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Resolucion de 19 de septiembre de 2005, de la Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se acuerda el vencimiento anticipado de los contratos de seguros concertados por la entidad» Mutua de Lunas y Cristales, Sociedad de Seguros a Prima Fija» (en liquidacion). - Boletín Oficial del Estado, de 27 de Septiembre de 2005
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Órgano: Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones
Fecha: 27/09/2005
Teniendo en cuenta lo anterior, así como la larga duración de los contratos, que de llegar a su fin dilatarían enorme e innecesariamente el proceso de liquidación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2.d) del Real Decreto 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y en el artículo 84 de su Reglamento, y con la finalidad de facilitar la liquidación,
Esta Dirección General ha acordado:
Determinar que los contratos de seguro que integren la cartera de la entidad «Mutua de Lunas y Cristales, Sociedad de Seguros a Prima Fija» venzan anticipadamente, a los quince días de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Contra la parte dispositiva de la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá el interesado interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, ante el Sr. Secretario de Estado de Economía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid 19 de septiembre de 2005.-El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano Aragüés.