Principales Novedades Fiscales Noviembre 2022
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Última revisión
12/12/2022

Principales Novedades Fiscales Noviembre 2022

Tiempo de lectura: 5 min

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Autor: Carlos David Delgado Sancho

Materia: Fiscal

Fecha: 12/12/2022


Principales Novedades Fiscales Noviembre 2022
Principales Novedades Fiscales Noviembre 2022

 

Luego veremos que este mes de noviembre ha sido aciago para los contribuyentes, pero por ahora, en el ámbito estatal, solo cabe destacar el Real Decreto-ley 19/2022 (BOE 23.11.2022) que declara exentas de la cuota gradual de documentos notariales en la modalidad de AJD, las escrituras de formalización de las novaciones contractuales de préstamos y créditos hipotecarios que se produzcan al amparo de los reales decretos-leyes 6/2012 y 19/2022; por otra parte, se bonifican parcialmente los derechos arancelarios y demás conceptos notariales y registrales derivados de la formalización e inscripción de las citadas novaciones que se realicen al amparo del Código de Buenas Prácticas, pero la parte no bonificada, que en principio será satisfecha por el acreedor, previamente se trasladará al deudor hipotecario.

Las comunidades autónomas de régimen común han publicado las siguientes leyes fiscales:

a) Madrid. Ley 8/2022 (BOCM 21.11.2022) deflacta la escala autonómica del IRPF y el mínimo personal y familiar, para los ejercicios que se inicien a partir de 1 de enero de 2022; Ley 10/2022 (BOCM 21.11.2022) de Defensa de la Autonomía Financiera de la Comunidad de Madrid, obliga a interponer el pertinente recurso de inconstitucionalidad contra cualquier ley, disposición normativa o acto del Estado con fuerza de ley que infrinja la autonomía financiera o la corresponsabilidad fiscal de dicha comunidad, y, en el supuesto de que no se respeten dichos derechos, será preceptivo formular un requerimiento de incompetencia y, si no es atendido, plantear un conflicto positivo de competencia.

b) Murcia. Ley 8/2022 (DORM 19.11.2022) modifica la Ley 1/2022 de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2022, con la finalidad de implementar la subida salarial del 1.50% de los empleados públicos.

Las comunidades autónomas de régimen foral han publicado las siguientes normas fiscales:

  • Vizcaya: Decreto foral normativo 6/2022 (BOB 11.11.2022) traspone la normativa estatal sobre el ITF (exención adquisiciones realizadas por Fondos de Pensiones de Empleo y por Mutualidades de Previsión Social o Entidades de Previsión Social Voluntaria sin ánimo de lucro) y sobre el IVA, reducción al 5% para las entregas de electricidad, gas y briquetas o pellets procedentes de biomasa utilizadas como combustible en sistemas de calefacción.
  • Guipúzcoa: Decreto foral 18/2022 (BOG 28.11.2022) (i) IRPF, modifica el régimen especial para las personas desplazadas; declara exentas las ayudas para la adquisición de equipos aptos para la producción de energía eléctrica, así como de acciones o participaciones en entidades que tengan por objeto procurar el aprovechamiento más eficiente de fuentes de energía, siempre que la energía que se obtenga se utilice para el suministro de energía de la vivienda habitual; eleva a 11 euros la cuantía diaria exenta por prestación de servicios de comedor; excluye del cálculo del pago fraccionado las ganancias o pérdidas patrimoniales (ii) IS, a efectos de la deducción incrementada por creación de empleo, desarrolla la determinación de los diferentes colectivos de especial dificultad de inserción en el mercado de trabajo (iii) Reglamento de revisión en vía administrativa, posibilita la inadmisión de la reclamación económico-administrativa contra actos tributarios de los municipios, en los supuestos de inexistencia del correspondiente recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, así como los supuestos de incompetencia, a que se refiere la normativa reguladora de las haciendas locales.

Decíamos al principio que este mes de noviembre ha sido nefasto para los contribuyentes porque el Congreso de los Diputados ha dado el visto bueno a tres nuevos impuestos, el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas y los que gravan los beneficios extraordinarios obtenidos por la banca y las compañías energéticas, incluso podríamos hablar de un cuarto impuesto, ya que la Ley de Presupuestos para 2023 no ha deflactado la tarifa estatal del IRPF, de modo que los trabajadores pagaremos más impuestos, no porque ganemos más, sino porque nuestro dinero cada día vale menos. Veamos los efectos perniciosos de estos impuestos:

  • El impuesto a las grandes fortunas tiene un efecto anuncio muy perjudicial para la inversión extranjera, que provocará la expulsión de muchos contribuyentes a otros territorios más atractivos desde el punto de vista fiscal, por ejemplo, Portugal, donde ya residen muchos empresarios y profesionales que han sido maltratados por las múltiples Haciendas que pululan por España; pero, también tendrá un efecto disuasorio, pues ningún extranjero rico vendrá a vivir a España. Por otra parte, de prosperar los recursos ante el Tribunal Constitucional, el pretendido efecto solidario será nulo, pues habrá que devolverles el impuesto que han satisfecho con los pertinentes intereses.
  • Las entidades financieras han obtenido multitud de ayudas, por lo que antes de establecer un impuesto, sería conveniente que las devolviesen; pero, la banca trasladará a sus clientes el impuesto que grava sus beneficios extraordinarios, de modo que primero lo pagará el consumidor, y después, con la otra mano, lo ingresará en las arcas públicas. Este impuesto no es que sea inconstitucional, es que vulnera los principios de libertad de establecimiento y de movimientos de capital, de modo que más pronto que tarde, la Hacienda estatal tendrá que devolver a los bancos un impuesto que han pagado sus clientes, junto con sus intereses.
  • El impuesto a las compañías energéticas presenta los mismos rasgos que el de la banca, infinidad de subvenciones (parques eólicos), traslado a los consumidores, devolución a quien realmente no lo ha pagado si prosperan los recursos ante los Tribunales españoles y europeos.

 

Carlos David Delgado Sancho. Inspector de Hacienda del Estado

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