Posibles incidencias en el contrato de relevo
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Laboral
- Fecha última revisión: 10/07/2020
Retraso en el cumplimiento de la obligación de sustituir al trabajador relevista. Responsabilidad empresarial sobre una pensión por jubilación parcial
La D.A 2ª Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, establece un deber del empresario de sustitución del trabajador relevista que hubiera cesado en el trabajo por otro trabajador que se encuentre en situación de desempleo o en situación de trabajador temporal de la misma empresa. El apartado 3 detalla el alcance del deber anterior mediante especificaciones por un lado de la modalidad contractual de la nueva contratación, que ha de ser también un contrato de relevo, y por otro lado del plazo para llevarla a cabo, que no puede exceder de quince días. En fin, el apartado 4 determina la consecuencia desfavorable del "incumplimiento" de las "obligaciones establecidas" a cargo del empresario en los apartados anteriores, que es el abono a la entidad gestora del importe de la pensión por un período de tiempo delimitado por dos fechas precisas: la del "momento de la extinción del contrato" y la del acceso a la "jubilación ordinaria o anticipada" por cese en el empleo a tiempo parcial del jubilado parcial.
Ver:
Obligaciones de la empresa en el supuesto de sustitución del trabajador relevista.
Fallecimiento del trabajador relevado
La STS, de 25/02/2010, Rec. 1744/2009, atendiendo al criterio finalista de la norma, mantuvo la validez y subsistencia del contrato de relevo en un caso de fallecimiento del trabajador relevado, sobre la base de que “en su origen el contrato de relevo surge de una novación del contrato de trabajo del relevado que convierte su relación de trabajo en empleo a tiempo parcial. Pero esta conexión originaria no determina una dependencia funcional del contrato de relevo respecto de la situación de jubilación-empleo parcial. Prueba de que esta conexión es meramente externa, de coordinación y no de subordinación de un contrato a otro, es que el contrato de relevo suscrito por el relevista puede ser desde el principio un contrato de trabajo por tiempo indefinido, de conformidad con lo establecido en el apdo. 7 b) art. Estatuto de los Trabajadores”.
Consecuencias de la excedencia voluntaria del relevista (Contrato de relevo)El trabajador relevista que pasa a excedencia voluntaria debe ser sustituido por el empresario en el tiempo de quince días previsto en la la DA2 Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre .
En los supuestos de excedencia voluntaria del relevista, la Sala IV del Tribunal Supremo, en sentencias de 8-07-2009 (R. 3147/2008) y 9-07-2009 (R. 3032/2008) ha establecido lo siguiente:
“El término “cese” referido al trabajo no es necesariamente equivalente a los supuestos de extinción de la relación laboral del art. 49Estatuto de los Trabajadores. Puede hablarse también, en sentido amplio, de cese cuando el trabajador, por su propia voluntad, deja de prestar servicios por un tiempo más o menos prolongado, produciendo con su decisión voluntaria…una plaza vacante en el organigrama de la empresa. En el contexto de la DA 2 Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre debe acogerse una interpretación amplia del término “cese”, que incluya los supuestos de cese temporal por excedencia voluntaria que constituyan un incumplimiento total o de larga duración del deber empresarial de contratación de un trabajador relevista".
El propósito de mantenimiento del empleo vacante no se podría alcanzar de consentirse la excedencia voluntaria del trabajador relevista, de ahí que el relevista que pasa a excedente voluntario deba ser sustituido por el empresario en el tiempo de quince días previsto en la citada disposición adicional.” STS, Sala de lo Social, de 08/07/2009, Rec. 3147/2008 y STS, Sala de lo Social, de 09/07/2009, Rec. 3032/2008
La STS, Sala de lo Social, de 04/10/2010, Rec. 4508/2009 analiza el caso del supuesto de una excedencia por cuidado de hijo del trabajador relevista, mantuvo el mismo criterio que para las situaciones de excedencia voluntaria de los relevistas, matizando que “la obligación empresarial de mantener el volumen de empleo en la empresa mediante este mecanismo del contrato de relevo existe tanto en un caso como en otro, es decir, hasta que el jubilado parcial relevado alcance la edad ordinaria de jubilación o anticipada. En el caso de un segundo relevista sustituto, el contrato de relevo podrá tener, en efecto, un carácter de interinidad derivado de que su duración dependerá del reingreso en la empresa del primer relevista sustituido, siempre que se produzca antes de alcanzar la edad de jubilación ordinaria, pues también se especificará en el segundo contrato el nombre del sustituido y la causa de sustitución; pero este carácter de interinidad se superpone – no se contrapone- a la naturaleza del contrato a tiempo parcial en la modalidad de relevo. En otras palabras, la interinidad modula la duración del segundo contrato del relevista sustituto, pero no desvirtúa la naturaleza del contrato de relevo en cuanto a su objeto y finalidad.”
La TTSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, nº 3342/2009, de 12/11/2009, Rec. 356/2009, por su parte, continúa excluyendo de esta obligación los casos de suspensión, en concreto la excedencia por cuidado de hijos, y señala que la modalidad adecuada es el contrato de interinidad. En el comentario la autora se pregunta si la sentencia de suplicación contraría la doctrina unificadora.
