Última revisión
Cuenta 108. Acciones o participaciones propias en situaciones especiales
Relacionados:
Estado: VIGENTE
Orden: contable
Fecha última revisión: 31/05/2021
En esta cuenta se registran las acciones o participaciones propias adquiridas por la empresa.
Adquisición de acciones o participaciones en situación especial
En esta cuenta se registran las acciones o participaciones propias adquiridas por la empresa. Esta cuenta figurará en el patrimonio neto con signo negativo. La diferencia entre el valor nominal y el de adquisición se registrará en la cuenta del subgrupo 11.
Siempre que con anterioridad al otorgamiento de la escritura de constitución se haga una promoción pública de la suscripción de acciones por cualquier medio de publicidad o por la actuación de intermediarios financieros, se aplicarán las normas del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Su movimiento es el siguiente:
- Se cargará por el importe de la adquisición de las acciones o participaciones con abono a cuentas del subgrupo 57.
- Se abonará por la enajenación de las acciones o participaciones con cargo a cuentas del subgrupo 57 o por la reducción de capital con cargo a la cuenta 100 por el importe del nominal de las acciones o participaciones.
CUESTIÓN
Una sociedad debido al excedente en caja decide comprar sus propias acciones por un importe de 5.000 €. ¿Qué apunte contable deberá realizar?
Cuenta y Concepto | Debe | Haber |
108 Acciones o participaciones propias en situaciones especiales | 5.000 € | |
570 Caja | 5.000 € |
A TENER EN CUENTA. Recordemos que se denomina “cargo” a todo aquel apunte contable anotado en el Debe de la cuenta contable y “abono” a todo aquel apunte contable anotado en el Haber de la cuenta contable.