestiónAplicación de los límites de embargabilidad de salarios a los derechos de propiedad intelectual. DescripciónLa consultante es una entidad que gestiona de forma colectiva los derechos de propiedad intelectual de autores de libros y publicaciones. Dicha entidad liquida a los autores las cantidades que les corresponden en concept...
NormativaLey 40/1998, Arts 16-2-d, 16-3, 23-4-a y 25; RD 214/1999, Arts. 75-1-3ª, 88 y 94.Cuestión Calificación de los rendimientos y retención que procede practicar.Descripción La entidad consultante, cuya actividad principal es la edición, satisface rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, concretamente, pagos por derechos de autor que, en algunos casos, son percibidos por los herederos. Contestación a) Derechos de propiedad intelectual abonados directamente a la persona f...
Normativa Orden EHA/63/2005CuestiónEn relación con el contenido de la Orden EHA/63/2005:¿Debe ser la entidad extranjera, y no la administración fiscal de dicho país, la que facilite la documentación citada por cada pago a realizar?¿Existe alguna orden posterior que anule la citada Orden?Descripción La consultante es una entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual, reconocidos a los autores y editores de libros y publicaciones asimiladas, que recauda, en nombre de estos, la p...
NormativaLey 37/1992 arts. 78, 80-seisCuestiónDeterminación de la base imponible a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.DescripciónLa entidad consultante es una entidad de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual. En concepto de remuneración por la utilización del repertorio de las obras de sus socios, la consultante recauda de los usuarios (televisiones, radios, medios de comunicación, empresarios varios…) la remuneración en función del uso de dicho repertorio q...
ResumenTienen la consideración de cánones los pagos hechos a la sociedad matriz no residente por la cesión del uso y disfrute de "software" protegido por la legislación sobre propiedad intelectual; tributando al tipo del 5%, según CDI, al haber declarado el Tribunal Supremo que los programas de ordenador son obras literarias a estos efectos.Descripción
ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: Con fecha de 1994 la entidad formuló ante la Delegaci...
NormativaLey 40/1998, Arts. 16-2-d), 17-2-a), 23-4-a) 24-2-a; RD 214/1999, Arts. 70-2-b, 75-1-3ª, 94Cuestión1. Calificación de las rentas percibidas por los socios. 2. Si puede considerarse que las rentas percibidas por los artistas a través de la entidad de gestión de los derechos de propiedad intelectual tienen un período de generación superior a 2 años. 3. Tipo de retención procedente. 4. Forma de aplicar lo previsto en los artículos 76.1, 78.2.1ª, 78.3.d) y 81.2.3ª del Reglamento...
NormativaArtículo 12, Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos de América , de 22 de febrero de 1990 (BOE 22-12-1990)Cuestión La entidad desea conocer:- El tipo de retención que resulta aplicable en una serie de casos en que satisface pagos en concepto de cánones a diversas personas.- Si puede deducirse el impuesto pagado en el extranjero DescripciónEntidad residente en España que tiene encomendada la gestión y recaudación por cuenta de los productores audiovisuales, tant...
NormativaLey 18/1991Cuestión Tratamiento fiscal de las operaciones de reparto de XXX entre los titulares de los derechos que representa en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.DescripciónXXX es una Entidad de Gestión de los derechos de propiedad intelectual reconocidos a los actores y sus derechohabientes que recauda, en nombre de éstos, la participación que les corresponde en la remuneración por copia privada audiovisual prevista en ...
Normativa TRLIRNR RDLeg 5/2004 art. 9 y 13Cuestión1- Si los rendimientos que se obtienen de B en representación de C y D, y luego son trasladados a C y D, están sometidos a retención en España, o, por el contrario, se considera que la sociedad española actúa como mero intermediario, tal como indica el artículo 9.2 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. 2- Si están sujetos a retención en España los rendimientos que se abonan a cada artista no resid...
Normativa TRLIS RDLeg 4/2004 arts. 38-2, 44, 48 y 51CuestiónSe plantean las siguientes cuestiones:1. Confirmación de la correcta aplicación por parte de la consultante de la deducción regulada en el artículo 38.2 del TRLIS.2. Confirmación respecto del correcto traslado de los resultados fiscales, deducciones, bonificaciones y retenciones de la consultante a su socio C en un porcentaje superior al de su cuota de titularidad.3. Confirmación respecto al cumplimiento de requisito de mantenimi...
NormativaLey 1/2000, art. 607, apartados 1, 2 y 3 Ley 58/2003, art. 169.2.c) Real Decreto 939/2005, art. 82.1CuestiónCómo se aplican los límites legales de embargabilidad de salarios en relación con los derechos de propiedad intelectual que se liquidan de forma anual, semestral o trimestral. DescripciónLa consultante es una entidad que gestiona de forma colectiva los derechos de propiedad intelectual a favor de autores de la creación visual. Dicha entidad liquida a los autores, con una per...
NormativaRIRPF. Art. 76CuestiónObligación de la consultante de practicar retenciones a cuenta del IRPF sobre los rendimientos que recibe de las sociedades de gestión extranjeras para su entrega al socio que los ha generado. DescripciónLa consultante, entidad gestora de derechos de propiedad intelectual, satisface a sus socios rendimientos recaudados en el extranjero por derechos de propiedad intelectual por otras entidades de gestión con las que mantiene contratos de reciprocidad. Los impor...
Normativa: TRLIS RDLeg 4/2004 art. 38-2Cuestión1. Es posible que en una producción deban efectuarse aportaciones no dinerarias, pero susceptibles de valoración económica, como pueden ser derechos de propiedad intelectual, industrial y de imagen. Por tanto, se solicita aclaración del término inversión y, en particular, si tienen cabida en él las aportaciones de derechos como los citados que efectúe el productor.2. Determinación del concepto de coproductor financiero. Deducción aplicabl...
NormativaLey 40/1998 Art. 10, 11-2, 11-4, 16-2-d, 23-4-d, 25CuestiónRetenciones a practicar en los siguientes casos. a) Derechos de propiedad intelectual abonados directamente a la persona física autora de la obra.b) Derechos de la propiedad intelectual abonados directamente a una persona física distinta del autor de la obra.c) Derechos de la propiedad intelectual abonados directamente a comunidades de bienes, cuando todos los comuneros han colaborado en la confección de la obra.d) Derechos ...
NormativaRD 1841/1991 Art 51 y RD 214/1991 Art 88CuestiónSometimiento a retención de los rendimientos obtenidos por los derechos de autor de las fotografías.Descripción El consultante desarrolla la actividad de servicios fotográficos (ep. IAE:973.1). En el ejercicio de la misma, en algunas ocasiones realiza y vende fotos por lo que cobra derechos de autor. ContestaciónEl artículo 10.1 de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, incluye entre las creaciones que son obj...