Novedades fiscales verano...o y agosto

Última revisión
05/09/2022

Novedades fiscales verano 2022: junio, julio y agosto

Tiempo de lectura: 15 min

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Autor: Carlos David Delgado Sancho

Materia: Fiscal

Fecha: 05/09/2022


Novedades fiscales verano 2022: junio, julio y agosto
Novedades fiscales verano 2022: junio, julio y agosto

 

Novedades fiscales junio, julio y agosto de 2022

Principales Novedades Fiscales junio 2022

La novedad fiscal más importante de este mes de junio son las elecciones al Parlamento de Andalucía celebradas el 19 de junio de 2022, pues siete días más tarde, el Gobierno promulga el Real Decreto-ley 11/2022 (BOE 26.06.2022) para intentar paliar su derrota electoral, pero lejos de reconocer que dicho resultado es fruto de una política económica errónea (y contraria a la de nuestros socios europeos), la citada norma solo hace referencia a la guerra en Ucrania, a las situaciones de vulnerabilidad social y económica, y a la isla de La Palma, por lo que la recesión será inevitable, con una inflación galopante en este mes de junio del 10.2%, que augura una fuerte reducción del consumo, del ahorro y de la inversión, por la pérdida del poder adquisitivo de los ciudadanos, y las nuevas olas de la pandemia del covid-19.

Hasta la saciedad hemos dicho que el mejor incentivo fiscal son unos impuestos moderados que permitan a las empresas crear empleo y a los particulares ahorrar, pero ante la crisis actual, tal y como anunciábamos en el mes de mayo, hay que reducir todas las partidas de gasto, excepto pensiones, reducir el fraude fiscal y crear tres millones de puestos de trabajo, pero nada de esto se atisba en la norma que vamos a comentar, ya que la inmensa mayoría de las medidas que contiene incrementan el gasto público (transporte público, ayuda de 200 euros, etc.), entre las que destacan:

  • La bonificación de los carburantes se mantiene hasta el 31.12.2022, pero esta medida es equivocada porque la bonificación se la queda el fabricante, y, en menor medida, el distribuidor, incrementando el precio de los productos, por lo que es un engaño al consumidor, por tanto, la medida correcta sería reducir el impuesto sobre hidrocarburos, algo que no está en la mente de la Ministra de Hacienda y Administración Pública.
  • En cuanto al precio del gas se prorrogan, hasta el 31.12.2022, las medidas de flexibilización de contratos de suministro de gas natural para proteger al sector industrial ante el incremento de precios; las futuras revisiones de las tarifas último recurso del gas natural se limitan al 15%; se otorgan ayudas directas a la industria gas intensiva, con el objetivo de compensar los mayores costes incurridos por el aumento del coste del gas, etc.
  • El IVA de la luz se reduce del 10 al 5%, se mantiene el 0.5% del impuesto especial sobre la electricidad y se prolonga la suspensión del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, todo ello hasta el 31.12.2022.
  • El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación concederá ayudas directas, desde el 24.02 al 31.12.2022, para cubrir el incremento de los costes de producción, de las siguientes empresas: pesqueras, subvencionando por cada buque el cebo, sal, hielo, envases y embalajes, alimentos, bebidas no alcohólicas, ropa de trabajo, gas, elementos de limpieza, gastos de conservación y reparación de los aparejos, lubricantes y costes de transporte de productos pesqueros; acuícolas, subvencionando alimentos, piensos, transporte y oxígeno. Estas ayudas las percibirán en primer lugar los fabricantes de los respectivos productos, y, en última instancia, los armadores y las empresas acuícolas, siempre que sean capaces de cumplir los innumerables requisitos que se exigen para percibir las citadas subvenciones, pero lo que es incuestionable es que se incrementará el gasto público y el precio del pescado, por tanto, estaríamos mucho mejor si el Gobierno no hiciera nada.
  • Se incrementa en un 15% el ingreso mínimo vital de los meses de abril a diciembre a 2022, lo que es un desincentivo para trabajar, dejando privados de libertad a miles de jóvenes, que ya no dependen de su capacidad, mérito y esfuerzo, sino de las ayudas de papá estado.
  • Se incrementan un 15% las pensiones no contributivas por jubilación e invalidez del segundo semestre de 2022.
  • Se prórroga hasta el 31.12.2022 la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, de forma que, si no hay acuerdo entre las partes, la actualización no podrá superar la variación anual del índice de garantía de competitividad, lo que en el corto plazo limita la renta, pero a medio y largo plazo reduce la oferta de viviendas en alquiler, con el consiguiente incremento del precio.

