Cuenta 435. Clientes, otras partes vinculadas
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Última revisión
28/06/2021

Cuenta 435. Clientes, otras partes vinculadas

Tiempo de lectura: 3 min

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Estado: VIGENTE

Orden: contable

Fecha última revisión: 28/06/2021


Cuenta 435 "clientes, otras partes vinculadas",  se recogen aquellos créditos con otras personas o entidades vinculadas en su calidad de clientes, incluso aunque se hayan formalizado en efectos de giro o sean créditos cedidos en operaciones de “factoring” en los que la empresa retiene sustancialmente los riesgos y beneficios de los derechos de cobro.

Clientes, otras partes vinculadas

En esta cuenta 435 "clientes, otras partes vinculadas",  se recogen aquellos créditos con otras personas o entidades vinculadas en su calidad de clientes, incluso aunque se hayan formalizado en efectos de giro o sean créditos cedidos en operaciones de “factoring” en los que la empresa retiene sustancialmente los riesgos y beneficios de los derechos de cobro.

Las combinaciones de negocios están reguladas en la Norma de Registro y Valoración 19ª del PGC, donde se regula la forma en que las empresas deben contabilizar las combinaciones de negocios en las que participen, entendidas como aquellas operaciones en las que una empresa adquiere el control de uno o varios negocios.

Las combinaciones de negocios pueden  originarse como consecuencia de fusión o escisión, adquisición de los elementos patrimoniales, adquisición de acciones.

Las operaciones con partes vinculadas ha de suministrarse información en la memoria separada en cada una de sus categorías (entidad dominante, empresas del grupo, asociadas,...). La empresa facilitará información suficiente para comprender las operaciones con partes vinculadas que haya efectuado y los efectos de las mismas. 

Cabe destacar que en el cuadro de cuentas propuesto en el PGC se señala que esta cuenta  habrá de figurar en el Activo Corriente del Balance.

Será cargada:

  • Por las ventas realizadas, con abono a cuentas del Subgrupo 70.
  • Por los envases y embalajes cargados en factura a los clientes con facultad de su devolución por éstos, con abono a la cuenta 437 "envases y embalajes a devolver por clientes".
  • Si fuera el caso, para reflejar el ingreso financiero devengado, con abono, generalmente, a la cuenta 762 "ingresos de créditos".

Será abonada:

  • Por la formalización del crédito en efectos de giro aceptados por el cliente, con cargo a la cuenta 431 "clientes, efectos comerciales a cobrar".
  • Por la cancelación total o parcial de las deudas de los clientes o la cesión en firme de los derechos de cobro a terceros, con cargo, generalmente, a cuentas del Subgrupo 57.
  • Por su clasificación como clientes de dudoso cobro, con cargo a la cuenta 436 "clientes de dudoso cobro".
  • Por la parte que resultara definitivamente incobrable, con cargo a la cuenta 650 "pérdidas de créditos comerciales incobrables".
  • Por los "rappels" que correspondan a clientes, con cargo a la cuenta 709  "rappels sobre ventas".
  • Por los descuentos, no incluidos en factura, que se concedan a los clientes por pronto pago, con cargo a la cuenta 706 "descuento sobre ventas pronto pago".
  • Por las devoluciones de ventas, con cargo a la cuenta 708 "devoluciones de ventas y operaciones similares".
  • Por los envases devueltos por clientes que hubieran sido cargados a éstos en factura y enviados con facultad de devolución, con cargo a la cuenta 437 "envases y embalajes a devolver por clientes".
  • Por la cesión, de los derechos de cobro en operaciones de "factoring" en las que la empresa continua reteniendo sustancialmente los riesgos y beneficios, con cargo a la cuenta 432 "clientes operaciones de factoring".

 

CUESTIÓN

La empresa recibe el cobro de la venta por 500 € efectuada en el mes de Abril  de productos semiterminados a una empresa vinculada. 

Cuenta y ConceptoDebeHaber
572 Bancos500 € 
435 Clientes, otras partes vinculadas 500 €

 

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