Última revisión
Acuerdo de la Junta Electoral Central 169/2004 de 01 de marzo de 2004
Relacionados:
Órgano: Junta Electoral Central
Fecha: 01/03/2004
Num. Resolución: 169/2004
Cuestión
Recurso interpuesto por el Partido Andalucista contra los acuerdos de la Junta Electoral Provincial de 18 y 26 de febrero en relación con los programas que se vienen emitiendo por la emisora municipal de televisión "Onda Jerez".Contestacion
Acuerdos de la Junta Electoral CentralSesión JEC: 01/03/2004
Núm. Acuerdo: 169/2004
Núm. Expediente: 292/296
Autor:
Presidente de la Junta Electoral Provincial de Cádiz
Objeto:
Recurso interpuesto por el Partido Andalucista contra los acuerdos de la Junta Electoral Provincial de 18 y 26 de febrero en relación con los programas que se vienen emitiendo por la emisora municipal de televisión "Onda Jerez".
Acuerdo:
Desestimar el recurso por los propios fundamentos de la resolución recurrida, recordando que el ineludible pluralismo de los medios de comunicación social, especialmente los de titularidad pública, durante el período electoral, exigido por el artículo 66 de la LOREG, no exige una absoluta adecuación matemática, por lo demás imposible, a los resultados electorales de los tiempos de debate, y teniendo en cuenta que las razonables expectativas del Partido Andalucista de participar en los distintos programas de información política parecen encontrarse garantizadas para actos futuros, sin perjuicio de que una eventual preterición de esta fuerza durante el período restante de campaña pudiera dar lugar a las actuaciones pertinentes por parte de esta Junta.
Descriptores de materia:
JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA RADIO RECURSOS ADMINISTRATIVOS
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