En las comunidades autónomas de régimen común destacan las siguientes normas: Asturias, Ley 4/2022 (BOPA 16.06.2022) bonifica al 100% hasta 31.12.2022 determinadas tasas y precios públicos; Canarias (i) Decreto ley 8/2022 (BOC 27.06.2022), IGIC tipo cero bienes necesarios para combatir el covid-19 (ii) Orden de 17 de julio de 2022 (BOC 29.06.2022) contribuyentes domiciliados en La Palma (con beneficios superiores los municipios de Los Llanos de Aridane, El Paso y Tazacorte), plazo presentación IGIC y Arbitrio del segundo trimestre hasta el 30.09.2022, y tercer trimestre hasta el 02.01.2023; reducción del 10% del ingreso a cuenta de la cuota del segundo y tercer trimestre del régimen simplificado del IGIC; Madrid, Ley 6/2022 de mercado abierto (BOCM 30.06.2022) que reconoce la validez de los títulos habilitantes obtenidos en otro territorio para operar en Madrid.

Haciendas forales: Álava, norma foral 13/2022 (BOTHA 27.06.2022) regula las tasas en materia de transportes terrestres por carretera; Vizcaya (i) norma foral 6/2022 (BOB 27.06.2022) similar a la norma foral alavesa 13/2022 (ii) norma foral 3/2022 (BOB 27.06.2022) limita el tipo de gravamen del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana al 30% (iii) norma foral 4/2022 (BOB 27.06.2022) transpone la normativa estatal del impuesto sobre transacciones financieras, pero se limita a las acciones a las acciones admitidas a negociación en un mercado regulado y que además tengan un valor de capitalización bursátil superior a 1.000 millones de euros (iv) norma foral 5/2022 (BOB 27.06.2022) transpone la normativa estatal del impuesto sobre determinados servicios digitales. 

Principales Novedades Fiscales julio 2022

La novedad fiscal más importante de este mes de julio es la Ley 12/2022 (BOE 01.07.2022) de impulso de los planes de pensiones de empleo, cuya eficacia es realmente incierta, primero, porque las contribuciones empresariales suponen un mayor coste para las empresas, que solo podrán deducirse un 10% de la cuota íntegra del impuesto sobre sociedades, segundo, porque está latente la incompatibilidad de la pensión de jubilación con los planes de pensiones, por ejemplo, en un futuro no muy lejano se podría reducir la pensión de jubilación en función del monto del fondo de pensiones, llegando incluso a suprimirla, y tercero, porque aportar fondos al plan de pensiones ya no es atractivo para las personas físicas.

En otras ocasiones hemos dicho que las pensiones contributivas nada tienen que ver con el Estado del Bienestar (a veces estaríamos mejor si el Estado no hiciera nada), pues las mismas son una obligación que asume el Estado derivada de las contribuciones que empresarios (autónomos incluidos) y trabajadores realizan a la Seguridad Social durante toda su vida laboral, y también hemos dicho (en realidad, lo ha dicho el Tribunal de Cuentas) que el sistema de Seguridad Social está quebrado, y que la viabilidad del mismo pasa por reducir el fraude en las cotizaciones sociales y en poner a trabajar a tres millones de españoles, pero no parece que dichas medidas estén en la mente de ningún gobierno, a pesar de que incrementarían los ingresos de la Seguridad Social de forma muy notable.  

En las comunidades autónomas de régimen común destacan las siguientes normas: La Rioja, la Ley 10/2022 (BOR 22.07.2022) reduce la tasa de servicios en materia de caza y la de permisos de caza en terrenos cinegéticos administrados por dicha Comunidad Autónoma, con la finalidad de prevenir, luchar, controlar y erradicar la tuberculosis animal: Murcia, el Decreto-ley 2/2022 (BORM 12.07.2022) prorroga la exención de determinadas tasas hasta el 31 de diciembre de 2022, y suprime la tasa general por prestación de servicios y actividades facultativas, así como el impuesto sobre el almacenamiento o depósito de residuos en dicha Región; Comunidad Valenciana, el Decreto-ley 6/2022 (DOGV 09.07.2022) aplaza las cuotas fija y variable del canon de saneamiento reportado por los consumos medidos o estimados realizados desde agosto de 2022 hasta enero de 2023, ambos inclusive, que serán exigibles en los recibos emitidos durante los dieciocho meses posteriores al 31 de enero de 2023 por medio de fracciones idénticas.  

