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Escrito de acusación por delito de amenazas
Orden: penal
Ultima revisión: 18/01/2024
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AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN
NÚMERO [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], como tengo debidamente acreditado en autos, con la asistencia del/de la Letrado/a Don/Doña [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], con n.º de colegiado/a [NUMEROCOLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE] como más procedente sea en Derecho ante el Juzgado comparezco y DIGO:
Evacuando en el plazo concedido el traslado que nos ha sido efectuado a …
El escrito de acusación viene recogido en el art. 780 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), en el que se establece que el juez acordará dar traslado de las diligencias previas al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas, para que en diez días soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.
El escrito de acusación comprenderá, además de la solicitud de apertura del juicio oral ante el órgano que se estime competente y de la identificación de la persona o personas contra las que se dirige la acusación, los extremos a que se refiere el art. 650 LECrim, que establece las pautas del escrito de calificación que contendrá conclusiones precisas y numeradas.
A TENER EN CUENTA. Dispone el nuevo art. 258bis, introducido en la LECrim vía Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que las actuaciones procesales se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, incluyendo las que se celebren ante los/las letrados/as de la Administración de Justicia o ante el Ministerio fiscal. En las citaciones se informará de la posibilidad de declarar de forma telemática en las condiciones establecidas en el citado precepto. Esta novedad entrará en vigor el 20 de marzo de 2024, de modo que hasta ese momento, el art. 258bis LECrim no resulta de aplicación. El siguiente formulario se halla actualizado a la citada reforma.
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