Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION (52000425011982) de Melilla
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Convenio Colectivo de Sec...de Melilla

Última revisión
17/01/2007

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION (52000425011982) de Melilla

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 17 de Octubre de 2006 en adelante

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Acuerdo de declaracion de dias inhabiles por terminacion del Ramadan del Convenio Colectivo de la Construccion de la Ciudad Autonoma de Melilla (Codigo de Convenio nº 5200425) (Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla num. 4346 de 10/11/2006)

Preambulo

Visto el Acta de la Comisión Negociadora sobre acuerdo de declaración de días inhábiles por terminación del Ramadán del CONVENIO COLECTIVO DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, suscrito por La parte Empresarial y por la Representación de los trabajadores.

Primero

Que dicho Acuerdo, fue presentado en el Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales de esta Delegación del Gobierno en Melilla, el día 19 de octubre de 2006.

Segundo

Que en el mismo no se aprecia ninguna infracción de la legalidad vigente y sus cláusulas no contienen estipulaciones en perjuicio de terceros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 
Primero

Que este Área Funcional de trabajo y Asuntos Sociales es competente para resolver la presente solicitud, en virtud de: a) Las competencias que le han sido atribuidas por Resolución del Excmo. Señor Delegado del Gobierno, publicadas en el Boletín Oficial de Melilla el día 25 de abril de 2000; b) Artículo 2 del Real Decreto 1040/1981 de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de los Convenios Colectivos.

Segundo

Que el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, d el Estatuto del os Trabajadores, o torga facultades a Ia Autoridad laboral competente en orden al registro, publicación, depósito y notificación de los Acuerdos Colectivos pactados en el ámbito de su competencia.

ESTA ÁREA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

ACUERDA:

1°.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales, así como el subsiguiente depósito del Texto y demás documentación original.

2°.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla -BOME -.

3°.- Ordenar se notifique esta Resolución a la Mesa Negociadora del mismo.

En Melilla a 6 de noviembre de 2006. El Director del Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales. Manuel Requena Cabo.

A la atención del Director del Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales de Melilla.

A la Oficina Pública de Registro de Convenios Colectivos.

En Melilla, a 18 de octubre de 2006, reunidos los Representantes de la mesa negociadora del Convenio Colectivo Provincial para la Construcción de la Ciudad Autónoma de Melilla, ante el Director del Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales,

COMUNICAN:

Que al amparo de la normativa vigente (R. D. 1040/1981), solicitamos aprobación, registro y orden de publicación en el BOME, del acuerdo sobre la declaración de días inhábiles por terminación del Ramadan.

Los domicilios a efectos de notificación, serán los siguientes:

Constructores Asociados de Melilla (COADEME)

Plaza 1º de Mayo S/N, bajo derecha Comisiones Obreras de Melilla (CC. OO) Plaza 1º de Mayo S/N, 3ª Planta. Unión General de Trabajadores de Melilla (UGT) Plaza 1º de Mayo S/N, 1ª planta. En virtud de lo expuesto. Tenga por presentado el presente escrito y por hechas las manifestaciones que contiene, delegando el registro del presente Acta al Secretario de la mesa de negociación, Juan Pascual Sánchez.

Firma:

ACTA DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDAD DE MELILLA.

REUNIÓN CELEBRADA EL DIA 17 DE OCTUBRE DE 2006.

En Melilla, a las 18: 00 horas del día 17 de octubre de 2006, en los locales de CEME, se reúnen las siguientes personas:

Por la parte Empresarial: Juan Antonio Tártalo Posada. Presidente COADEME

Jerónimo Pérez Henández. Por la parte Sindical: Abdeselam Mohamed Anana UGT. Juan Pascual Sánchez UGT. Andrés Pascual Martínez CC. OO.

ACUERDAN:

PRIMERO

Que en aplicación del punto segundo del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Construcción de la Ciudad de Melilla de fecha 3 de abril de dos mil seis, se determina que los dos días que se declaran inhábiles, a la terminación del Ramadan, son el 23 de octubre y el 24 de octubre.

Y sin otros asuntos que tratar se levanta la sesión, en el lugar y fecha al principio citados, firmando los presentes en prueba de conformidad.