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Top Concepts
Hostelería y hoteles
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Localización
Castilla y León
Categorías
Empleo y contratación, Hostelería y hoteles, Empresa, Servicios Sociales, Educación y ciencia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Comercio y marketing, Igualdad, Familia, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
30/09/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención por la formalización de cada contratación subvencionable será de 9.000 euros; Dicha cuantía se incrementará con los importes que se indican a continuación: a) 1.500 € más, si en la fecha de inicio del contrato subvencionable, la persona trabajadora contratada es mayor de 45 años de edad. b) 1.500 €, si en la fecha de inicio del contrato subvencionable, el trabajador contratado ha finalizado una acción de formación profesional para el empleo con una duración superior a 20 horas, en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación. Dicha formación habrá de haberse impartido por un centro de formación público o privado, siempre que, en este último caso, la acción formativa haya sido subvencionada por una Administración Pública. c) 1.000 €, si en la fecha de inicio del contrato subvencionable, el trabajador contratado pertenece a alguno de los siguientes colectivos: € Personas con responsabilidades familiares. Se entenderán como responsabilidades familiares, a estos efectos, que convivan en su domicilio y a cargo del trabajador: el cónyuge, hijos menores de 26 años de edad, hijos con discapacidad o menores de 18 años de edad acogidos. € Personas con discapacidad igual o superior al 33 %. € Personas en riesgo de exclusión social, entendiendo por tales: beneficiarias de la Renta Garantizada de Ciudadanía, del Ingreso Mínimo Vital o de otras prestaciones económicas que se determinen en la convocatoria, así como las víctimas de terrorismo. € Emigrantes castellanos y leoneses retornados, y personas refugiadas o que tengan reconocido el derecho de asilo. El incremento previsto no es acumulable si el trabajador pertenece a más de uno de los colectivos citados en este apartado. d) 1.000 €, si en la fecha de inicio del contrato subvencionable, el trabajador contratado es víctima de violencia en el ámbito familiar, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo 8/2019, de 21 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de prevención de la violencia en el ámbito familiar en Castilla y León 2019/2023, incluidas las víctimas de violencia de género y las víctimas de violencia intrafamiliar. e) 500 €, si en la fecha de inicio del contrato subvencionable, el centro de trabajo en que el trabajador contratado vaya a prestar sus servicios radica en un municipio de Castilla y León de menos de 5.000 habitantes. La determinación de la cifra de habitantes se realizará de acuerdo con el Real Decreto por el que se declaren oficiales las cifras de población resultante de la revisión padronal, que esté vigente a la fecha de publicación en el B.O.C. y L. del extracto de la Resolución por la que se convocan estas subvenciones. 3. Las citadas cuantías se reducirán proporcionalmente en función del porcentaje de jornada que se pacte cuando los contratos se formalicen a tiempo parcial.
Finalidad
Las subvenciones indicadas en el Artículo Único de esta Orden, tienen por objeto fomentar la formalización de contratos indefinidos a tiempo completo o parcial, por parte de empresas castellano y leonesas del sector de la hostelería, con personas desempleadas incluidas en alguno de los colectivos destinatarios citados en esta Orden.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Vivienda e hipotecas, Energía, Construcción y obras, Medio Ambiente, Empresa, Consumo, Empleo y contratación, Transporte y vehículos, Economía Social, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Comercio y marketing, Seguridad, Igualdad, Turismo y agencias de viajes, Participación ciudadana, Desarrollo Local y Rural, Comunicación pública, Minería, Deporte, Justicia, Sector Financiero/Bancario, Ferias y congresos, Hostelería y hoteles
Beneficiarios
Administraciones públicas, Comunidades de propietarios, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
25/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
1. Constituye el objetivo de esta resolución establecer las bases reguladoras que regirán el procedimiento de gestión y concesión de subvenciones de los programas de ayuda a las actuaciones del Plan de recuperación,

a) Ayudas para edificios (Programa 3).

b) Ayudas para viviendas (Programa 4).

c) Ayuda para elaborar el libro del edificio existente para la rehabilitación y redacción de proyectos de rehabilitación (Programa 5).

