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Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad en el Impuesto sobre Sociedades
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Para aquellos contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (IS) obligados a presentar la declaración del Impuesto, existen determinadas ventajas e incentivos fiscales por la realización de determinadas actividades que permiten reducir la carga tributaria.
Deducción por creación de empleo para trabajadores con dispacacidad
Será deducible de la cuota íntegra la cantidad de:
- 9.000€ por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 33% e inferior al 65%, contratados por el contribuyente, experimentado durante el período impositivo, respecto a la plantilla media de trabajadores de la misma naturaleza del período inmediato anterior.
- 12.000€ por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 65%, contratados por el contribuyente, experimentado durante el período impositivo, respecto a la plantilla media de trabajadores de la misma naturaleza del período inmediato anterior.
⇒ Los trabajadores contratados que dieran derecho a la deducción prevista en el artículo no se computarán a efectos de la libertad de amortización con creación de empleo regulada en el Art. 102, Ley 27/2014, de 27 de noviembre.
***
** EJEMPLO ** La Sociedad "A" tuvo a finales del 2015 (período impositivo coincide con el año natural) una plantilla media de trabajadores con discapacidad (grado: 33% - 64%) de 5 personas. (Al final del ejercicio 2015 tenía 5 trabajadores con discapacidad):
En el 2016, la sociedad "A" ha contratado los siguientes trabajadores con discapacidad:
- 01/07/2016 tres personas con un grado de discapacidad del 35%
- 01/10/2016 una persona con grado de discapacidad del 68%
CÁLCULOS de la plantilla media:
2016: 5 +(6/12 x 3) = 6,5
(3/12 x 1) = 0,25
2015 | 2016 | Incremento | |
Plantilla media discapacidad (33% ≥ grado discapacidad < 65%) | 5 | 6,5 | 1,5 |
Plantilla media discapacidad (grado discapacidad ≥ 65%) | - | 0,25 | 0,25 |
CÁLCULO de la deducción:
9000€ x 1,5 = 13.500€
12.000€ x 0,25 = 3.000€
⇒ Deducción Total: 16.500€
VER: Resolución Vinculante de la DGT, V1044-19 de 13 de mayo de 2019