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Acta de junta general ordinaria de socios de aprobación de cuentas anuales
Orden: mercantil
Ultima revisión: 01/01/2023
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ACTA DE JUNTA GENERAL DE LA SOCIEDAD [NOMBRE_EMPRESA], S.L.
En [LOCALIDAD], siendo las [HORA] del día [FECHA], se encuentran presentes en el domicilio social sito en [DOMICILIO], la totalidad de los socios de la Sociedad [NOMBRE_SOCIEDAD], S.L., titulares del 100 % del capital social, totalmente desembolsado.
Se ha decidido, de conformidad con lo establecido en el artículo 166 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, constituirse en Junta General de Socios, anuncio realizado con fecha …
Establece el art. 253 de la Ley de Sociedades de Capital, en su punto 1 que «1. Los administradores de la sociedad están obligados a formular, en el plazo máximo de tres meses contados a partir del cierre del ejercicio social, las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado, así como, en su caso, las cuentas y el informe de gestión consolidados.»
En el siguiente modelo se ilustra un acta del consejo de administración de una sociedad, a través del cual se formulan las cuentas anuales para su presentación ante la junta general de la sociedad y posterior depósito en el Registro Mercantil.
De este modo, además de formular las cuentas, se convoca la junta general a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 164 de la Ley de Sociedades de Capital, que establece que «1. La junta general ordinaria, previamente convocada al efecto, se reunirá necesariamente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio, para, en su caso, aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado.»
Sobre los plazos para formular y depositar las cuentas cabe decir que todas las sociedades se encuentran obligadas a formular las cuentas anuales al cierre de su ejercicio. Son los administradores los que están obligados a formular las cuentas anuales en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de cierre del ejercicio social (31 de diciembre).
Por su parte, la aprobación de las cuentas anuales corresponde a los socios o accionistas mediante la junta general ordinaria convocada al efecto. Esta aprobación debe hacerse dentro de los seis meses siguientes al cierre de ejercicio social, es decir, antes del 30 de junio (respecto de las sociedades que cierran su ejercicio con el año natural).
Por último, en el plazo de un mes desde la aprobación de las cuentas, estas se depositarán en el Registro Mercantil del domicilio de la sociedad. Por este motivo, durante el mes de julio la mayoría de las sociedades efectúan el depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil.
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