2. Dentro de las ayudas para edificios, estarán integradas las siguientes ayudas específicas:

a) Ayuda a la rehabilitación de edificios (código: AFE-EDIF).

b) Ayuda complementaria ? personal a la rehabilitación de edificios por motivos de vulnerabilidad (código: AFE-EDIF-COMP-01).

c) Ayuda complementaria a la rehabilitación de edificios, para la retirada, manipulación, transporte y gestión de los residuos de amianto (código: AFE-EDIF-COMP-02).

d) Ayuda complementaria de la Generalidad a la ayuda de rehabilitación del edificio por motivos de vulnerabilidad (código: AFE-EDIF-COMP-03).

3. Dentro de las ayudas para viviendas estarán integradas estas ayudas específicas:

a) Ayuda a la mejora de la eficiencia energética de vivienda (código: AFE-VIV).

b) Ayuda a la modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire (código: AFE-EVT).

4. Dentro de las ayudas para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, estarán integradas las siguientes ayudas específicas:

a) Ayuda a la implantación y generalización del libro del edificio existente para la rehabilitación (código: AFE-LDE).

b) Ayuda a la elaboración de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios (código: AFE-PYT).

5. Estas ayudas como objetivo, tanto en el ámbito urbano como rural, la financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominantemente residencial en los que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, y ésta debe estar vinculada a las actuaciones realizadas, con especial atención a la envolvente edificatoria en:

a) Edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo las viviendas.

b) Unifamiliares aislados o pertenecientes a edificios plurifamiliares en régimen de propiedad horizontal.

6. Se trata de una concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en la que el criterio para tramitar las solicitudes es el orden de presentación para cada tipo de ayudas convocadas, según lo estipulado en:

a ) Los artículos 35.1, 45.1 y 54.1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.

b) Los artículos 164 y 165 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalidad, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

c) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento.

7. No podrán ser objeto de las ayudas y, consiguientemente, no podrán subvencionarse en ninguno de los tipos de ayuda:

a) Las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.

b) Las intervenciones de rehabilitación que tienen como objetivo derribar todo el edificio existente manteniendo solo las fachadas.

c) Los casos de edificios unifamiliares y/o plurifamiliares de propietarios únicos que sean viviendas que se utilicen para obtener rendimientos de actividades económicas reguladas por la normativa sectorial aplicable de uso turístico.

La solicitud de cualquier edificio unifamiliar de propietario único comporta también la renuncia expresa de realizar actividades económicas de tipo turístico por un período de diez años desde la fecha de concesión de la subvención y, en caso de incumplimiento, procederá la revocación de la subvención, con el reintegro de la subvención abonada más los intereses legales devengados.

d) Las actuaciones en elementos comunes que no redunden en la mejora de las condiciones de conservación, accesibilidad, habitabilidad o eficiencia energética del edificio (a título ejemplificativo y no limitativo: piscina, vallado, elementos meramente ornamentales o paisajísticos, etc.) .
Localización
Navarra
Categorías
Turismo y agencias de viajes, Energía, Comercio y marketing, Empresa, Consumo, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Hostelería y hoteles, Vivienda e hipotecas, Igualdad, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Comunidades de propietarios, Empresas y autónomos
F. Publicación
21/04/2023
Plazo Solicitud
ABIERTO hasta 29/02/2024
Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 500.000 euros
Finalidad
La ACD "Navarra rural" a que se hace referencia en la parte expositiva de la Resolución contempla, entre sus actuaciones, la número 3 "Impulso de la eficiencia energética en el sistema turístico navarro" a fin de que la Comunidad Foral se convierta en un referente en materia de turismo sostenible.

La citada actuación tiene por objetivo contar con, al menos, 45 establecimientos turísticos asesorados en materia de eficiencia energética y 30 establecimientos turísticos con certificado energético A y B a 31 de diciembre de 2024.

