Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V2629-18 de 28 de Septiembre de 2018
- Órgano: SG de Operaciones Financieras
- Fecha: 28 de Septiembre de 2018
- Núm. Resolución: V2629-18
Normativa
Cuestión
Tratamiento fiscal de las prestaciones que percibieran los beneficiarios del plan de pensiones.
Descripción
El esposo de la consultante, fallecido recientemente, tenía un plan de pensiones en el que no había designado expresamente ningún beneficiario para el caso de fallecimiento. La consultante, primera beneficiaria en defecto de designación, se plantea actualmente realizar una renuncia a sus derechos en el plan de pensiones en favor de sus dos hijos, que aparecen como siguientes beneficiarios del plan a partes iguales.
Contestación
Cabe indicar en primer lugar que la posibilidad de realizar una renuncia sobre los derechos del plan de pensiones para que pasen a ser beneficiarios del plan los hijos de la consultante es cuestión que excede del ámbito de competencias de este Centro Directivo, siendo el órgano competente para solventar tal cuestión la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa del Ministerio de Economía y Empresa.
No obstante lo anterior, tal y como prevé el artículo 8.6.c) del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, entre las contingencias susceptibles de cobertura que pueden generar derecho al cobro de prestaciones figura la “muerte del partícipe o beneficiario, que puede generar derecho a prestaciones de viudedad, orfandad o a favor de otros herederos o personas designadas”
Respecto a la tributación de las prestaciones que percibieran los beneficiarios del plan de pensiones en caso de fallecimiento, hay que señalar que el artículo 3.e) del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre (BOE de 16 de noviembre), establece que no están sujetas a dicho impuesto:
“e) Las cantidades que en concepto de prestaciones se perciban por los beneficiarios de Planes y Fondos de Pensiones o de sus sistemas alternativos, siempre que esté dispuesto que estas prestaciones se integren en la base imponible del Impuesto sobre la Renta del perceptor.”
Por su parte, el artículo 17.2.a).3ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE de 29 de noviembre), dispone que tendrán la consideración de rendimientos del trabajo:
“Las prestaciones percibidas por los beneficiarios de planes de pensiones y las percibidas de los planes de pensiones regulados en la Directiva 2003/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de junio de 2003, relativa a las actividades y la supervisión de fondos de pensiones de empleo”.
De los preceptos anteriores se desprende que las prestaciones de planes de pensiones, cualquiera que sea la contingencia cubierta (entre las que se encuentra la contingencia de fallecimiento), tributan en todo caso en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de su perceptor, con la consideración de rendimientos del trabajo, no estando por tanto sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Por otra parte, en cuanto a la imputación temporal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las referidas prestaciones, el artículo 14.1.a) de la citada Ley 35/2006 determina una regla general de imputación temporal según la cual “los rendimientos del trabajo se imputarán al período impositivo en que sean exigibles por su perceptor”.
De acuerdo con lo anterior, el acaecimiento de la contingencia, en este caso el fallecimiento, no determina por si solo el momento de tributación de las prestaciones, sino que habrá que estar al momento de la exigibilidad de las mismas.
Finalmente, se debe indicar que la presente contestación se realiza con arreglo a la normativa vigente al tiempo de formular la consulta.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Ley General Tributaria (Ley 58/2003 de 17 de Dic) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 302 Fecha de Publicación: 18/12/2003 Fecha de entrada en vigor: 01/07/2004 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 11ª. Entrada en vigor.
- D.F. 10ª. Desarrollo normativo de actuaciones y procedimientos por medios electrónicos, informáticos y telemáticos y relativos a medios de autenticación.
- D.F. 9ª. Habilitación normativa.
- D.F. 8ª. Modificación de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- D.F. 7ª. Modificación de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.
Ley 35/2006 de 28 de Nov (IRPF -Impuesto sobre la renta de las personas físicas-) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 285 Fecha de Publicación: 29/11/2006 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2007 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 8ª. Entrada en vigor.
- D.F. 7ª. Habilitación normativa.
- D.F. 6ª. Habilitación para la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- D.F. 5ª. Modificación del texto refundido de la Ley de regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.
