Cuestiones generales sobre la finalización del procedimiento administrativo
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Administrativo
- Fecha última revisión: 02/03/2021
Los artículos 84-86 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, abordan las cuestiones generales acerca de la terminación del procedimiento administrativo, la terminación de los procedimientos sancionadores y la terminación convencional.
¿Cómo puede finalizar el procedimiento administrativo?
El artículo 84 de la LPAC establece las distintas formas por las cuales podrá ponerse fin al procedimiento administrativo:
«1. (...) la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y la declaración de caducidad.
2. También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso».
Asimismo, el artículo 86 de la LPAC establece otra posibilidad de finalización del procedimiento administrativo: la terminación convencional.
A través de la terminación convencional, las Administraciones públicas podrán llegar a acuerdos, pactos, convenios o contratos, con personas tanto de derecho público como privado, siempre que estos no contraríen el ordenamiento jurídico y cuyo objetivo sea «satisfacer el interés público que tienen encomendado (...)» y, con el límite de que no tenga por objeto materias susceptibles de transacción. La terminación convencional del procedimiento administrativo está sometida al principio de legalidad.
Esta forma de finalización del procedimiento es recurrente en el acuerdo indemnizatorio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas (art. 86.5 de la LPAC); o en los procedimientos de expropiación forzosa, mediante el convenio expropiatorio (art. 24 de la Ley de Expropiación Forzosa).
Como contenido mínimo se exige (art. 86.2 de la LPAC) «la identificación de las partes intervinientes, el ámbito personal, funcional y territorial, y el plazo de vigencia, debiendo publicarse o no según su naturaleza y las personas a las que estuvieran destinados». Asimismo, aquellos asuntos cuya competencia corresponda al Consejo de Ministros u órgano equivalente de las CCAA, requerirán de su aprobación expresa.
Sin embargo, «los acuerdos que se suscriban no supondrán alteración de las competencias atribuidas a los órganos administrativos, ni de las responsabilidades que correspondan a las autoridades y funcionarios, relativas al funcionamiento de los servicios públicos».
Respecto a los procedimientos de responsabilidad patrimonial en los que exista acuerdo entre las partes, habrá de fijarse tanto la cuantía como el modo de indemnización, atendiendo a los criterios que establece el artículo 34 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre:
«1. Solo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que este no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. No serán indemnizables los daños que se deriven de hechos o circunstancias que no se hubiesen podido prever o evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia o de la técnica existentes en el momento de producción de aquellos, todo ello sin perjuicio de las prestaciones asistenciales o económicas que las leyes puedan establecer para estos casos.
En los casos de responsabilidad patrimonial a los que se refiere los apartados 4 y 5 del artículo 32, serán indemnizables los daños producidos en el plazo de los cinco años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa.
2. La indemnización se calculará con arreglo a los criterios de valoración establecidos en la legislación fiscal, de expropiación forzosa y demás normas aplicables, ponderándose, en su caso, las valoraciones predominantes en el mercado. En los casos de muerte o lesiones corporales se podrá tomar como referencia la valoración incluida en los baremos de la normativa vigente en materia de Seguros obligatorios y de la Seguridad Social.
3. La cuantía de la indemnización se calculará con referencia al día en que la lesión efectivamente se produjo, sin perjuicio de su actualización a la fecha en que se ponga fin al procedimiento de responsabilidad con arreglo al Índice de Garantía de la Competitividad, fijado por el Instituto Nacional de Estadística, y de los intereses que procedan por demora en el pago de la indemnización fijada, los cuales se exigirán con arreglo a lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, o, en su caso, a las normas presupuestarias de las comunidades autónomas.
4. La indemnización procedente podrá sustituirse por una compensación en especie o ser abonada mediante pagos periódicos, cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo con el interesado».
Por último, tratándose de procedimientos sancionadores, pueden finalizar cuando el infractor reconozca su responsabilidad, de modo que el procedimiento se resolverá con la imposición de la sanción que proceda (art. 85.1 de la LPAC).
Si la referida sanción tiene carácter pecuniario, el pago voluntario por parte del presunto responsable antes de emitir la resolución, implicará la terminación del procedimiento, «salvo en lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción».