A estos efectos, resulta preciso regular la selección de los establecimientos turísticos que se beneficiarán del asesoramiento en materia de eficiencia energética (en forma de auditorías y certificaciones energéticas) por parte de las empresas contratadas por la Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo.

La etiqueta climática asignada a esta línea de actuación es la 073 (acciones de movilidad sostenible y eficiencia energética para destinos turísticos), que tiene una contribución del 100% a objetivos climáticos y un 40% a objetivos medioambientales en los términos previstos en el anexo VI del Reglamento 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Medio Ambiente, Comunicación pública, Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Educación y ciencia, Construcción y obras, Ferias y congresos, Energía, Hostelería y hoteles, Consumo, Igualdad
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
04/04/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
El importe de las subvenciones es, como máximo, del 80% del gasto subvencionable de las actuaciones, con un máximo de 20.000,00 euros.
Finalidad
1. Aprobar las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la realización de actuaciones que reduzcan el impacto ambiental, y fomenten y mejoren la accesibilidad de las empresas o entidades del sector cultural, que se adjuntan en el anexo.

2. Derogar las bases publicadas mediante la Resolución CLT/1749/2022, de 3 de junio, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, por el que se aprueban las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la realización de actuaciones o para obras de mejora y adquisición de equipamiento técnico que reduzcan el impacto ambiental de las empresas o entidades del sector cultural.
Localización
La Rioja
Categorías
Agricultura, Empresa, Comercio y marketing, Energía, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Ganadería, Seguridad, Empleo y contratación, Caza y pesca, Economía Social, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Vivienda e hipotecas, Turismo y agencias de viajes, Ferias y congresos, Hostelería y hoteles, Educación y ciencia, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
23/03/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
La ayuda consistirá en una contribución a los costes incurridos en la operación aprobada, teniendo en cuenta los porcentajes de financiación establecidos en el presente artículo, que se aplicarán sobre el valor total de los costes subvencionables incurridos.
Finalidad
1. La presente orden tiene por objeto regular los procedimientos de solicitud de ayuda, admisión, concesión, tramitación de los pagos y control de las ayudas destinadas a la Intervención de Inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización incluso con el fin de mejorar el ahorro de energía, la eficiencia energética global y los procesos sostenibles en establecimientos de la Comunidad Autónoma de La Rioja acogidas a la Intervención Sectorial del Vino (ISV) 2024-2027.

2. El plazo de presentación de solicitudes de ayuda es el establecido para cada año natural en el artículo 11 de la presente orden, por lo que su apertura no está sometida a la aprobación de un acto de convocatoria posterior.
Localización
Aragón
Categorías
Turismo y agencias de viajes, Energía, Hostelería y hoteles, Vivienda e hipotecas, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Ocio y tiempo libre, Construcción y obras, Empresa, Consumo, Educación y ciencia, Industria
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/03/2023
Plazo Solicitud
ABIERTO hasta 30/12/2023
Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de un importe máximo de 7.187.709,32 euros.
Finalidad
1. Es objeto de la presente Orden convocar la concesión de ayudas para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, de uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, y de las instalaciones de iluminación de alojamientos turísticos situados en el ámbito territorial de Aragón, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU.

2. En todas las solicitudes de financiación, las actuaciones para las que se solicita ayuda, tendrán que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30 % con respecto a la situación de partida, lo que se justificará mediante el certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual y el certificado de efi­ciencia energética del edificio alcanzado tras la reforma.
Localización
Aragón
Categorías
Turismo y agencias de viajes, Energía, Medio Ambiente, Empresa, Industria, Vivienda e hipotecas, Hostelería y hoteles, Consumo, Construcción y obras, Servicios Sociales, Comercio y marketing, Estadísticas y encuestas, Agricultura, Seguridad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Sector Financiero/Bancario, Ocio y tiempo libre, Participación ciudadana, Caza y pesca, Transporte y vehículos, Igualdad, Infancia y juventud, Justicia, Desarrollo Local y Rural, Economía Social, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Ferias y congresos, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
08/03/2023
Plazo Solicitud
ABIERTO hasta 30/12/2023
Cantidad
-
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y publicar la convocatoria de ayudas para la concesión de ayudas para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, de uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria y de las instalaciones de iluminación de alojamientos turísticos situados en el ámbito territorial de Aragón, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU.

