Resolución de Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia, 023388 de 16 de Abril de 2020
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Resolución de Tribunal Ec...il de 2020

Última revisión
29/05/2020

Resolución de Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia, 023388 de 16 de Abril de 2020

Tiempo de lectura: 2 min

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Relacionados:

Órgano: Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia

Fecha: 16/04/2020


Normativa

Artículo Único de la Orden Foral 749/2020, de 7 de abril, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se extiende el plazo para el pago en periodo voluntario de ciertas liquidaciones practicadas por la Administración tributaria como consecuencia de la emergencia sanitaria COVID-19.

Resumen

COVID-19. Plazo voluntario de pago de las liquidaciones practicadas por la Administración.

Cuestión

¿Cuál es el plazo de pago de las liquidaciones practicadas por la Administración, en los casos en los que el plazo ordinario de pago de las mismas venza entre el 16 de junio y el 1 de junio de 2020?

Descripción

El plazo para el pago de las deudas tributarias en período voluntario resultantes de las liquidaciones practicadas por la Administración tributaria a que se refiere el artículo 60.1b) de la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, se extiende hasta el 1 de junio de 2020, inclusive, cuando dicho plazo finalice entre el 16 de marzo de 2020 y esa fecha.

 

Esta ampliación del plazo voluntario de pago también se aplica a los demás conceptos a los que se refiere el citado artículo 60.1 b) de la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia (a las deudas exigibles como consecuencia de la denegación de una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de pago, de compensación a instancia de parte, de dación de bienes o derechos en pago de deuda, o de suspensión del procedimiento recaudatorio), pero no a las deudas de vencimiento periódico.

 

Asimismo, también se extiende hasta el 1 de junio de 2020, inclusive, el plazo extraordinario para el pago de la deuda tributaria a que se refiere el artículo 60.3 de la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia (el que se abre como consecuencia de la notificación de la providencia de apremio), cuando dicho plazo finalice entre el 16 de marzo de 2020 y esa fecha.

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