- D.F. 4ª. Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
RDLeg. 1/2002 de 29 de Nov (TR. Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 298 Fecha de Publicación: 13/12/2002 Fecha de entrada en vigor: 14/12/2002 Órgano Emisor: Ministerio De Economia
- D.F. 4ª. Ordenación básica y competencia exclusiva del Estado.
- D.F. 3ª. Potestad reglamentaria.
- D.F. 2ª. Previsión social complementaria del personal al servicio de las administraciones, entidades y empresas públicas.
- D.F. 1ª. Actualización del límite fiscal de reducción de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- DISPOSICIONES FINALES
Real Decreto 1629/1991 de 8 de Nov (Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 275 Fecha de Publicación: 16/11/1991 Fecha de entrada en vigor: 06/12/1991 Órgano Emisor: Ministerio De Economia Y Hacienda
Directiva 2009/148/CE de 30 de Nov DOUE (Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo) VIGENTE
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número: 330 Fecha de Publicación: 16/12/2009 Fecha de entrada en vigor: 05/01/2010 Órgano Emisor: Parlamento Y Consejo
-
Sentencia Constitucional Nº 90/2009, TC, Sala Segunda, Rec Cuestión de inconstitucionalidad 5234-2002, 20-04-2009
Orden: Constitucional Fecha: 20/04/2009 Tribunal: Tribunal Constitucional Num. Sentencia: 90/2009 Num. Recurso: Cuestión de inconstitucionalidad 5234-2002
-
Sentencia Constitucional Nº 97/2014, TC, Pleno, Rec Recurso de inconstitucionalidad 6902/2012, 12-06-2014
Orden: Constitucional Fecha: 12/06/2014 Tribunal: Tribunal Constitucional Ponente: Gonzalez Rivas, Juan Jose Num. Sentencia: 97/2014 Num. Recurso: Recurso de inconstitucionalidad 6902/2012
-
Sentencia Constitucional Nº 348/1997, TC, Sección Tercera, Rec Recurso de amparo 1.985/1997, 27-10-1997
Orden: Constitucional Fecha: 27/10/1997 Tribunal: Tribunal Constitucional Num. Sentencia: 348/1997 Num. Recurso: Recurso de amparo 1.985/1997
-
Sentencia Constitucional Nº 104/2004, TC, Sala Primera, Rec Recurso de amparo 4360/1998, 28-06-2004
Orden: Constitucional Fecha: 28/06/2004 Tribunal: Tribunal Constitucional Num. Sentencia: 104/2004 Num. Recurso: Recurso de amparo 4360/1998
-
Sentencia Constitucional Nº 66/1998, TC, Pleno, Rec Conflicto positivo de competencia 380/1989, 18-03-1998
Orden: Constitucional Fecha: 18/03/1998 Tribunal: Tribunal Constitucional Num. Sentencia: 66/1998 Num. Recurso: Conflicto positivo de competencia 380/1989
-
Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 01/08/2016
Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social: Las aportaciones realizadas por los partícipes y las contribuciones empresariales imputadas como rendimiento del trabajo en especie por el promotor de planes de pensione...
-
Planes y Fondos de pensiones (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 20/11/2017
Los planes de pensiones se configuran como unas instituciones de previsión voluntaria y libre, sin personalidad jurídica, cuyas prestaciones (siempre de carácter privado) pueden o no ser complemento del sistema de Seguridad Social obligatoria (per...
-
Provisiones (I. Sociedades)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 08/01/2015
Según el apartado 1 del Art. 14 ,Ley 27/2014, de 27 de noviembre, no serán deducibles los gastos por provisiones y fondos internos para la cobertura de contingencias idénticas o análogas a las que son objeto del Texto Refundido de la Ley de Reg...
-
Rendimientos del trabajo (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 09/01/2019
Se considerarán rendimientos íntegros del trabajo, tal y como dispone el Art. 17 ,LIRPF, todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, de...
-
Atribución e individualización de rentas (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 14/03/2016
La renta se entiende obtenida por los contribuyentes según su origen o fuente (rentas del trabajo, del capital, de actividades económicas y ganancias y pérdidas patrimoniales), cualquiera que sea el régimen económico-matrimonial. Se expone a ...
