Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (28001055011982) de Madrid
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Convenio Colectivo de Sec... de Madrid

Última revisión
22/12/2023

C. Colectivo. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (28001055011982) de Madrid

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 21 de Diciembre de 2023 en adelante

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Convenio afectado por

RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Sector Construcción y Obras Publicas, suscrito por la Organización Empresarial Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM), y por la representación sindical CC. OO. del Hábitat de Madrid y UGT FICA MADRID (Código número 28001055011982). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 303 de 21/12/2023)

Examinado el texto del Convenio Colectivo del Sector de Construcción y Obras Públicas, suscrito por la organización empresarial Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM) y por las organizaciones sindicales CC. OO. del Hábitat de Madrid y UGT FICA Madrid, el día 16 de noviembre de 2023, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General,

RESUELVE

1. Inscribir dicho convenio, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.

Madrid, a 30 de noviembre de 2023.?La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

Texto del Convenio Colectivo del Sector de Construcción y Obras Públicas

(TEXTO OMITIDO. CONSULTAR EN EL PDF DE PUBLICACIÓN)