Novedades IVA 2024
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Última revisión
31/01/2024

Novedades IVA 2024

Tiempo de lectura: 6 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 31/01/2024


En este tema podrá consultar las novedades más destacadas que se han producido en el ámbito del IVA a lo largo de 2024, junto con una breve explicación de su alcance y con la remisión a la información correspondiente a cada una de ellas. 

 

NOVEDADES IVA 2024


El RD 117/2024, de 30 de enero, regula el procedimiento para el intercambio de información sobre operadores digitales y modifica distintos reglamentos tributarios (entre ellos, el RIVA)

En el BOE del 31/01/2024 se publica el Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, que desarrolla las normas y los procedimientos de diligencia debida en el ámbito del intercambio automático obligatorio de información comunicada por los operadores de plataformas y regula nuevas obligaciones de registro e información en ese ámbito. Asimismo, introduce modificaciones en distintos reglamentos tributarios (RGAT, RIVA, RIRPF, RIS, RIIEE, reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, Reglamento General de Recaudación). 

Concretamente, conviene destacar que, en el ámbito del RIVA, la norma implanta la nueva figura de la autoliquidación rectificativa (nuevo artículo 74 bis).

El RD entrará en vigor, con carácter general, el 01/02/2024; aunque establece ciertas particularidades para la aplicación o entrada en vigor de algunas de sus previsiones. En lo que aquí interesa, la DF tercera, que es la que modifica el RIVAentrará en vigor cuando lo haga la orden ministerial que apruebe los correspondientes modelos de declaración.

Publicado el nuevo modelo 379 de declaración informativa sobre pagos transfronterizos

La Orden HFP/1415/2023, de 28 de diciembre, aprueba el nuevo modelo 379, de «Declaración informativa sobre pagos transfronterizos», que tendrán que presentar los proveedores de servicios de pagos a que se refiere el artículo 166.quater de la LIVA. La orden entrará en vigor el 01/01/2024 y será aplicable, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al primer trimestre del ejercicio 2024.

El RD 1171/2023, de 27 de diciembre, modifica los reglamentos de IVA, IIEE y procedimientos amistosos en materia de imposición directa

Se publica en el BOE del 28/12/2023 el Real Decreto 1171/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifican el RIVA, el Reglamento de los Impuestos Especiales y el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa. 

Por lo que se refiere al IVA, se incorpora, por una parte, el desarrollo reglamentario de las modificaciones introducidas en la LIVA por la Ley 11/2023, de 8 de mayo, que fundamentalmente atañen a las obligaciones de registro y suministro de información de los proveedores de servicios de pagos transfronterizos. Por ejemplo, se fija un límite mínimo de pagos recibidos por un mismo beneficiario en un trimestre natural (25 pagos transfronterizos), lo que determina la obligación de mantenimiento de registros y, en su caso, su suministro a la Administración tributaria. 

Asimismo, se adapta el RIVA a las modificaciones introducidas por la LPGE para 2023 (por ejemplo, se desarrollan las modificaciones introducidas en materia aduanera, en relación con la modificación de la base imponible en caso de créditos incobrables como consecuencia de un proceso de insolvencia declarada por un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro, con respecto a la exclusión de la aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo a los servicios de mediación inmobiliaria efectuados por personas o entidades no establecidos, en el ámbito del procedimiento de devolución del IVA soportado en España por empresarios y profesionales no establecidos en la Comunidad del artículo 119 bis de la LIVA y se actualizan determinados preceptos del RIVA cuya redacción había quedado obsoleta o referenciaba normativa no vigente —como los arts. 28, 30 bis, 80 u 82—).

La norma entró en vigor el 01/01/2024. Sin embargo, y por lo que interesa al IVA, el apartado siete del artículo primero [que añade los números 4.º y 5.º al artículo 31 bis.1.d) del RIVA] el 01/07/2024.

El RD-ley 8/2023, de 27 de diciembre, introduce novedades en IRPF, IP, ITSGF, IS, IVA y otros impuestos

El RD-ley 8/2023, de 27 de diciembre, publicado en el BOE del 28/12/2023, introduce múltiples medidas fiscales y en materia de financiación local.

Básicamente. por lo que al IVA se refiere, se prorrogan los límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en el ejercicio 2024 (con efectos desde 01/01/2024); así como el tipo de IVA del 0 % y el 5 % aplicable temporalmente a ciertos alimentos básicos (hasta 30/06/2024). Se fija en el 10 % el tipo de IVA aplicable a determinados productos energéticos que antes lo tenían temporalmente establecido en el 5 % (hasta 31/12/2024 para suministros de energía eléctrica, 31/03/2024 gas natural y 30/06/2024 briquetas, pellets y madera para leña). Asimismo, se establecen nuevos plazos de renuncias y revocaciones a los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del IVA para 2024.

Con carácter general, la norma entró en vigor el 29/12/2023, aunque previendo particularidades para la entrada en vigor o efectos de algunas de sus medidas (las básicas en este ámbito ya se han mencionado).

Cambios en el modelo 390 (entre otros)

La Orden HFP/1397/2023, de 26 de diciembre, introduce una serie de modificaciones de carácter técnico entre otros modelos, en el 390, de declaración-resumen anual del IVA.

Con carácter general, la orden entró en vigor el 01/01/2024 y se aplicará por primera vez a las declaraciones informativas modelo 390 y 345, correspondiente al ejercicio 2023. No obstante, los artículos primero, segundo y cuarto de la orden entrarán en vigor el 1/02/2024 y se aplicarán por primera vez a los modelos 030, 036 y 037 que se presenten a partir de dicha fecha, así como a las domiciliaciones de autoliquidaciones presentadas a partir de dicha fecha.

Publicada la Orden de módulos para 2024

Se publica en el BOE del 21 de diciembre de 2023 la Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del IRPF el régimen especial simplificado del IVA (Orden de módulos para 2024). Entrará en vigor el 22 de diciembre de 2023, con efectos para el año 2024.

Esta orden mantiene la estructura de la Orden de módulos para 2023 y los módulos e instrucciones de aplicación tanto para el método de estimación objetiva del IRPF como para el régimen especial simplificado del IVA.


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