Las competencias de las salas de lo contencioso-administrativo de los tribunales superiores de justicia
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Administrativo
- Fecha última revisión: 01/02/2022
El artículo 10 de la LJCA regula las competencias de las salas de lo contencioso-administrativo de los tribunales superiores de justicia, que conocerán:
- En única instancia de los recursos contra:
- Actos de las entidades locales y de las administraciones de las comunidades autónomas no atribuidos a los juzgados de lo contencioso-administrativo.
- Disposiciones generales emanadas de las comunidades autónomas y de las entidades locales.
- Actos y disposiciones de los órganos de gobierno de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, y de las instituciones autonómicas análogas al Tribunal de Cuentas y al Defensor del Pueblo, en materia de personal, administración y gestión patrimonial.
- Actos y resoluciones dictados por los tribunales económico-administrativos regionales y locales que pongan fin a la vía económico-administrativa.
- Resoluciones dictadas por el Tribunal Económico-Administrativo Central en materia de tributos cedidos.
- Actos y disposiciones de las juntas electorales provinciales y de comunidades autónomas, así como los recursos contencioso-electorales contra acuerdos de las Juntas Electorales sobre proclamación de electos y elección y proclamación de presidentes de corporaciones locales, en los términos de la legislación electoral.
- Convenios entre Administraciones públicas cuyas competencias se ejerzan en el ámbito territorial de la correspondiente comunidad autónoma.
- La prohibición o la propuesta de modificación de reuniones previstas en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión.
- Actos y resoluciones dictados por órganos de la Administración General del Estado cuya competencia se extienda a todo el territorio nacional y cuyo nivel orgánico sea inferior al de ministro o secretario de Estado en materias de personal, propiedades especiales y expropiación forzosa.
- Actos y resoluciones de los órganos de las comunidades autónomas competentes para la aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia.
- Resoluciones dictadas por el órgano competente para la resolución de recursos en materia de contratación previsto en el artículo 46 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en relación con los contratos incluidos en el ámbito competencial de las comunidades autónomas o de las corporaciones locales.
- Resoluciones dictadas por los tribunales administrativos territoriales de recursos contractuales.
- En segunda instancia, de las apelaciones promovidas contra sentencias y autos dictados por los juzgados de lo contencioso-administrativo y de los correspondientes recursos de queja.
- De los recursos de revisión contra las sentencias firmes de los juzgados de lo contencioso-administrativo.
- De las cuestiones de competencia entre los juzgados de lo contencioso-administrativo con sede en la comunidad autónoma.
- De la solicitud de autorización al amparo del artículo 122 ter, cuando sea formulada por la autoridad de protección de datos de la comunidad autónoma respectiva.
- De la autorización o ratificación judicial de las medidas adoptadas con arreglo a la legislación sanitaria que las autoridades sanitarias de ámbito distinto al estatal consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen la limitación o restricción de derechos fundamentales cuando sus destinatarios no estén identificados individualmente (*).
(*) Añadido a raíz de la crisis de la COVID-19 y se introduce por Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia. En vigor desde el 20/09/2020.
JURISPRUDENCIA
- Cuestión negativa de competencia objetiva. Resolución en materia de personal del subsecretario de Defensa. La competencia es del TSJ de Andalucía (sede en Málaga).
Tribunal Supremo (Sala 3.ª, Sección 1.ª). Sentencia de 25 de febrero de 2015, rec. 42/2014 ( ECLI:ES:TS:2015:863 ).
«[…] la resolución impugnada (que, repetimos, es la que acuerda declarar la insuficiencia de condiciones psicofísicas del recurrente ajena a acto de servicio, y no la que declara su pase a retiro por inutilidad permanente para el servicio) ha sido dictada por el subsecretario de Defensa en el ejercicio de funciones propias, como se desprende de la propia resolución, por lo que procede concluir que se impugna un acto procedente de un órgano de la Administración General del Estado cuya competencia se extiende a todo el territorio nacional y cuyo nivel orgánico es inferior al de ministro o secretario de Estado en materia de personal, por lo que ha de entenderse que la competencia corresponde a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, ex artículos 10.1.i) y 14.1, segunda, LRJCA».
- Cuestión negativa de competencia objetiva. Recurso contra dos Administraciones distintas. Competencia del órgano jurisdiccional que la tenga para fiscalizar el acto dictado por la Administración de mayor ámbito territorial y, teniendo ambas el mismo, será competente el órgano jurisdiccional de mayor jerarquía.
Tribunal Supremo (Sala 3.ª, Sección 1.ª). Sentencia de 6 de octubre de 2015, rec. 19/2015 ( ECLI:ES:TS:2015:4321 ).
