Última revisión
06/03/2026
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA (46000665011981) de Valencia
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante
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Anuncio de la Dirección Territorial de Trabajo y Labora sobre la resolución por la que se dispone el registro, depósito y publicación del acuerdo de aprobación de las tablas salariales para el año 2026 del convenio colectivo del transporte de viajeros por carretera de la provincia de Valencia. Código de convenio: 46000665011981. (Boletín Oficial de Valencia num. 45 de 06/03/2026)
Resolución de la Dirección Territorial de Trabajo y Labora de Valencia, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del acuerdo de aprobación de las tablas salariales para el año 2026 del Convenio Colectivo del Transporte de Viajeros por Carretera de la provincia de Valencia
Vista la solicitud de inscripción del acuerdo suscrito el día 2 de febrero de 2026 por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Transporte de Viajeros por Carretera de la provincia de Valencia, por el que se aprueban las tablas salariales correspondientes al año 2026.
En dicho acuerdo se establece, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 16 del Convenio Colectivo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia de fecha 7 de noviembre de 2025 (código 46000665011981), la aprobación de las tablas salariales para el año 2026, que se adjuntan como anexo al acta.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; en los artículos 2.1.a) y 8.3 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; y en los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Se hace constar que las condiciones salariales pactadas se entienden sin perjuicio de la aplicación directa de la normativa vigente, en particular la relativa al salario mínimo interprofesional, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores.
Esta Dirección Territorial de Trabajo y Labora de Valencia es competente para resolver, de conformidad con lo establecido en el artículo 51.1.1ª del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana y en el Decreto 19/2026, de 13 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, en particular los artículos 1, 12.j) y 18, así como en la disposición transitoria única del citado decreto, en tanto se aprueba la orden de desarrollo.
Resuelve
Primero: Ordenar el depósito y la inscripción del acuerdo de aprobación de las tablas salariales para el año 2026 del Convenio Colectivo del Transporte de Viajeros por Carretera de la provincia de Valencia en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
València, 24 de febrero de 2026.?La directora Territorial de Trabajo y Labora, Silvia Olga Enguix Gadea.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERADE LA PROVINCIA DE VALENCIA
(TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
