Tributación autonómica de Andalucía
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Tributación autonómica de Andalucía

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 24/01/2023

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La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene atribuida la facultad de establecer y exigir tributos con el alcance y condiciones establecidos en las leyes reguladoras de la cesión de tributos del Estado a las comunidades autónomas de régimen común. Asimismo, es preciso tener en cuenta que existen determinados tributos autonómicos propios.

Tributación autonómica de Andalucía

En virtud de lo determinado en el artículo 178 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, se cede a la Comunidad Autónoma de Andalucía el rendimiento de los siguientes tributos:

Rendimientos cedidos

% cesión

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

50 %

Impuesto sobre el Patrimonio (IP)

100 %

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

100 %

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD)

100 %

Tributos sobre el Juego

100 %

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

50 %

Impuesto Especial sobre la Cerveza

58 %

Impuesto Especial sobre el Vino y Bebidas Fermentadas

58 %

Impuesto Especial sobre Productos Intermedios

58 %

Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas

58 %

Impuesto Especial sobre Hidrocarburos

58 %

Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco

58 %

Impuesto Especial sobre la Electricidad

100 %

Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte

100 %

Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos

100 %

Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos

100 %

A TENER EN CUENTA. Este artículo 178 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, fue modificado por la Ley 32/2022, de 27 de diciembre, con efectos desde el 1 de enero de 2023, a fin de incluir en el precepto que se cede a esta comunidad autónoma el rendimiento del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.

 

Los principales tributos sobre los que tiene competencias normativas esta comunidad autónoma y los temas que pueden consultarse a este respecto serían los siguientes:

 

Asimismo, es preciso tener en cuenta que existen determinados tributos autonómicos propios, entre los que se encuentran los siguientes:

Tributos autonómicos propios
Impuesto sobre tierras infrautilizadas, regulado en la Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria.
Impuesto sobre emisión de gases a la atmósfera, regulado en la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.
Impuesto sobre vertidos a las aguas litorales, regulado en la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.
Canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés en de la Comunidad Autónoma, regulado en la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía.
Impuesto sobre las bolsas de plástico de un solo uso, regulado en la Ley 11/2010, de 3 de diciembre, de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad.


A TENER EN CUENTA. La disposición adicional 23.ª de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, dejó sin efecto, desde el 1 de enero de 2023, mientras exista un tributo estatal que grave el mismo hecho imponible, los artículos 65 a 77 y el anexo II de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, que regulan el impuesto sobre depósito de residuos peligrosos. A su vez, y con carácter previo, las disposiciones adicionales 15.ª y 16.ª de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, dejaron los siguientes tributos sin efecto desde el 1 de enero de 2013, mientras exista un tributo estatal que grave el mismo hecho imponible:

  • El Impuesto sobre depósito de residuos radiactivos, regulado en la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.
  • El Impuesto sobre los depósitos de clientes en las entidades de crédito, regulado en la Ley 11/2010, de 3 de diciembre, de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad. 

 

 

 

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