Agresiones sexuales a menores de 16 años
Temas
Agresiones sexuales a menores de 16 años
Ver Indice
»

Última revisión
12/09/2022

Agresiones sexuales a menores de 16 años

Tiempo de lectura: 7 min

Tiempo de lectura: 7 min

Relacionados:

Orden: penal

Fecha última revisión: 12/09/2022


Las agresiones sexuales a menores de 16 años se encuentran tipificadas, desde el 07/1/2022, en los artículos 181 a 183 bis del Código Penal, tras la reforma operada por la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

Con anterioridad a la reforma dichos artículos se ocupaban de regular el suprimido delito de abusos sexuales.

Antes de la entrada en vigor de la citada reforma, eran los artículos 183 a 183 quater del Código Penal, los que se ocupaban de regular los delitos de abuso y agresiones sexuales a menores de 16 años. 

A TENER EN CUENTA. El artículo 181 del CP ha vuelto a verse modificado por la publicación de la Ley Orgánica 4/2023, de 27 de abril, para la modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en los delitos contra la libertad sexual, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, con entrada en vigor el 29/04/2023.

De las agresiones sexuales a menores de 16 años

Con la entrada en vigor de la reforma realizada por la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, esto es, el 07/10/2022, las agresiones sexuales a menores 16 años pasan a regularse en los artículos 181 a 183 bis del Código Penal. Antes de esta reforma encontraban su regulación en los artículos 183 a 183 quater del Código Penal.

Con esta reforma dejan de tipificarse en el C.P. los abusos sexuales, por considerarse cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento, agresión sexual.

Se castigará al que realice actos de carácter sexual con un menor de 16 años con la pena de prisión de 2 a 6 años. A estos efectos se consideran incluidos en los actos de carácter sexual los que realice el menor con un tercero o sobre sí mismo a instancia del autor.

A TENER EN CUENTA. Para estos dos casos anteriores, cuanto el acto sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o en introducción de miembros corporales u objetos por algunas de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de 6 a 12 años de prisión en los casos del apartado 1.

La pena de prisión se verá agravada de 5 a 10 años para el caso de que concurra alguna de las modalidades de agresión sexual descritas en el artículo 178 del Código Penal. En estos casos, en atención a la menor entidad del hecho y valorando todas las circunstancias concurrentes, incluyendo las circunstancias personales del culpable, podrá imponerse la pena de prisión inferior en grado, excepto cuando medie violencia o intimidación o concurran las circunstancias mencionadas en el artículo 181.4 del C.P.

A TENER EN CUENTA. En el caso de que, en el caso anterior, el acto sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o en introducción de miembros corporales u objetos por algunas de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de 10 a 15 años.

Pena en su mitad superior

Las conductas previstas en los apartados anteriores serán castigadas con la pena de prisión correspondiente en su mitad superior cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas.

b) Cuando la agresión sexual vaya precedida o acompañada de una violencia de extrema gravedad o de actos que revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio.

c) Cuando los hechos se cometan contra una persona que se halle en una situación de especial vulnerabilidad por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o por cualquier otra circunstancia, y, en todo caso, cuando sea menor de cuatro años.

d) Cuando la víctima sea o haya sido pareja del autor, aun sin convivencia.

e) Cuando, para la ejecución del delito, el responsable se hubiera prevalido de una situación de convivencia o de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, con la víctima.

f) Cuando el responsable haga uso de armas u otros medios igualmente peligrosos, susceptibles de producir la muerte o alguna de las lesiones previstas en los artículos 149 y 150 de este Código, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 194 bis.

g) Cuando para la comisión de estos hechos el autor haya anulado la voluntad de la víctima suministrándole fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.

h) Cuando la infracción se haya cometido en el seno de una organización o de un grupo criminal que se dedicare a la realización de tales actividades.

A TENER EN CUENTA. En todos los casos previstos en este artículo 181 del C.P., cuando el culpable se hubiera prevalido de su condición de autoridad, agente de ésta o funcionario público, se impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta de 6 a 12 años.

Delito de agresiones sexuales del art. 182 del Código Penal

Este artículo tipifica el acto de hacer presenciar actos de carácter sexual a menores de 16 años.

«1. El que, con fines sexuales, haga presenciar a un menor de dieciséis años actos de carácter sexual, aunque el autor no participe en ellos, será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años.

2. Si los actos de carácter sexual que se hacen presenciar al menor de dieciséis años constituyeran un delito contra la libertad sexual, la pena será de prisión de uno a tres años».

Ciberacoso sexual o childgrooming

El delito de ciberacoso sexual o childgrooming pasa de tipificarse sin cambio alguno en su contenido (a salvo de las remisiones a los artículos correlativos) en el artículo 183 ter del Código Penal al artículo 183 desde el 07/10/2022, fecha de entrada en vigor de la reforma realizada por la Ley 10/2022, de 6 de septiembre.

Artículo 183

1. El que a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 181 y 189, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos. Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño.

2. El que, a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor, será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años.

Relaciones consentidas del menor de 16 años 

Se prevé en el artículo 183 bis del Código Penal (antes del 07/10/2022 el art. 183 quater) que:

«Salvo en los casos en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado segundo del artículo 178, el libre consentimiento del menor de dieciséis años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este capítulo cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez física y psicológica».

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Derecho penal parte especial. Temas prácticos para su estudio
Disponible

Derecho penal parte especial. Temas prácticos para su estudio

Alfredo Abadías Selma

29.75€

28.26€

+ Información

Código Penal - Código comentado
Disponible

Código Penal - Código comentado

V.V.A.A

84.95€

80.70€

+ Información

La perspectiva de género en la ley del «solo sí es sí»
Disponible

La perspectiva de género en la ley del «solo sí es sí»

V.V.A.A

34.00€

32.30€

+ Información

La justicia en la sociedad 4.0: nuevos retos para el siglo XXI
Disponible

La justicia en la sociedad 4.0: nuevos retos para el siglo XXI

V.V.A.A

55.25€

52.49€

+ Información

Menores y delitos
Disponible

Menores y delitos

Alfredo Abadías Selma

21.25€

20.19€

+ Información