Cuenta 549. Desembolsos pendientes sobre participaciones en el patrimonio neto a corto plazo
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Última revisión
23/05/2016

Cuenta 549. Desembolsos pendientes sobre participaciones en el patrimonio neto a corto plazo

Tiempo de lectura: 2 min

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Relacionados:

Estado: VIGENTE

Orden: contable

Fecha última revisión: 23/05/2016


Detalle del contenido de la cuenta:

En esta cuenta se recogen los desembolsos pendientes (no exigidos) sobre participaciones en el patrimonio neto de empresas que no tengan la consideración de partes vinculadas, en caso de que se trate de inversiones financieras a corto plazo. Cabe destacar que esta cuenta  habrá de figurar en el Activo Corriente del Balance, minorando la partida en que se contabilicen las correspondientes participaciones. Ver en Cuadro de Cuentas.

Esta cuenta contable se valora de acuerdo a la segunda parte del PGC sobre las Normas de Registro y Valoración apartado 9º.

NOTA: La parte de las inversiones a largo plazo que tenga vencimiento a corto habrá de figurar en el activo corriente del balance, dentro del epígrafe “Inversiones financieras a corto plazo”. Para ello se realizará el traspaso a esta cuenta el importe que represente la inversión a largo plazo con vencimiento a corto plazo de la “ Cuenta 259. Desembolsos pendientes sobre participaciones en el patrimonio neto a largo plazo ”.

Ver adicionalmente T-62561.

Cuentas relacionadas:

La “ Cuenta 259. Desembolsos pendientes sobre participaciones en el patrimonio neto a largo plazo ”.

La “ Cuenta 540. Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio ”.

La " Cuenta 556. Desembolsos exigidos sobre participaciones en el patrimonio neto.

Cargos (1):

Será cargada por los desembolsos que se vayan exigiendo, con abono a la " Cuenta 556. Desembolsos exigidos sobre participaciones en el patrimonio neto " o a la “ Cuenta 540. Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio ” por los saldos pendientes, cuando se enajenen instrumentos de patrimonio no desembolsados totalmente.

 

Abonos (1):

Será abonada en el momento de la adquisición o suscripción de las acciones, por el importe pendiente de desembolsar, con cargo a la “ Cuenta 540. Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio ”.

 

Casos prácticos:

"Caso práctico: Desembolsos pendientes sobre participaciones a corto plazo". 

 

(1)  Recordemos que se denomina “cargo” a todo aquel apunte contable anotado en el Debe de la cuenta contable y “abono” a todo aquel apunte contable anotado en el Haber de la cuenta contable.

 

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