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Modelo de aval bancario para el fraccionamiento de cuotas a la Seguridad Social correspondientes al Convenio Especial de empresarios y trabajadores sujetos a Expedientes de Regulación de Empleo con 55 o más años.
Orden: laboral
Ultima revisión: 04/08/2017
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Aval para el fraccionamiento de cuotas a la Seguridad Social correspondientes al Convenio Especial de empresarios y trabajadores sujetos a Expedientes de Regulación de Empleo con 55 o más años.
La entidad, [NOMBRE] (1) y en su nombre D./Dña. [NOMBRE_REPRESENTANTE] con poderes suficientes para obligarse en este acto según resulta de la escritura de poderes otorgada en fecha de [FECHA] ante el Notario de [PROVINCIA] D./Dña. [NOMBRE], con el número [NUMERO] de su protocolo, avala con carácter …
Las cuotas correspondientes al convenio especial de empresarios y trabajadores sujetos a expedientes de regulación de empleo que incluyan trabajadores con 55 o más años son cargo exclusivo del empresario, para lo que podrá optar:
- por realizar un pago único de las mismas, en cuyo caso deberá manifestarlo por escrito a la Tesorería General de la Seguridad Social y efectuar su ingreso en la misma dentro del mes siguiente al de la notificación por parte de dicho Servicio Común de la cantidad a ingresar
- por solicitar de la Tesorería General de la Seguridad Social el fraccionamiento de su pago en tantas anualidades como años le falten al trabajador o trabajadores para cumplir los 61 años de edad, con un máximo de seis años. En este caso, el ingreso de la primera anualidad deberá realizarse en el plazo de treinta días naturales a partir de la notificación de la cantidad a ingresar, presentando en el mismo plazo, para responder de las cotizaciones pendientes, bien aval solidario suficiente a juicio de la Tesorería General de la Seguridad Social o bien sustituyendo, con el consentimiento de dicho Servicio Común, la responsabilidad del empresario por la de una entidad financiera o una entidad aseguradora.
Siguiendo las especificaciones establecidas en el art. 20, Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, el presente modelo permite formalizar el aval presentado durante la tramitación del expediente de regulación de empleo y con validez desde la fecha en que se produzca el cese en el trabajo o, en su caso, en que cese la obligación de cotizar por extinción de la prestación por desempleo contributivo y hasta, al menos, un año después del vencimiento de la anualidad o anualidades que garantiza.
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