Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (28001055011982) de Madrid
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Convenio Colectivo de Sec... de Madrid

Última revisión
21/12/2023

Revisión, Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (28001055011982) de Madrid

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del acta de 27 de noviembre de 2023, de la comisión negociadora por la que aprueba el calendario laboral y cuadro horario y tablas salariales para el año 2024 del Convenio Colectivo del Sector de Construcción y Obras Públicas (código número 28001055011982). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 303 de 21/12/2023)

Examinada el acta de 27 de noviembre de 2023, de la comisión negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Construcción y Obras Públicas, por la que aprueba el calendario laboral y cuadro horario y tablas salariales para el año 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad, y con el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General,

RESUELVE

1. Inscribir el acta de 27 de noviembre de 2023, así como el calendario laboral y cuadro horario y tablas salariales para el año 2024, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.

Madrid, a 7 de diciembre de 2023.?La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

ACTA DEL CALENDARIO Y LAS TABLAS SALARIALES

(ACTA OMITIDA. CONSULTAR EL PDF DE PUBLICACIÓN)