«[…] esta Sala ya se ha pronunciado sobre la competencia objetiva en los casos en que hayan de fiscalizarse decisiones adoptadas por diferentes Administraciones. Así, en el auto de 8 de marzo de 2012 (CC 71/2011) se establecía que “... una interpretación integradora de las reglas sobre competencia objetiva previstas en la ley jurisdiccional permite deducir que la competencia objetiva en los casos en que hayan de fiscalizarse decisiones adoptadas por diferentes Administraciones, pero fundadas en igual causa de pedir, entendida esta causa como el dato fáctico determinante de la reclamación, ha de corresponder al órgano jurisdiccional competente para fiscalizar el acto dictado por la Administración de mayor ámbito territorial y, teniendo ambas el mismo, al órgano jurisdiccional de mayor jerarquía”.
En el presente caso, la Administración de mayor ámbito territorial es la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por lo que la competencia objetiva para conocer del recurso contencioso-administrativo a que antes se ha hecho mención no corresponde a ninguno de los órganos jurisdiccionales contendientes, sino a las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, ex artículo 10.1.i) de la LRJCA. En cuanto a la competencia territorial, ésta corresponde, ex artículo 14.1, segunda, a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, provincia en la que tiene su domicilio la recurrente y por la que optó al interponer el recurso contencioso-administrativo».
CUESTIÓN
Dado que la legislación de expropiación forzosa no dice nada al respecto, ¿qué juzgado o tribunal es competente para conocer de un recurso contra el acuerdo del jurado provincial de expropiación forzosa fijando el justiprecio?
Atendiendo al artículo 10.1.i) de la LJCA y la regla 3.ª del apartado 1 de su artículo 14, la competencia será del tribunal superior de justicia de la comunidad autónoma en que radiquen los inmuebles afectados por la expropiación:
Art. 10.1.i) de la LJCA
«Las Salas de lo contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia conocerán en única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con (...) los actos y resoluciones dictados por órganos de la Administración General del Estado cuya competencia se extienda a todo el territorio nacional y cuyo nivel orgánico sea inferior al de Ministro o Secretario de Estado en materias de personal, propiedades especiales y expropiación forzosa».
Regla 3.ª del apartado 1 del artículo 14 de la LJCA
«La competencia territorial de los Juzgados y de los Tribunales Superiores de Justicia se determinará conforme a las siguientes reglas: (...) La competencia corresponderá al órgano jurisdiccional en cuya circunscripción radiquen los inmuebles afectados cuando se impugnen planes de ordenación urbana y actuaciones urbanísticas, expropiatorias y, en general, las que comporten intervención administrativa en la propiedad privada».
No hay versiones para este comentario
- Generalidades
- Procedimiento Administrativo
- Revisión de actos en vía administrativa
- Revisión judicial del acto administrativo: Derecho Procesal Contencioso-Administrativo
- Órganos y competencias
- Juzgados de lo contencioso-administrativo
- Juzgados centrales de lo contencioso-administrativo
- Salas de lo contencioso-administrativo de los tribunales superiores de justicia ESTOY AQUÍ
- Sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia nacional
- Sala de lo contencioso-administrativo del tribunal supremo
- Competencia territorial de los juzgados y tribunales
- Constitución y actuación de las salas de lo contencioso-administrativo
- Distribución de asuntos
- Contratos del Sector Público
- Bienes de las administraciones públicas
- Expropiación forzosa
- Ordenación del territorio, Urbanismo y Vivienda
- Derecho ambiental
- Derecho local
- Derecho de extranjería
- Tráfico, seguridad vial y transportes
- Protección de datos
- Protección de datos para abogados y procuradores
- Protección de datos para comunidades de propietarios
- Protección de datos en redes sociales
- Constitución Española
- Estudio de la responsabilidad de las Administraciones Públicas
Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 206 Fecha de Publicación: 25/07/1889 Fecha de entrada en vigor: 25/07/1889 Órgano Emisor: Presidencia Del Consejo De Ministros
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 272 Fecha de Publicación: 09/11/2017 Fecha de entrada en vigor: 09/03/2018 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- ANEXO VI. Códigos CPV de los servicios y suministros a los que se refiere la disposición adicional cuarta relativa a los contratos reservados
- ANEXO V. Listado de convenios internacionales en el ámbito social y medioambiental a que se refiere el artículo 201
- ANEXO IV. Servicios especiales a que se refieren los artículos 22.1.C), 135.5 Y la disposición adicional trigésima sexta
- ANEXO III. Información que debe figurar en los anuncios