En las comunidades autónomas de régimen foral destacan las siguientes normas: Navarra (i) la Ley foral 23/2022 (BON 14.07.2022) crea el canon de uso de las autovías a los vehículos pesados que transiten por dicha Comunidad (ii) el Decreto foral legislativo 4/2022 (BON 28.07.2022) traspone el Real Decreto-ley 11/2022; Vizcaya, la Norma foral 8/2022 (BOB 29.07.2022) reduce siete impuestos y mejora el régimen de tributación de las cooperativas, el de las entidades sin fines lucrativos y los incentivos fiscales al mecenazgo.

Las cuatro haciendas forales han permanecido impertérritas ante la huida masiva de empresas a territorio común, pues el Concierto Económico ya no es atractivo, ni para las personas físicas (en Madrid no se paga ni el impuesto sobre el patrimonio, ni el de sucesiones), ni para los empresarios, por lo que la Norma foral 8/2022 llega con retraso.

 Pero quizá, lo más importante de este mes de julio sea la sentencia 137/2022 del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo n.º 4, de 22 de julio de 2022, que obliga a la AEAT a dar publicidad a los objetivos de la Inspección de los Tributos, en concreto, su fallo declara el derecho de la Asociación Española de Asesores Fiscales a que por la AEAT se le facilite la información sobre las normas reguladoras del “concepto de productividad” de los funcionarios que integran los Cuerpos de “Superior de Inspectores de Hacienda del Estado” y de “Técnico de Hacienda”, así como respecto a los criterios para la aplicación de dichas normas.

Habrá que esperar a la resolución de los recursos que la Abogacía del Estado interpondrá ante la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, pero ya podemos anticipar que, si confirman la sentencia de instancia, se producirá una avalancha de recursos de revisión y de acciones de responsabilidad patrimonial contra el Estado, pues los objetivos recaudatorios de la Inspección de los Tributos vulneran los derechos fundamentales de los contribuyentes e imposibilitan que el Inspector sea imparcial, bien entendido que estamos hablando de una vulneración masiva de derechos fundamentales, que afecta a todos los contribuyentes, y esta es la razón por la que dichos objetivos no son públicos, porque vulneran las garantías que la Constitución reconoce a todo contribuyente; pero, además, si se confirma la sentencia de instancia, se harán públicos los objetivos de otros funcionarios, por ejemplo, los objetivos de los Inspectores de Trabajo (igualmente opacos), los cuales también están muy incentivados económicamente para recaudar.

Veamos, en apretada síntesis, como han evolucionado los objetivos de la Inspección de los Tributos:

  • Los objetivos de los Inspectores siempre han sido recaudatorios (a mayor deuda instruida mayores retribuciones variables, sin tope), pero tradicionalmente dicha deuda se imputaba al Equipo de Inspección, hasta que la Resolución de 24 de enero de 2008 del Director General de la AEAT los imputa a cada contribuyente, de modo que se asignaba una deuda media al contribuyente por el mero hecho de ser incluido en plan de inspección (no todo vale para recaudar), la cual tenía que ser recaudada por el Inspector, si quería ser bien valorado y mejor retribuido.
  • Este sistema perverso (fomentaba el fraude fiscal e incentivaba la economía sumergida) fue modificado por la Resolución de 27 de abril de 2018 del Director General de la AEAT, si bien solo en apariencia, pues las retribuciones variables del Inspector siguen vinculadas a la deuda que instruye, ya sea mediante la evaluación de su desempeño, o bien mediante el cumplimento de objetivos, siendo buena prueba de ello la Instrucción que a primeros de cada año dicta el Departamento de Inspección y Tributaria (por ejemplo, Instrucción 01/2019), para valorar cada expediente instruido por el Inspector.   

Principales Novedades Fiscales agosto 2022

Este mes de agosto no presenta ninguna novedad fiscal de especial importancia, pues en el ámbito estatal solo se ha publicado el Real Decreto 712/2022 que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (BOE 31.08.2022) y las siguientes normas forales:

  • Álava: Decreto normativo de urgencia fiscal 10/2022 (BOTHA 08.08.2022), traspone al ordenamiento jurídico alavés el Real Decreto-ley 11/2022 y la Ley 12/2022; Decreto normativo de urgencia fiscal 11/2022 (BOTHA 08.08.2022), aprueba medidas para hacer frente a la actual situación inflacionista, en concreto, respecto del IRPF, se actualizan un 4%, con efectos desde el 1 de enero de 2022, la reducción por tributación conjunta, las deducciones personales y familiares y las minoraciones de la cuota correspondientes a la base liquidable general, y, además, se deflacta la tarifa correspondiente a la base liquidable general un 4%.
  • Guipúzcoa: Decreto foral-norma 2/2022 (BOG 31.08.2022) aprueba nuevas medidas tributarias urgentes para paliar los efectos derivados del alza de precios, en similares términos al Decreto normativo de urgencia fiscal 11/2022 de Álava.

