Principales Novedades Fiscales Enero 2023
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Principales Novedades Fiscales Enero 2023

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Autor: Carlos David Delgado Sancho

Inspector de Hacienda del Estado

Materia: fiscal

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El año 2023 es un año de elecciones, primero, las autonómicas y municipales en mayo, y luego, las generales en noviembre, lo que supone un incremento exponencial del gasto público, materializado en todo tipo de subvenciones y ayudas para captar votos, por no hablar del gasto público en autopublicidad, pero también una disminución de los ingresos públicos, pues las innumerables Haciendas Públicas, que velan por nuestro bienestar, crean ex novo o mejoran múltiples beneficios fiscales para consolidar su red clientelar, si bien hay que aclarar que, la mayor parte de las subvenciones y ayudas, así como los incentivos fiscales, se quedan en papel mojado (no salen del BOE), pues están supeditados al cumplimiento de tantos requisitos materiales, formales, cuantitativos, temporales, etc., que en la práctica los hacen inviables, con el agravante de que la oficina gestora encargada de comprobarlos, aplica la ley con un rigor inusitado, por lo que no es infrecuente que surjan empresas especializadas en tramitarlos. El resultado final será un déficit fiscal desmesurado, con el consiguiente incremento de la deuda pública, ya de por sí desbocada, por lo que deberíamos preguntar a los posibles candidatos, qué medidas tienen previstas para devolver la deuda pública, pero antes de obtener una respuesta seria y real, hay que puntualizar:

  • La deuda pública, si sumamos lo que deben todas las Administraciones públicas y todas las sociedades públicas, asciende a 2.000.000.000.000 euros (2 billones de euros).
  • El Banco Central Europeo, nuestro principal prestamista, ha seguido una política monetaria nefasta, pues nos ha prestado dinero barato, para despilfarrar.
  • Cada año se paga una cifra muy importante en concepto de intereses (en 2023, 31.000 millones de euros); pero, el principal no lo paga nadie, pues todos los años se renueva su importe, lo que incrementa la deuda pública.
  • La deuda pública la tenemos que devolver nosotros, no nuestros hijos y nietos.

En el ámbito estatal, destaca (i) Real Decreto-ley 1/2023 (BOE 11.01.2023) modifica el tipo del recargo de equivalencia aplicable a las operaciones que tributan en IVA al tipo  del 5%, que pasa del 0,625% al 0,62%, con el objetivo de facilitar la facturación, suministro y declaración de estas operaciones, dado que, desde un punto de vista técnico el recargo con tres decimales puede generar problemas en los sistemas de facturación (ii) Real Decreto 31/2023 (BOE 25.01.2023) modifica el Reglamento del IRPF para cumplir el Estatuto del Artista en materia de retenciones.  

Las Comunidades Autónomas de régimen común han publicados las siguientes normas fiscales:

  • Canarias, Decreto ley 1/2023 (BOC 31.01.2023) (i) IRPF: limita la deducción por inversiones al 15% de la cuota íntegra autonómica, vincula la deducción por alza de precios en la cesta de la compra a la renta obtenida y ajusta la escala autonómica a dos decimales sin redondeos (ii) IGIC, tipo cero, aplicable de forma excepcional y temporal, a la importación y entrega de determinados bienes (piensos compuestos) destinados a la actividad ganadera.
  • Castilla-La Mancha, Ley 1/2023 (DOCM 31.01.2023) (i) los municipios de las zonas rurales intermedias con predominio de la actividad agrícola y con población inferior a 2.000 habitantes, que hayan perdido población durante los últimos cinco años, podrán acogerse a las medidas de incentivación que se destinen a las zonas rurales en riesgo de despoblación (ii) IRPF, deducciones fiscales por adquisición de libros y enseñanza de idiomas, por gastos de guardería, acogimiento familiar, intereses de financiación ajena (adquisición primera vivienda habitual por menores de 40 años con rentas inferiores a 36.000 euros), efectos de la inflación (cesta de la compra), adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital para favorecer el emprendimiento e inversión en entidades de economía social.   

Las Comunidades Autónomas de régimen foral han publicado las siguientes normas fiscales:

  • Navarra, Orden foral 146/2022 (BON 17.01.2023) aprueba régimen simplificado IVA año 2023.
  • Álava, Orden foral 1/2023 (BOTHA 25.01.2023) aprueba coeficientes de actualización IRPF e ISOC para las transmisiones que se efectúen en 2023.
  • Guipúzcoa, Norma foral 1/2023 (BOG 23.01.2023) modifica la norma foral tributaria, y los siguientes impuestos: IRPF, ISOC, IP, ISyD, ITPyAJD, IBI, IAE, ICIO e IVTNU; asimismo, modifica el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y los incentivos fiscales al mecenazgo.
  • Vizcaya (i) Resolución 8/2023 (BOB 17.01.2023) señala los criterios generales para luchar contra el fraude fiscal a la Hacienda vizcaína, pero dicha lucha empieza por inspeccionar a los innumerables contribuyentes deslocalizados en dicha provincia, multinacionales incluidas, y a las élites extractivas vascas (ii) Orden foral 3/2023 (BOB 18.01.2023) aprueba los índices y módulos del régimen simplificado del IVA para el año 2023 (iii) Decreto foral 10/2023 (BOB 26.01.2023) desarrolla los incentivos fiscales para el fomento de la cultura, trasponiendo la legislación estatal (iv) Decreto foral 9/2023 (BOB 27.01.2023) modifica los reglamentos del IRPF, ISOC e ISyD, así como el reglamento del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y los incentivos fiscales al mecenazgo (v) Orden foral 28/2023 (BOB 30.01.2023) regula el procedimiento para la gestión y pago de la ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el precio de determinados productos energéticos para las empresas de transporte por carretera que tienen derecho a la devolución parcial del ISH, por el gasóleo de uso profesional.

 

Carlos David Delgado Sancho. Inspector de Hacienda del Estado

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