Última revisión
Resolución de Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia, 21034 de 28 de Septiembre de 2001
Relacionados:
Órgano: Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia
Fecha: 28/09/2001
Normativa
Art. 9 e) de la NF 10/1998, de 21 de diciembre.
Resumen
Indemnización judicial por accidente laboral.
Cuestión
Un trabajador fallece en accidente laboral resultando demandada la empresa por falta de medidas de seguridad. ¿Está exenta del IRPF la indemnización que, en su caso, se reconozca judicialmente?
Descripción
Están exentas las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños físicos, psíquicos o morales a personas, en la cuantía legal o judicialmente reconocida.
Por lo tanto, si el empresario es declarado judicialmente responsable y se le obliga a indemnizar los daños sufridos por el trabajador, dicha indemnización estará exenta del IRPF al ser satisfecha como consecuencia de la responsabilidad civil del causante.