Es lamentable que los políticos no sepan o no quieran reducir la inflación. En primer lugar, hay que determinar el tipo de inflación al que nos enfrentamos, y, en este sentido, podemos hablar de una inflación de demanda y de oferta, esto es, de una inflación mixta, que se convertirá en el corto plazo en inflación de oferta.

  • Hay inflación de demanda (suben los precios, al ser la demanda superior a la oferta) porque durante la pandemia las familias han ahorrado y no han podido disfrutar de vacaciones, aplicando dichos ahorros, en el momento actual, a demandar bienes y servicios, en especial, viajes de vacaciones; pero, esta situación cambiará a final de año, por lo que es previsible que las familias restrinjan el consumo en el segundo semestre de 2022, lo que nos llevará a una inflación de oferta.
  • Hay inflación de oferta (suben los precios, al subir los costes de producción) porque han subido los costes de personal, vía incremento del salario mínimo interprofesional, los costes energéticos, el transporte, el precio de las materias primas, etc., y, además, hay menos empresarios, pues la pandemia ha ocasionado el cese de la actividad de muchos de ellos.   

Un factor desencadenante de la inflación de oferta es el establecimiento y el incremento de impuestos indirectos llevado a cabo por el Gobierno de la Nación que, obviamente, incrementan el precio de los productos, pues la ley permite su repercusión al consumidor, de modo que la actual reducción de impuestos en la electricidad, en el gas, etc., no es más que el reflejo de una política económica totalmente equivocada, ya que ante una reducción de la actividad, España ha sido el único país europeo que ha subido los impuestos, y para combatir la inflación sería necesario una drástica reducción del gasto público, reduciendo la demanda de bienes y servicios por parte del sector público, y una subida de los tipos de interés.

  • Cuando hablamos de reducir el gasto público no nos referimos al gasto en pensiones ni en sanidad, sino a reducir la inmensa mayoría de las partidas de gasto, empezando por el número de Ministerios, erradicando el gasto improductivo, racionalizando el sector público para eliminar duplicidades, suprimiendo organismos inútiles, luchando con seriedad contra la corrupción, acabando con las subvenciones teledirigidas, ajustando el sueldo de los funcionarios para suprimir el complemento de productividad, etc., pero estas medidas son difíciles de adoptar porque suponen pérdida de votos, y no parece que esté en la mente de ningún político perder las elecciones, por lo que el gasto público seguirá aumentando.
  • La política monetaria y, en especial, los tipos de interés, dependen del Banco Central Europeo, y los subirá en la medida en que no causen males mayores. Nos explicamos. Durante muchos años el citado organismo ha prestado dinero, a coste cero y sin control, a los Estados para despilfarrar, por lo que si los sube en este momento el coste de los intereses se duplicará, lo que incrementará el déficit público, ya de por sí muy alto; ahora bien, si no sube los tipos de interés, el dinero huye a otros países donde es mejor retribuido, en especial, a Estados Unidos, por lo que la situación también es complicada.

Hay otras medidas para atajar la inflación, pero que tampoco están en la mente de nuestros políticos, pues la más mínima crítica se convierte en una deslealtad, y no tenemos noticia de ningún político que practique la autocrítica. Estas medidas están dirigidas a incrementar los ingresos públicos, cuales son:

  • Reducir el fraude fiscal a su mínima expresión. Actualmente, el fraude a las innumerables Haciendas Públicas que pululan por nuestro país y el fraude a la Seguridad Social, asciende al 30% del PIB, es decir, mientras se lucha descabelladamente contra los errores del contribuyente (no se persigue el fraude fiscal real sino el aparente) se pierden 80.000 millones de euros al año, lo que es tremendamente injusto para los trabajadores, que no pueden defraudar y soportan el mayor peso de la carga tributaria; pero, no parece que esta situación vaya a cambiar, ya que los objetivos de la Inspección de los Tributos (también la corrupción y el despilfarro) fomentan el fraude fiscal e incentivan la economía sumergida.
  • Poner a trabajar a 3 millones de personas. Los políticos han asumido tasas de desempleo inasumibles para cualquier ciudadano, pues el trabajo nos lleva a la libertad y al desarrollo personal; pero, lejos de adoptar medidas para favorecer la creación de empleo, el Gobierno de la Nación fomenta el paro desmotivando a los jóvenes con ayudas inútiles, convirtiéndolos en siervos del poder.

Carlos David Delgado Sancho. Inspector de Hacienda del Estado

 

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