Reducción de jornada por cuidado de hijo en virtud del apdo. 5, art. 37Estatuto de los Trabajadores por parte del trabajador relevista.
Este supuesto no se encuentra regulado en la DA2 Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, la STS, Sala de lo Social, de 23/06/2011, Rec. 3884/2010, ha declarado la ausencia de responsabilidad por parte de la empresa en el supuesto de que el trabajador relevista solicite una reducción de jornada por cuidado de hijo “al permanecer idéntico en su naturaleza (el contrato de relevo) y no traducirse la modificación de una de sus condiciones en el nacimiento de una vacante...”
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Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 255 Fecha de Publicación: 24/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 13/11/2015 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 13ª. Aplicación paulatina del artículo 48 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- D.T. 12ª. Salarios de tramitación.
Real Decreto 1131/2002 de 31 de Oct (regula la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial, asi como la jubilacion parcial) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 284 Fecha de Publicación: 27/11/2002 Fecha de entrada en vigor: 28/11/2002 Órgano Emisor: Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales
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Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 299/2011, 28-11-2011
Orden: Social Fecha: 28/11/2011 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Segoviano Astaburuaga, Maria Luisa Num. Recurso: 299/2011
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Sentencia Social Nº 5370/2016, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3589/2016, 26-09-2016
Orden: Social Fecha: 26/09/2016 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Enfedaque I Marco, Andreu Num. Sentencia: 5370/2016 Num. Recurso: 3589/2016
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Sentencia Social Nº 4118/2016, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1585/2016, 27-06-2016
Orden: Social Fecha: 27/06/2016 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Castell Valldosera, Lidia Num. Sentencia: 4118/2016 Num. Recurso: 1585/2016
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Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4508/2009, 04-10-2010
Orden: Social Fecha: 04/10/2010 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Souto Prieto, Jesus Num. Recurso: 4508/2009
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Sentencia Social Nº 505/2010, TSJ Aragon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 475/2010, 05-07-2010
Orden: Social Fecha: 05/07/2010 Tribunal: Tsj Aragon Ponente: Medina Alapont, Rafael Maria Num. Sentencia: 505/2010 Num. Recurso: 475/2010
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Obligaciones en la sustitución del trabajador relevista
Orden: Laboral Fecha última revisión: 18/09/2020
La D.A 2ª Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, establece un deber del empresario de sustitución del trabajador relevista que hubiera cesado en el trabajo por otro trabajador que se encuentre en situación de desempleo o en situación de traba...
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Duración y formalización del contrato de relevo
Orden: Laboral Fecha última revisión: 18/09/2020
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Contrato de relevo
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Este tipo de contrato se celebrará con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada, para sustituir al trabajador de la empresa que accede a la jubilación parcial. Se celebra...
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Extinción e indemnización del contrato de relevo
Orden: Laboral Fecha última revisión: 09/02/2021
A la finalización del contrato de relevo corresponden doce días de salario por cada año de servicio. El contrato se extinguirá al cumplir el trabajador sustituido la edad para jubilarse.Si durante la vigencia del contrato de relevo se produjer...
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Jornada laboral del contrato de relevo
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El jubilado parcial puede acumular su jornada interanual para dejar de trabajar antes.. El Tribunal Supremo ha validado en dos sentencias la práctica empresarial por la que la jornada reducida de un jubilado parcial se concentra en un periodo de...
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Demanda contra despido de trabajador con contrato de relevo.
Fecha última revisión: 31/05/2016
AL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO [NUM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD]D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A] , con D.N.I. nº [DNI_TRABAJADOR] , mayor de edad, y con domicilio en [DOMICILIO_TRABAJADOR], ante ese JUZGADO DE LO SOCIAL comparece y, como mejor proceda en D...
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Carta de preaviso por finalización de contrato de relevo (trabajador relevado que continúa prestando servicios).
Fecha última revisión: 16/06/2017
En [PROVINCIA], a [DIA] de [MES] de [ANIO]. (1)[DATOS_EMPRESA]D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A]Muy señor/a nuestro/a:Por medio de la presente, le comunicamos, en plazo y efectos oportunos, que el próximo día [DIA] de [MES] de [ANIO] finaliza el cont...
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Comunicación a la empresa de la intención de jubilarse parcialmente con necesidad de realizar un contrato de relevo
Fecha última revisión: 07/09/2021
En [LOCALIDAD] a [DIA] de [MES] de [ANIO].D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].A la Att. del Departamento de Recursos Humanos de [NOMBRE_EMPRESA].Muy Srs./Sras. Míos/as:El próximo día [FECHA] del presente mes, cumpliré [NUMERO] años, fecha en q...
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Formulario de papeleta de conciliación ante el SMAC contra despido de trabajador con contrato de relevo
Fecha última revisión: 11/05/2018
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Caso práctico: Contrato de relevo. Dudas sobre la categoría/grupo profesional del trabajador relevista
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Caso práctico: Retribución trabajador relevista
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Resolución de TEAF Bizkaia, 5550, 16-03-2007
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 16/03/2007
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Resolución de TEAF Bizkaia, 5554, 14-06-2007
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 14/06/2007
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Resolución de TEAF Bizkaia, 13546, 27-03-2015
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 27/03/2015