Incentivos a la contratación laboral año 2023

TIEMPO DE LECTURA:

  • Estado: Redacción actual VIGENTE
  • Orden: Laboral
  • Fecha última revisión: 11/01/2023

Se relacionan las bonificaciones y reducciones de las cuotas a la Seguridad Social como medidas de fomento a la contratación.

NOVEDAD

- Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero. Medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral focalizándose en los contratos indefinidos celebrados con personas de atención prioritaria, así como en la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos.

La entrada en vigor de los nuevos incentivos se retrasa hasta el 1 de septiembre de 2023.

A los incentivos derivados de contratos iniciales o de la transformación de contratos temporales, suscritos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley, así como a otras bonificaciones en la cotización y a los procedimientos de otras medidas iniciados con anterioridad a esa fecha, les será de aplicación la normativa vigente en el momento de su celebración.

Bonificación y reducción de las cuotas a la Seguridad Social como medidas de fomento a la contratación

La rebaja de las cotizaciones empresariales o la concesión de subvenciones ligadas a la contratación de determinados colectivos con problemas de empleo son consideradas medidas de fomento de empleo al abaratar los costes laborales no salariales e incentivar la creación de empleo. Tales medidas son instrumentos de apoyo económico al empleo, facilitadas por el Estado, las Comunidades Autónomas u otros entes públicos, que conviven con otras posibles ayudas económicas al empleo como pueden ser las subvenciones, el reconocimiento de ventajas fiscales, la capitalización de prestaciones, etc.

Hasta el 31/08/2023

Actualmente podemos englobar las bonificaciones y reducciones a la Seguridad Social en los siguientes grupos:

1. Bonificación para la transformación de contratos temporales en indefinidos

2. Bonificación a la contratación indefinida

3. Bonificación a la contratación de duración determinada

4. Bonificación de contratos formativos

5. Personas con discapacidad

Completando lo anterior, existen bonificaciones y reducciones para las personas trabajadoras incluidas en el RETA:

Desde el 01/09/2023

El BOE del 11 de enero de 2023 ha publicado el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas. Este real decreto-ley tiene por objeto regular los incentivos destinados a promover la contratación laboral, así como otros programas o medidas de impulso y mantenimiento del empleo estable y de calidad financiados mediante bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, o desarrollados mediante otros instrumentos de apoyo al empleo.

Pueden consultar el cuadro con los nuevos incentivos a la contratación (vigentes desde el 1 de septiembre de 2023) aquí.

CUESTIÓN

¿Cuál es la diferencia entre bonificación y reducción?

Ambos conceptos son deducciones en la cuota que resultan de la aplicación de determinados porcentajes a la misma y que tienen como finalidad la reducción de los costes de Seguridad Social de las empresas y la potenciación del acceso de determinados colectivos al mercado laboral.

En la práctica, es decir, a la hora de aplicar una reducción o bonificación de cuotas por parte del beneficiario, la diferencia entre ambos conceptos no existe. Encontrando la diferencia tan sólo en el organismo al que hemos de hacer el pago bonificado:

ReducciónSeguridad SocialLas cantidades dejadas de abonar van a cargo de la TGSS.
BonificaciónServicio Público de EmpleoLas cantidades dejadas de abonar van a cargo del SEPE.

En otros supuestos, por el contrario, la normativa laboral pretende terminar con ciertos comportamientos en la contratación, como ocurre con las cotizaciones en concepto de desempleo de contratos temporales o bien cuando se trata de la cotización adicional en contratos de duración determinada (art. 151 de la LGSS). Igualmente se penaliza a las horas extras con una cotización adicional para disuadir al empresario de la utilización de esta práctica (art. 24 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre).

Entre la posibilidad de aplicar reducciones o bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta, o cualquier otro beneficio en las bases, tipos y cuotas de la Seguridad Social, se encuentran dos obligaciones:

Que la empresa se encuentre al corriente en el pago de cuotas a la Seguridad Social en la fecha de su concesión.

Haberse incorporado de forma efectiva al Sistema RED.

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Bonificaciones
Contrato de trabajo de duración determinada
Cuotas de cotización
Trabajador autónomo
Incentivos a la contratación laboral
Víctima de violencia de género
Contrato indefinido
Discapacidad
Bonificaciones a la contratación
Subsidio por desempleo
Régimen especial de trabajadores autónomos
Víctimas del terrorismo
Concesión de subvención
Entes públicos
Costes laborales
Desempleo
Prestación por desempleo
Bonificaciones y reducciones a la contratación
Trabajador discapacitado
Centros especiales de empleo
Enclave laboral
Cotización a la Seguridad Social
Pago único prestación desempleo
Autónomo Colaborador
Pago único de la prestación por cese de actividad
Cotizaciones adicionales
Contratación laboral
Deducciones en la cuota
Horas extraordinarias
Sistema RED

RDLeg. 8/2015 de 30 de Oct (TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-) VIGENTE

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 261 Fecha de Publicación: 31/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/01/2016 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social

Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. VIGENTE

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 166 Fecha de Publicación: 12/07/2007 Fecha de entrada en vigor: 12/10/2007 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado

RD-Ley 1/2023 de 10 de Ene (Incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas) VACATIO LEGIS

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 9 Fecha de Publicación: 11/01/2023 Fecha de entrada en vigor: 01/09/2023 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado

Real Decreto 2064/1995 de 22 de Dic (Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social) VIGENTE

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 22 Fecha de Publicación: 25/01/1996 Fecha de entrada en vigor: 26/01/1996 Órgano Emisor: Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social

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