- ANEXO II. Lista de productos contemplados en el artículo 21.1.a) en lo que se refiere a los contratos de suministros adjudicados por los órganos de contratación del sector de la defensa
LEY 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 167 Fecha de Publicación: 14/07/1998 Fecha de entrada en vigor: 14/12/1998 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Ley 15/2007 de 3 de Jul (Defensa de la Competencia) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 159 Fecha de Publicación: 04/07/2007 Fecha de entrada en vigor: 01/09/2007 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Ley Orgánica 9/1983 de 15 de Jul (Reguladora del derecho de reunión) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 170 Fecha de Publicación: 18/07/1983 Fecha de entrada en vigor: 07/08/1983 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Ley 3/2020 de 18 de Sep (Medidas por COVID-19 en la Administración de Justicia) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 250 Fecha de Publicación: 19/09/2020 Fecha de entrada en vigor: 20/09/2020 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
-
Auto Contencioso-Administrativo Nº 60/2017, TSJ La Rioja, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 282/2016, 04-10-2017
Orden: Administrativo Fecha: 04/10/2017 Tribunal: Tsj La Rioja Ponente: Ortiz Lallana, María Del Carmen Num. Sentencia: 60/2017 Num. Recurso: 282/2016
-
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 422/2022, TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 3060/2020, 05-04-2022
Orden: Administrativo Fecha: 05/04/2022 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Bandres Sanchez-cruzat, Jose Manuel Num. Sentencia: 422/2022 Num. Recurso: 3060/2020
-
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 1721/2021, TSJ Andalucia, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 843/2021, 29-04-2021
Orden: Administrativo Fecha: 29/04/2021 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: Rivera Fernández, Jesús Num. Sentencia: 1721/2021 Num. Recurso: 843/2021
-
Auto CIVIL Nº 55/2020, AP - Cuenca, Sec. 1, Rec 86/2020, 23-06-2020
Orden: Civil Fecha: 23/06/2020 Tribunal: Ap - Cuenca Ponente: Casado Delgado, Ernesto Num. Sentencia: 55/2020 Num. Recurso: 86/2020
-
Sentencia Administrativo Nº 20/2016, TSJ Pais Vasco, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 458/2014, 28-01-2016
Orden: Administrativo Fecha: 28/01/2016 Tribunal: Tsj Pais Vasco Ponente: Murgoitio Estefania, Luis Javier Num. Sentencia: 20/2016 Num. Recurso: 458/2014
-
Competencia objetiva en el orden civil
Orden: Civil Fecha última revisión: 22/03/2022
La competencia objetiva se configura como el conjunto de reglas que atribuyen a cada clase de órganos del orden jurisdiccional civil el conocimiento, en primera instancia, de un asunto concreto. Existen dos criterios de atribución de la competenci...
-
Regulación de las cuestiones de competencia en el orden jurisdiccional social
Orden: Laboral Fecha última revisión: 25/05/2022
Las reglas de competencia funcional, jerárquica y territorial (cuestiones de competencia) en el orden social se regulan en los 4 a 11 de la Ley de Jurisdicción Social.Competencia objetiva en el orden socialLos órganos de este orden jurisdiccional ...
-
Procedimientos especiales de expropiación forzosa
Orden: Administrativo Fecha última revisión: 13/01/2022
La LEF en su título III regula las expropiaciones especiales o procedimientos especiales de expropiación.Los diferentes procedimientos especiales de expropiación forzosaLa Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación forzosa, en su título II...
-
Información y participación ciudadanas
Orden: Administrativo Fecha última revisión: 03/05/2017
Los Art. 69 a Art. 72 de la L-1310002, rotulados como "Información y participación ciudadanas", versan sobre materias tales como el deber de infornación de las entidades locales y de fomento de la participación ciudadana, el carácter de las ses...
-
Motivos y requisitos para la interposición del recurso extraordinario por infracción procesal
Orden: Civil Fecha última revisión: 22/06/2021
Los motivos concretos en los que puede fundamentarse este recurso se contemplan en la lista taxativa o cerrada del artículo 469 de la LEC.¿Cuáles son los motivos para la interposición del recurso extraordinario por infracción procesal?La funci...
-
Escrito solicitando la modificación de la inscripción de un bien de la Entidad Local como patrimonial por la de bien de dominio público, a causa de la aprobación del PGOU
Fecha última revisión: 12/05/2017
AL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE [LUGAR] Dº/Dª [NOMBRE], con DNI [NUMERO] y domicilio, a efectos de notificaciones, en C/[CALLE], nº [NUMERO] de [LUGAR], actuando en mi propio nombre y derecho, EXPONGO:PRIMERO.- Que, según consulta realizada en [...
-
Escrito solicitando la correción de la inscripción de un bien de la Entidad Local como patrimonial, por adscripción a un uso público por más de 25 años.
