Última revisión
Ayudas extraordinarias tras el agotamiento de las prestaciones por desempleo
Relacionados:
Estado: VIGENTE
Orden: laboral
Fecha última revisión: 20/11/2019
Actualmente, una vez agota la prestación por desempleo a nivel contributivo o el subsidio de nivel asistencial existen dos ayuas en vigor: Renta Activa de Inserción y Subsidio extraordinario por desempleo.
Junto con los distintos tipos de subsidios por cotización agotada o insuficiente (subsidio por insuficiencia de cotización; subsidio de ayuda familiar; subsidio para mayores de 45 años; subsidio para mayores de 52 años), o para colectivos específicos (retronados mayores de 45 años; liberados de prisión; revisión de incapacidad permanente), actualmente, tras la finalización del Programa PREPARA (ayudas económicas de acompañamiento) y el Programa de Activación para el Empleo, encontramos la Renta Activa de Inserción y el Subsidio extraordinario por desempleo.
Prestación contributiva por desempleo
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Extinción |
Extinción | Programa de Activación para el Empleo -DEROGADO-
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| Subsidio extraordinario por desempleo -VIGENTE-
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Programa PREPARA (ayudas económicas de acompañamiento) -DEROGADO- |
Las anteriores ayudas serían completadas por los Ayuntamientos y distintas Comunidades Autónomas con rentas de integración o ayudas sociales propias.