-
Modelo 345. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Declaración anual partícipes y aportaciones. (Telemático)
Fecha última revisión: 11/07/2017
-
Formulario para solicitar el rescate de un plan de pensiones
Fecha última revisión: 25/05/2016
NOTA: Las especificaciones de los planes de pensiones también podrán prever el pago anticipado de la prestación correspondiente a la jubilación en caso de que el partícipe, cualquiera que sea su edad, extinga su relación laboral y pase a situac...
-
Modelo 345. Declaración anual sobre sistemas de previsión social. Gipuzkoa
Fecha última revisión: 10/11/2017
-
Modelo 190 IRPF. Gipuzkoa
Fecha última revisión: 10/11/2017
-
Formulario de solicitud de acuerdo previo de valoración de retribuciones en especie por la Administración tributaria. IRPF
Fecha última revisión: 11/10/2017
A LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN DE [PROVINCIA][ESPECIFICAR] Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en su propio nombre (1), comparece y EXPONE PRIMERO. Qu...
-
Caso práctico: Tratamiento fiscal planes de pensiones
Fecha última revisión: 27/01/2017
-
Caso práctico: Plan de pensiones de persona fallecida. Tributación de las cantidades percibidas por los beneficiarios
Fecha última revisión: 12/01/2017
-
Caso práctico: Rescate. Plan de pensiones. Desempleo de larga duración.
Fecha última revisión: 02/02/2015
-
Caso práctico: Cobro de la prestación en forma de capital de un plan de pensiones
Fecha última revisión: 02/02/2015
-
IRPF DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - REDUCCIONES POR APORT. A SISTEMAS PREVISIÓN SOCIAL - SISTEMAS DE PREVIÓN SOCIAL: RÉGIMEN GENERAL - PLANES DE PENSIONES DIRECTIVA 2003/41/CE: REQUISITOS
Fecha última revisión: 01/01/2017
PLANTEAMIENTOEl consultante, jubilado, es partícipe de un plan de pensiones del que viene percibiendo desde 2010, una prestación en forma de renta asegurada vitalicia.La prestación se asegura por medio de una póliza de seguros vinculada al plan...
PLANTEAMIENTOLa consultante es hija del titular de un plan de pensiones. Ha cobrado, junto a su hermano, la prestación correspondiente a dicho plan.Tratamiento tributario correspondiente a la cantidad percibida del plan de pensiones del fallecido....
PLANTEAMIENTOEl consultante ha hecho efectivos en 2012 sus derechos consolidados en un plan de pensiones por el supuesto de desempleo de larga duración.Aplicación de la reducción del 40%.¿Se aplica a las aportaciones realizadas hasta el 31 de dic...
PLANTEAMIENTOEl consultante está divorciado y va a solicitar el cobro de la prestación en forma de capital de un plan de pensiones del que es titular.De acuerdo con lo previsto en el convenio regulador de divorcio, corresponde a su ex cónyuge la...
Materia134947 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - REDUCCIONES POR APORT. A SISTEMAS PREVISIÓN SOCIAL - SISTEMAS DE PREVIÓN SOCIAL: RÉGIMEN GENERALPregunta¿ Qué requisitos deben cumplir las contribuciones efectuad...
-
Resolución Vinculante de DGT, V2066-18, 12-07-2018
Órgano: Sg De Operaciones Financieras Fecha: 12/07/2018 Núm. Resolución: V2066-18
-
Resolución Vinculante de DGT, V0023-00, 01-03-2000
Órgano: Sg De Operaciones Financieras Fecha: 01/03/2000 Núm. Resolución: V0023-00
-
Resolución Vinculante de DGT, V0018-00, 22-02-2000
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 22/02/2000 Núm. Resolución: V0018-00
-
Resolución No Vinculante de DGT, 1257-00, 06-06-2000
Órgano: Sg De Operaciones Financieras Fecha: 06/06/2000 Núm. Resolución: 1257-00
-
Resolución Vinculante de DGT, V0632-18, 08-03-2018
Órgano: Sg De Operaciones Financieras Fecha: 08/03/2018 Núm. Resolución: V0632-18