Resolución de Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia, 2176 de 15 de Junio de 2000
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Órgano: Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia
Fecha: 15/06/2000
Normativa
Artículo 4 del Decreto Foral 63/1999, de 20 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas para la determinación del valor mínimo atribuible a los bienes inmuebles de naturaleza urbana
Resumen
Comprobación de valores. Concepto de valor mínimo atribuible
Cuestión
¿Qué se entiende por valor mínimo atribuible?
Descripción
El valor mínimo atribuible de un determinado bien será el que resulte, tomando como referencia el valor de mercado, de la aplicación por los servicios técnicos del Departamento de Hacienda y Finanzas de las normas técnicas de valoración al inmueble concreto que, a tales efectos, se identificará con el número fijo catastral.