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Acción individual de responsabilidad de los administradores de la sociedad de capital.
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 26/01/2016
Esta acción presupone que se han lesionado directamente los intereses de los socios o de los terceros por actos de los administradores.Los titulares de esta acción pueden ser varios
Son requisitos para el ejercicio de la acción individual contra los administradores:
- Daño directo a los socios o a los terceros
- Que se trate de un acto de los administradores en el ejercicio de su cargo
- Ilicitud de la acción u omisión de los administradores, en el sentido del art. 236 de Ley de Sociedades de Capital (1)
- Relación de causalidad entre el acto ilícito del administrador y el daño sufrido por el socio o tercero, la carga probatoria recae sobre ellos a la hora de acreditar que el daño ha sido motivado por hechos, actos u omisiones dolosas o culposas del administrador
(1) MODIFICADO por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo.
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