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Organización y funcionamiento de los órganos municipales necesarios
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Los Art. 122 a Art. 132 de la Ley 7/1985 de 2 de Abr (Reguladora de las Bases del Régimen Local) se ocupan de la "Organización y funcionamiento de los órganos municipales necesarios" de los municipios de gran población del Título X de la LBRL.
El Capítulo II del Título X de la Ley 7/1985 de 2 de Abr (Reguladora de las Bases del Régimen Local), rubricado como "Régimen de organización de los municipios de gran población" se ocupa, como su propio nombre indica, de la "Organización y funcionamiento de los órganos municipales necesarios". Así, en los Art. 122 a Art. 132 se recogen los siguientes:
- El Pleno en los municipios de Gran Población
- El Alcalde en los Municipios de Gran Población
- Junta de gobierno local en los Muncipios de Gran Población
- Los Distritos de los Municipios de Gran Población
- La asesoría jurídica en los municipios de gran población
- Órganos superiores y directivos
- Consejo social de la ciudad
- Comisión especial de sugerencias y reclamaciones