Fecha última revisión: 12/05/2017
AL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE [LUGAR] Dº/Dª [NOMBRE], con DNI [NUMERO] y domicilio, a efectos de notificaciones, en C/[CALLE], nº [NUMERO] de [LUGAR], actuando en mi propio nombre y derecho, EXPONGO:PRIMERO.- Que, según consulta realizada en [...
-
Escrito solicitando la correción de la inscripción de un bien de la Entidad Local como patrimonial, por adscripción a servicio público por más de 25 años.
Fecha última revisión: 12/05/2017
AL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE [LUGAR] Dº/Dª [NOMBRE], con DNI [NUMERO] y domicilio, a efectos de notificaciones, en C/[CALLE], nº [NUMERO] de [LUGAR], actuando en mi propio nombre y derecho, EXPONGO:PRIMERO.- Que, según consulta realizada en [...
-
Escrito solicitando la modificación de la inscripción de un bien de la Entidad Local como patrimonial por la de bien de dominio público, a causa de aprobación de proyecto de obras
Fecha última revisión: 15/05/2017
AL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE [LUGAR] Dº/Dª [NOMBRE], con DNI [NUMERO] y domicilio, a efectos de notificaciones, en C/[CALLE], nº [NUMERO] de [LUGAR], actuando en mi propio nombre y derecho, EXPONGO:PRIMERO.- Que, según consulta realizada en [...
-
Escrito solicitando la correción de la inscripción de un bien de la Entidad Local como patrimonial, por adscripción a un uso comunal por más de 25 años.
Fecha última revisión: 12/05/2017
AL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE [LUGAR] Dº/Dª [NOMBRE], con DNI [NUMERO] y domicilio, a efectos de notificaciones, en C/[CALLE], nº [NUMERO] de [LUGAR], actuando en mi propio nombre y derecho, EXPONGO:PRIMERO.- Que, según consulta realizada en [...
-
Caso Práctico: Tribunal competente para conocer un recurso contra el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa.
Fecha última revisión: 06/10/2021
-
IRPF DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 -C.VALENCIANA 2015 - DEDUCCIÓN POR DONACIONES PARA EL FOMENTO DE LA LENGUA VALENCIANA
Fecha última revisión: 01/01/2017
-
IRPF DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 -C.VALENCIANA 2016 - DEDUCCIÓN POR DONACIONES PARA EL FOMENTO DE LA LENGUA VALENCIANA
Fecha última revisión: 01/01/2017
-
COMUNIDAD VALENCIANA 2017 - DEDUCCIÓN IRPF POR DONACIONES PARA EL FOMENTO DE LA LENGUA VALENCIANA
Fecha última revisión: 17/04/2018
-
Caso práctico: Competencia contencioso-administrativa en recurso en materia de transporte terrestre.
Fecha última revisión: 07/10/2021
PLANTEAMIENTODado que la legislación de expropiación forzosa no dice nada al respecto, ¿qué juzgado o tribunal es competente para conocer un recurso contra el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación forzosa fijando el justiprecio?RESPUEST...
Materia136297 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - COMUNIDAD VALENCIANA 2015Pregunta¿En qué consiste la deducción autonómica por donaciones para el fomento de la l...
Materia138660 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - COMUNIDAD VALENCIANA 2016Pregunta¿En qué consiste la deducción autonómica por donaciones para el fomento de la l...
Materia139881 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - COMUNIDAD VALENCIANA 2017Pregunta¿En qué consiste la deducción autonómica por donaciones para el fomento de la l...
PLANTEAMIENTOSe promueve cuestión de competencia negativa entre el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Murcia y el de igual clase número 2 de los de Girona para conocer del recurso interpuesto por la entidad «…. S.L." contra l...
-
Resolución de 22 de julio de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Medina de Rioseco a inscribir la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Medina de Rioseco, por la que se ordena la inscripción de determinada finca.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 22/07/2015
-
Resolución de 4 de octubre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de Villajoyosa n.º 2, por la que suspende la inscripción de un acta de ocupación y consignación de finca urbana.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 04/10/2019
-
Resolución de 16 de septiembre de 2014, de laDirección General de los Registros y del Notariado, en elrecurso interpuesto contra la nota de calificación extendidapor el registrador mercantil y de bienes muebles II de Tarragona,por la que se rechaza la inscripción de constituciónde una agrupación de interés económico.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 16/09/2014
-
Resolución de 5 de octubre de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Almagro, contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de Almagro, por la que se suspende la inscripción de una escritura de venta de vivienda perteneciente al referido Ayuntamiento.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 05/10/2011
-
Resolución de 12 de junio de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Sepúlveda, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 12/06/2013