El órgano competente para imponer las sanciones de carácter pecuniario podrá aplicar reducciones de, al menos, el 20%, siendo acumulables entre sí. La reducción se indicará en la notificación de iniciación del procedimiento y el pago de la misma conlleva la pérdida del derecho a recurrir la sanción en vía administrativa. El porcentaje del 20% mencionado podrá incrementarse reglamentariamente.
No hay versiones para este comentario
- Generalidades
- Procedimiento Administrativo
- Revisión de actos en vía administrativa
- Revisión judicial del acto administrativo: Derecho Procesal Contencioso-Administrativo
- Contratos del Sector Público
- Bienes de las administraciones públicas
- Expropiación forzosa
- Ordenación del territorio, Urbanismo y Vivienda
- Derecho ambiental
- Derecho local
- Derecho de extranjería
- Tráfico, seguridad vial y transportes
- Protección de datos
- Protección de datos para abogados y procuradores
- Protección de datos para comunidades de propietarios
- Protección de datos en redes sociales
- Constitución Española
- Estudio de la responsabilidad de las Administraciones Públicas
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 236 Fecha de Publicación: 02/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/10/2016 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 236 Fecha de Publicación: 02/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/10/2016 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 351 Fecha de Publicación: 17/12/1954 Fecha de entrada en vigor: 17/04/1955 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Ley 47/2003 de 26 de Nov (General presupuestaria) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 284 Fecha de Publicación: 27/11/2003 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2005 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
-
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 96/2021, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 6, Rec 251/2019, 24-02-2021
Orden: Administrativo Fecha: 24/02/2021 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Sofía Delgado Velasco, María Teresa Num. Sentencia: 96/2021 Num. Recurso: 251/2019
-
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 66/2021, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 6, Rec 252/2019, 11-02-2021
Orden: Administrativo Fecha: 11/02/2021 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Sofía Delgado Velasco, María Teresa Num. Sentencia: 66/2021 Num. Recurso: 252/2019
-
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 65/2021, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 6, Rec 462/2019, 11-02-2021
Orden: Administrativo Fecha: 11/02/2021 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Sofía Delgado Velasco, María Teresa Num. Sentencia: 65/2021 Num. Recurso: 462/2019
-
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 89/2021, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 6, Rec 331/2019, 22-02-2021
Orden: Administrativo Fecha: 22/02/2021 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Sofía Delgado Velasco, María Teresa Num. Sentencia: 89/2021 Num. Recurso: 331/2019
-
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 95/2021, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 6, Rec 431/2019, 24-02-2021
Orden: Administrativo Fecha: 24/02/2021 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Sofía Delgado Velasco, María Teresa Num. Sentencia: 95/2021 Num. Recurso: 431/2019
-
La indemnización por la responsabilidad patrimonial de la Administración
Orden: Administrativo Fecha última revisión: 28/12/2020
El artículo 34 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre regula la indemnización derivada de la responsabilidad patrimonial de la Administración y establece, entre otras precisiones, que debe calcularse con arreglo a los criterios de valoración estable...
-
Responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas
Orden: Administrativo Fecha última revisión: 28/12/2020
La Constitución Española recoge en su artículo 106, apartado 2, que: «Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en l...
-
La resolución del procedimiento administrativo
Orden: Administrativo Fecha última revisión: 02/03/2021
La resolución, forma común de terminación del procedimiento administrativo, se encuentra regulada en los arts. 87-92 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Regulan, respectivamente, las actuaciones complementarias anteriores; el contenido de la res...
-
Materias excluidas del ámbito de la responsabilidad patrimonial de las AAPP
Orden: Administrativo Fecha última revisión: 30/03/2021
Quedarían excluidas las siguientes materias:1. Responsabilidad contractual.2. La expropiación forzosa.3. La adopción de medidas cautelares en el seno del proceso contencioso administrativo.4. Responsabilidad por actos terroristas.5. Responsabilid...
-
Diferencias entre responsabilidad contractual y extracontractual de las AAPP
Orden: Administrativo Fecha última revisión: 30/03/2021
La diferencia entre ambas se marca en la existencia de un contrato que obliga a las partes o que la responsabilidad pueda derivar de un mal funcionamiento de la Administración. Regulación de la responsabilidad de las AAPPReiterando lo expuesto ...
