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Escrito interesando respuestas por escrito de personas jurídicas
Orden: civil
Ultima revisión: 01/01/2023
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AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA [JUZGADO]
Procedimiento nº [NÚMERO]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR/A], Procurador/a de los Tribunales, colegiado núm. [NUMEROCOLEGIADO_PROCURADOR_CLIENTE] en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE], según consta acreditado en autos, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que el [FECHA] se me ha notificado fecha para la celebración de vista, indicándonos que en el plazo de 5 días desde la recepción de la presente, debemos indicar aquellas …
El art. 381 LEC expone que «1. Cuando, sobre hechos relevantes para el proceso, sea pertinente que informen personas jurídicas y entidades públicas en cuanto tales, por referirse esos hechos a su actividad, sin que quepa o sea necesario individualizar en personas físicas determinadas el conocimiento de lo que para el proceso interese, la parte a quien convenga esta prueba podrá proponer que la persona jurídica o entidad, a requerimiento del tribunal, responda por escrito sobre los hechos en los diez días anteriores al juicio o a la vista.»
Añade el apartado segundo del mismo artículo que «2. En la proposición de prueba referida se expresarán con precisión los extremos sobre los que ha de versar la declaración o informe escrito. Las demás partes podrán alegar lo que consideren conveniente y, en concreto, si desean que se adicionen otros extremos a la petición de declaración escrita o se rectifiquen o complementen los que hubiere expresado el proponente de la prueba.», resolviendo lo pertinente el tribunal.
Lo anteriormente dispuesto no será de aplicación a las entidades públicas cuando, tratándose de conocer hechos de las características establecidas en el apartado 1, pudieran obtenerse de aquéllas certificaciones o testimonios, susceptibles de aportarse como prueba documental.
En concordancia con lo dispuesto por el precitado artículo, el modelo disponible a continuación permite solicitar al Juzgado que requiera a aquellas personas jurídicas que puedan informar sobre hechos relativos a su actividad, que sean relevantes para el proceso, aque respondan por escrito sobre los mismos.
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