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RESOLUCION de 10 de abril de 2007, de la Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se acuerda que los contratos de seguro que integren la cartera de la entidad «Centro Asegurador Compañia de Seguros y Reaseguros, S. A.» venzan anticipadamente. - Boletín Oficial del Estado, de 29 de Mayo de 2007
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Órgano: Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones
Fecha: 29/05/2007
Teniendo en cuenta lo anterior, así como la larga duración de los contratos, que de llegar a su fin dilatarían enorme e innecesariamente el proceso de liquidación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 d) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobada por Real Decreto 6/2004, de 29 de octubre, y en el artículo 84 del Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados su Reglamento, y con la finalidad de facilitar la liquidación, esta Dirección General ha acordado:
Determinar que los contratos de seguro que integren la cartera de la entidad «Centro Asegurador Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A.» venzan anticipadamente, a los quince días de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Contra la parte dispositiva de la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa podrá el interesado interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, ante el Sr. Secretario de Estado de Economía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 10 de abril de 2007.– El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano Aragüés.