-
Formulario de demanda de responsabilidad patrimonial de la Administración por funcionamiento de servicios sanitarios
Fecha última revisión: 21/04/2021
AL JUZGADO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA DE [LUGAR]/A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE [COMUNIDAD AUTÓNOMA]D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador de los Tribunales de [LUGAR], con n.º de colegiad...
-
Escrito de solicitud de tramitación simplificada de procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración
Fecha última revisión: 30/11/2020
N.º EXPEDIENTE [EXPEDIENTE] DE [ESPECIFICAR]AL [ÓRGANO_ADMINISTRATIVO] D./D.ª [NOMBRE_APELLIDOS], con DNI número [DNI], cuyos demás datos de identidad ya obran en el expediente de la referencia, comparezco y, como mejor proceda en Derecho,DIG...
-
Formulario de demanda en procedimiento abreviado de reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración
Fecha última revisión: 11/02/2022
AL [ÓRGANO]D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador de los tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], representación que consta acreditada en virtud del poder que acompaño (documento n.º 1) y cuya devolución, pr...
-
Escrito de reclamación administrativa previa a la reclamación por daños y perjuicios producidos por obras públicas
Fecha última revisión: 27/11/2020
Don / Doña [NOMBRE] con DNI [DNI], mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en mi propio nombre y derecho, ante esta Administración comparezco y como mejor proceda en Derecho:EXPONGOQue la presentación d...
-
Escrito de reclamación administrativa previa por negligencia médica
Fecha última revisión: 21/04/2021
A [ESPECIFICAR] (1) Yo, D./D.ª [NOMBRE_APELLIDOS], mayor de edad, con DNI [NUMERO], y domicilio a efectos de notificaciones en la C/[CALLE], n.º [NUMERO], de [LOCALIDAD],EXPONGO En virtud de lo previsto en el artículo 32 y siguientes Ley 40/2...
-
Caso Práctico: Beneficiario de la expropiación forzosa
Fecha última revisión: 06/10/2021
-
Caso práctico: Cálculo de intereses en indemnización por daños y perjuicios tras accidente
Fecha última revisión: 10/05/2021
-
Caso práctico: Jurisdicción ante la que plantear una reclamación por negligencia médica
Fecha última revisión: 06/06/2019
-
Caso práctico: actuación conforme a la lex artis por la Administración sanitaria
Fecha última revisión: 05/10/2021
-
Caso práctico: Proceso de cuantificación de indemnización en ejecución de sentencia
Fecha última revisión: 13/06/2018
PLANTEAMIENTOAnalizando la legislación de expropiación forzosa, X se pregunta si es lo mismo el «expropiante» que el «beneficiario» a esos efectos.RESPUESTASEl Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa en su artículo 3 realiza las sig...
PLANTEAMIENTOEn una sentencia del juzgado de lo social condenan a la empresa al pago de una cantidad de dinero por daños y perjuicios como consecuencia de un accidente de trabajo con resultado de muerte ocurrido en enero de 2017.El cálculo de los ...
PLANTEAMIENTOUn paciente sufre una lesión severa como consecuencia de la actuación de un médico que presta sus servicios en una clínica privada, ¿ante qué jurisdicción tengo que presentar una posible reclamación?¿Sería igual si se tratas...
PLANTEAMIENTO "L" es sometido a intervención quirúrgica. La Administración sanitaria que la realiza lleva a cabo dicho acto de forma correcta y adecuada. Sin embargo, y como consecuencia de que durante la misma se utiliza un producto sanitario de...
Pregunta: ¿Puede dejarse la determinación de la cuantía de LA INDEMNIZACIÓN que pudiera corresponder al actor para la ejecución de sentencia?En ese caso no habiéndose determinado ésta previamente, ¿debo entender que la fijación de la cuant...
-
Resolución Vinculante de DGT, V1750-08, 30-09-2008
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 30/09/2008 Núm. Resolución: V1750-08
-
Resolución Vinculante de DGT, V1772-12, 12-09-2012
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 12/09/2012 Núm. Resolución: V1772-12
-
Resolución Vinculante de DGT, V1015-21, 20-04-2021
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 20/04/2021 Núm. Resolución: V1015-21
-
Resolución Vinculante de DGT, V1263-19, 04-06-2019
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 04/06/2019 Núm. Resolución: V1263-19
-
Resolución Vinculante de DGT, V1372-08, 02-07-2008
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 02/07/2008 Núm. Resolución: V1372-08