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Cuenta 532, subcuenta 5325. Créditos a corto plazo a otras partes vinculadas
Relacionados:
Detalle del contenido de la cuenta:
En esta cuenta se recogen las inversiones a corto plazo en préstamos y otros créditos no comerciales; incluyendo los derivados de enajenaciones de inmovilizado, los originados por operaciones de arrendamiento financiero y las imposiciones a corto plazo, hayan sido o no formalizados por medio de efectos de giro, concedidos a otras partes vinculadas que no encajen en la “ Cuenta 532, subcuenta 5323. Créditos a corto plazo a empresas del grupo ” ni en la “ Cuenta 532, subcuenta 5324. Créditos a corto plazo a empresas asociadas ”, cuyo vencimiento sea a corto plazo. Los diferentes créditos mencionados figurarán en cuentas de cinco cifras.
Esta cuenta contable se valora de acuerdo a la segunda parte del PGC sobre las Normas de Registro y Valoración apartado 9º.
Cabe destacar que esta cuenta habrá de figurar en el Activo Corriente del Balance en el epígrafe de créditos a empresas en inversiones financieras a corto plazo. Ver en Cuadro de Cuentas.
Ver adicionalmente T-62561.
Cuentas relacionadas:
La " T-61154 ".
La " Cuenta 667. Pérdidas de créditos no comerciales ".
La " Cuenta 762. Ingresos de créditos ".
Cargos (1):
Será cargada:
- a1) En el momento de la formalización del crédito, por el importe de éste, con abono a cuentas del Subgrupo 57.
- a2) Por el ingreso financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso del crédito, con abono, generalmente, a la " Cuenta 762. Ingresos de créditos ".
Abonos (1):
Será abonada por el reintegro, total o parcial o baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del Subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la " Cuenta 667. Pérdidas de créditos no comerciales ".
Casos prácticos:
"Caso práctico: Créditos a corto plazo partes vinculadas".
(1) Recordemos que se denomina “cargo” a todo aquel apunte contable anotado en el Debe de la cuenta contable y “abono” a todo aquel apunte contable anotado en el Haber de la cuenta contable.