RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2022, de la Fundación de la Energía de la Comunidad...Madrid de 22-06-2022
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RESOLUCIÓN de 15 de junio...22-06-2022

Última revisión
22/06/2022

RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2022, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las solicitudes de ayuda presentadas al amparo de la convocatoria aprobada por Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 11 de marzo de 2022 por la que se convoca la concesión de ayudas del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 22-06-2022

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Plazo de la solicitud:Ver Detalles, 22/06/2022 hasta ----

Beneficiarios: Asociaciones y economía social

Tipo: Modificacion de subvenciones

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Categorías: Energía, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente

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(Páginas 82-83)


Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BDNS (Identif.): 614108

Mediante el Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, se aprobó la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas para la ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ( Boletín Oficial del Estado número 185, de 4 agosto de 2021).

Mediante Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 11 de marzo de 2022, se convocó la concesión de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Conforme a lo regulado en el artículo 10 de la citada resolución, el plazo de presentación de solicitudes se inició a las 12:00 h del 28 de marzo de 2022, y finalizará el 31 de diciembre de 2023, fecha de conclusión de la vigencia del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), según lo establecido en el Artículo 4 del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto.

La tramitación de las solicitudes de estas ayudas se caracteriza por el alto volumen de documentación técnica y administrativa a revisar para constatar el cumplimiento de los requisitos exigidos a los beneficiarios, que, en muchos casos, hacen necesario el requerimiento de subsanación de las solicitudes y de la documentación que acompaña a las mismas.

El elevado número de documentos a revisar, hacen inviable la resolución de las solicitudes presentadas en el plazo de seis meses establecido en la convocatoria, pese a la habilitación de todos los medios materiales y personales disponibles al efecto por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid.

Las circunstancias descritas hacen necesario ampliar el plazo para resolver las solicitudes que se encuentran en plazo de resolución, en el marco de lo dispuesto en la normativa vigente de aplicación, teniendo en cuenta, además, que dicha ampliación no implica ni la alteración de la naturaleza o finalidad de las ayudas ni daños o efectos desfavorables a los derechos o intereses legítimos de terceros.

A este respecto, en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece que, excepcionalmente, cuando se hayan agotado los medios personales y materiales disponibles, el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor, o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser éste superior al establecido para la tramitación del procedimiento. Contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá recurso alguno.

Como complemento de lo anterior, en el apartado tercero del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se dispone que tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación de plazos deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate, no pudiendo ser objeto de ampliación un plazo ya vencido.

En atención a todo lo expuesto, se considera procedente y necesario ampliar el referido plazo máximo de seis meses, para resolver las solicitudes de ayuda y notificar las resoluciones que corresponda, en seis meses más, a contar desde el día siguiente a aquel en el que hubiera vencido el plazo inicial de seis meses establecido al efecto en el apartado segundo del artículo 16 de la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 11 de marzo de 2022 por la que se convoca la concesión de ayudas del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por ello, vistos los preceptos legales citados y demás normativa pertinente de aplicación, así como las circunstancias concurrentes señaladas, el Director-Gerente de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, como órgano concedente,

DISPONE

Primero

Acordar la ampliación del plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las solicitudes de ayuda, presentadas al amparo de la convocatoria aprobada por la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 11 de marzo de 2022 por la que se convoca la concesión de ayudas del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por un período de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en el que hubiera vencido el plazo inicial de seis meses establecido al efecto en el artículo 16.2 de la citada resolución.

Segundo

Contra la presente resolución no cabe la presentación de recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero

La presente resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que sustituye a la notificación personal, y producirá efectos el día siguiente al de su publicación.

La presente resolución será objeto de difusión electrónica a través de la página web institucional de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid y se remitirá, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 8 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

En Madrid, a 15 de junio de 2022.-El Director-Gerente de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, José Antonio González Martínez.

(03/12.559/22)

RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2022, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las solicitudes de ayuda presentadas al amparo de la convocatoria aprobada por Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 11 de marzo de 2022 por la que se convoca la concesión de ayudas del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 22-06-2022

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