Resolución de Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia, 2123 de 15 de Mayo de 2006
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Resolución de Tribunal Ec...yo de 2006

Última revisión
15/05/2006

Resolución de Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia, 2123 de 15 de Mayo de 2006

Tiempo de lectura: 1 min

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Órgano: Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia

Fecha: 15/05/2006


Normativa

Art. 60 del DF 132/2002, de 29 de julio.

Resumen

Base de la deducción. Gastos financieros.

Cuestión

¿Son deducibles en concepto de inversión en vivienda habitual los gastos financieros?

Descripción

Los gastos financieros (escritura de hipoteca, préstamo, comisión de apertura...) no se integran en la base de la deducción por inversión en vivienda habitual.

No son deducibles los intereses que cobran las Entidades Financieras que han concedido el préstamo para la adquisición de la vivienda habitual por el retraso en el abono de las cuantías acordadas.

Sólo son deducibles en concepto de financiación, en su caso, los intereses satisfechos en el ejercicio por la utilización de capitales ajenos destinados a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.