1. Las ayudas que se financien al amparo de esta Orden de bases se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.

2. La presente Orden establece las bases reguladoras de la concesión, seguimiento y justificación de las ayudas para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de las Empresas Turísticas, que se corresponden con el Componente 14, Plan de Modernización y Competitividad del Sector Turístico, medida C.14.I4, línea de actuación 2.

3. Las ayudas reguladas en estas bases están sujetas, en todo caso, al cumplimiento, ejecución y realización de los hitos y objetivos fijados en el PRTR, de conformidad con la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID).

4. La etiqueta climática asignada a esta línea de actuación es la 024 "Eficiencia energética y proyectos de demostración en pymes y medidas de apoyo" con una contribución a objetivos climáticos del 40 %, de acuerdo con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Agricultura, Hostelería y hoteles, Desarrollo Local y Rural, Consumo, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Cultura e idiomas, Seguridad, Empleo y contratación, Empresa, Caza y pesca, Igualdad, Turismo y agencias de viajes, Transporte y vehículos, Servicios Sociales
Beneficiarios
F. Publicación
08/07/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Finalidad
Localización
BOE
Categorías
Comercio y marketing, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Empresa, Hostelería y hoteles, Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Turismo y agencias de viajes, Industria, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Energía, Seguridad, Medio Ambiente, Artesanía, Textil, confección y calzado, Estadísticas y encuestas, Consumo, Infancia y juventud, Comunicación pública, Reparación daños fenómenos naturales
Beneficiarios
Administraciones públicas, Particulares
F. Publicación
16/02/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Finalidad
Localización
Extremadura
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Infancia y juventud, Educación y ciencia, Economía Social, Caza y pesca, Servicios Sociales, Ganadería, Seguridad, Comercio y marketing, Transporte y vehículos, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Agricultura, Hostelería y hoteles, Estadísticas y encuestas, Turismo y agencias de viajes, Comunicación pública, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/02/2023
Plazo Solicitud
ABIERTO hasta 14/02/2024
Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 16.518.860,00 euros.
Finalidad

El presente decreto tiene como objeto regular el Programa Un autónomo un empleo y establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas para su financiación, con el objetivo de impulsar el crecimiento empresarial y favorecer la creación de empleo por cuenta ajena, en el colectivo del autoempleo de Extremadura.
Para la consecución de este objetivo se establecen las siguientes actuaciones:
a) Creación de empleo por personas trabajadoras autónomas, mediante la contratación de una persona desempleada, prioritariamente joven, parada de larga duración o primera contratación de la persona autónoma, para el desarrollo de su actividad empresarial o profesional.
b) Medidas de asesoramiento y acompañamiento a las personas autónomas beneficiarias de la actuación anterior.
Con esa finalidad se establecen dos Programas:
? Programa I: Apoyo a la contratación (1 más 1). Subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas para la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada, prioritariamente joven, parada de larga duración o primera contratación de la persona solicitante. Sólo será subvencionable, por cada convocatoria, una única contratación que realice la persona beneficiaria.
El objetivo a corto plazo de este Programa I es doble: el impulso de la actividad económica por cuenta propia, tras las sucesivas crisis económicas y el fomento del empleo entre las personas desempleadas, prioritariamente jóvenes, paradas de larga duración o primeras contrataciones del empleador.
Su fin, a medio y largo plazo, es la consolidación del empleo creado en condiciones de calidad y estabilidad.
? Programa II: Acompañamiento y asesoramiento. Subvenciones dirigidas a empresas consultoras para asesoramiento y acompañamiento a las personas autónomas beneficiarias del Programa I.
Este Programa II tiene como objetivo inmediato complementar al Programa I, facilitando a las personas autónomas los conocimientos y las herramientas necesarias para su crecimiento empresarial.
Su finalidad última es el crecimiento y la consolidación de la actividad empresarial de autoempleo en la Comunidad Autónoma.

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