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Demanda de juicio verbal solicitando la nulidad y devolución de cláusula suelo y cláusula de gastos de constitución de hipoteca
Orden: mercantil
Ultima revisión: 22/02/2024
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AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA [LOCALIDAD]
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, con domicilio en [CALLE], n.º [NUMERO], Código Postal [CODIGO_POSTAL], [LOCALIDAD], [PROVINCIA] y provisto de DNI [DNI], según se acredita por medio de apoderamiento apud acta que se acompaña como documento n.º [NUMERO], y bajo la dirección letrada de don/doña [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], colegiado/a número …
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, C-154/15, de 21 de diciembre. ECLI: ECLI:EU:C:2016:980, ha fallado a favor de la retroactividad total de lo indebidamente percibido por las cláusulas suelo.
Se podrá solicitar la devolución total de las cantidades abonadas indebidamente sobre la base de las cláusulas suelo, desde la fecha de la firma del contrato de préstamo hipotecario, y no solo del generado a partir del 9 de mayo de 2013.
El Tribunal Supremo, en su ya famosa sentencia, n.º 705/2015, de 23 de diciembre, ECLI:ES:TS:2015:5618, declara la abusividad de las cláusulas que hacen recaer en el hipotecado, la totalidad de los gastos relativos a la constitución de hipoteca, y ello en consecuencia directa de la aplicación de la Ley General en Defensa de los Consumidores y Usuarios.
A TENER EN CUENTA. La sentencia del TJUE, C-810/21 y C-813/21, de 25 de enero, ECLI:EU:C:2024:81, ha determinado que el dies a quo del plazo de prescripción de la acción para reclamar la restitución de las cantidades pagadas en virtud de una cláusula abusiva sea el día en que el consumidor adquiera constancia de la abusividad.
El siguiente formulario se halla actualizado a este nuevo criterio jurisprudencial y a las modificaciones introducidas por el RD-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, en la Ley de Enjuiciamiento Civil y que entrarán en vigor el 20 de marzo de 2024.
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