Suscripción Premium
Suscripción Premium

Formularios Premium

* Los precios NO incluyen IVA

Certificación por donativos dinerarios a entidades sin fines lucrativos. Deducción Impuesto sobre Sociedades.

Orden: fiscal

Ultima revisión: 01/09/2023

Formatos

Word

Pdf

Documento de descarga inmediata

 

Don/Doña [NOMBRE], con DNI/NIE [NÚMERO], y domicilio, a efectos de notificaciones, en [DOMICILIO] actuando en representación de la entidad [ESPECIFICAR], domiciliada en [DOMICILIO_SOCIAL] y con NIF [NÚMERO],

 

CERTIFICA

 

 

PRIMERO. Que en virtud del artículo 16 de la LEY 49/2002, de 23

El artículo 20 de la LEY 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, dispone una deducción de la cuota del Impuesto sobre Sociedades, y sobre la misma establece:

«1. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra, minorada en las deducciones y bonificaciones previstas en los capítulos II, III y IV del Título VI de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, el 35 por 100 de la base de la deducción determinada según lo dispuesto en el artículo 18. Las cantidades correspondientes al período impositivo no deducidas podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del período impositivo anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad será el 40 por ciento.

2. La base de esta deducción no podrá exceder del 10 por 100 de la base imponible del período impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos».

En cuanto a la justificación de los donativos, donaciones y aportaciones deducibles, el artículo 24 de la LEY 49/2002, de 23 de diciembre, determina que la efectividad de los donativos, donaciones y aportaciones deducibles se justificará mediante certificación expedida por la entidad beneficiaria, con los requisitos que se establezcan reglamentariamente.

La certificación a la que se hace referencia en los apartados anteriores deberá contener, al menos, los siguientes extremos.

  1. El número de identificación fiscal y los datos de identificación personal del donante y de la entidad donataria.
  2. Mención expresa de que la entidad donataria se encuentra incluida en las reguladas en el  artículo 16 de la LEY 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
  3. Fecha e importe del donativo cuando éste sea dinerario.
  4. Documento público u otro documento auténtico que acredite la entrega del bien donado cuando no se trate de donativos en dinero.
  5. Destino que la entidad donataria dará al objeto donado en el cumplimiento de su finalidad específica.
  6. Mención expresa del carácter irrevocable de la donación, sin perjuicio de lo establecido en las normas imperativas civiles que regulan la revocación de donaciones.
     

La entidad beneficiaria deberá remitir a la Administración tributaria, en la forma y en los plazos que se establezcan reglamentariamente, la información sobre las certificaciones expedidas [Véase: Modelo 182. IRPF (Telemático)]

Descuento del 5%

9.95€
10.45€

Pago único

Un mes ilimitado de contenido

Por solo 53.00€ más con el plan Asesor

Descuento del 5%

9.95€
10.45€

Pago único

Un mes ilimitado de contenido

Por solo 53.00€ más con el plan Asesor

Miles de documentos a tu alcance con una tarifa plana

20% Descuento

Plan asesores

Pensado para departamentos jurídicos o profesionales que necesitan acceso a documentos laborales, fiscales y mercantiles

6295€
Al mes con facturación mensual
1 usuario
Gestión de alertas
Gestor documental
Formularios Laboral
Formularios Fiscal
Formularios Mercantil

Plan abogados

Perfecto para departamentos jurídicos o profesionales que necesitan acceso a documentos de todas las materias

7995€
Al mes con facturación mensual
1 usuario
Gestión de alertas
Gestor documental
Formularios Laboral
Formularios Fiscal
Formularios Mercantil
Formularios Civil
Formularios Penal
Formularios Administrativo
logo

Integración con fondo Colex

Podrá acceder desde Iberley al fondo editorial de colex que previamente haya adquirido o que estén incluidos en la suscripción premium. Se podrán consultar las obras en varios formatos, dispondrá de enlaces a jurisprudencia, legislación y otras menciones integrados en el portal de Iberley.
logo

Compatible con sudespacho.net

Podrá guardar documentos, añadir notas técnicas, en el software de gestión de despachos de sudespacho.net, la integración con sudespacho.net le permitirá mayor eficiencia y seguridad en su labor profesional.
logo

Envío gratuito de la revista Colex en papel

Reciba en su despacho cada dos meses la revista en papel de Colex, novedades, artículos de opinión de colaboradores, consejos, análisis prácticos, resúmenes de legislación y jurisprudencia. Todo ello en formato Papel y sin recargo adicional.
logo

Servicio de atención al cliente

A su disposición un equipo de expertos que le ayudarán a encontrar cualquier documento siempre que lo necesite. En Iberley prestamos servicios editoriales desde 2003, nuestro equipo de soporte al usuario tiene amplia experiencia
logo

Buscadores semánticos

Rapidez y seguridad en el acceso a la información es lo que demandan nuestros usuarios, es ahí donde un buen buscador juega un papel fundamental. El 95 % de nuestros usuarios encuentra rápidamente lo que necesita
logo

Envío de novedades por email

Semanalmente reciba una newsletter con temas de actualidad y adaptada a sus necesidades. Además podrá configurar alertas sobre los demás colecciones.
logo

Sistema de recomendación Big Data

Iberley Colex invierte en I + D para mejorar el servicio y calidad de sus aplicaciones, con la integración de tecnología Big Data que permite recomendar la documentación que necesita con una alta precisión.
logo

Actualización diaria

En un mundo cambiante la inmediatez y la rapidez en el acceso a la información marca la diferencia por eso, desde primera hora, cada día Iberley actualiza su fondo documental.
logo

Información relacionada

Iberley gestiona toda la información con tecnología semántica, esto nos permite realizar búsquedas con lenguaje natural, y relacionar con máxima relevancia todos los documentos, de esta forma el usuario siempre tiene información útil y relevante en pantalla.