Convenio Colectivo de Sec... de Huesca

Última revisión
11/02/2026

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIA SIDEROMETALURGICA (22000275012003) de Huesca

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante

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Inscripción en el registro y publicación de las Tablas Salariales del Convenio colectivo de la Industria, la Tecnología y los Servicios del sector del metal de la provincia de Huesca. (Boletín Oficial de Huesca num. 27 de 11/02/2026)

RESOLUCIÓN de la Subdirección Provincial de Trabajo del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia en Huesca por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las Tablas Salariales del CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA, LA TECNOLOGÍA Y LOS SERVICIOS DEL SECTOR DEL METAL DE LA PROVINCIA DE HUESCA (Código de Convenio 22000275012003).

Vista el Acta de fecha 27 de enero de 2026, suscrita por los integrantes de la Comisión Paritaria del CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA, LA TECNOLOGÍA Y LOS SERVICIOS DEL SECTOR DEL METAL DE LA PROVINCIA DE HUESCA, mediante la cual, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 del vigente convenio, se ha procedido a la confección de las Tablas Salariales de para el año 2026 y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenio y Acuerdos Colectivos de Trabajo esta Subdirección Provincial de Trabajo del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia,

ACUERDA

1.- Ordenar la inscripción del Acta citada en el Registro de Convenios y Acuerdos colectivos de esta Subdirección Provincial, con notificación a la Comisión Paritaria.

2.- Disponer la publicación del acta y las tablas salariales para el año 2026 en el Boletín Oficial de la Provincia.

Huesca, 6 de febrero de 2026. La Subdirectora Provincial de Trabajo, Ana Maurel Garcés.

COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA, LA TECNOLOGÍA Y LOS SERVICIOS DEL SECTOR DEL METAL DE LA PROVINCIA DE HUESCA 2026

ASISTENTES

Por la representación empresarial:

Dña. BEGOÑA ANIES LATORRE

D. ROGELIO LOPEZ MARQUES

Por la representación de los trabajadores

Por CCOO INDUSTRIA:

D. ALBERTO MORAGA ESCALONA

Por FICA UGT:

Dña. LAURA ORTIZ AURENSANZ

ACTA

En Huesca, siendo las 12,00 horas del día 27 de Enero de 2026, en el edificio de la CEOS, Plaza Luis López Allué, 3, se reúnen las personas al margen relacionadas para celebrar reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del

Metal de la Provincia de Huesca, acordándose los siguientes términos:

El motivo de la reunión es dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 22, RETRIBUCIONES para el año 2026.

Para el cuarto año de vigencia (2026), se pacta un incremento del 2,5 % sobre las tablas 2025 definitivas y actualizadas si procede, con efecto de aplicación y devengos a partir del 1 de enero de 2026.

Por ello y dado que el IPC real del año 2025 ha sido del 2,9% y no procede la revisión salarial, siendo las tablas publicadas del año 2025 como definitivas para aplicar el incremento salarial del año 2026.

Se adjuntan tablas definitivas y vigentes a abonar desde el 1 de enero de 2026, que se encuentran conforme se firman y adjuntan como anexos a la presente acta.

El artículo 25º.- ANTIGÜEDAD. - Se incrementará para el año 2026 un 2,5%. Las cantidades correspondientes a este concepto no serán compensables ni absorbibles.

El artículo 27º.- DIETAS. - El personal trabajador que con arreglo a la legislación vigente tenga derecho al percibo de dietas. Percibirá por dieta completa la cantidad de 50,57 euros para el año 2026 a partir del 1 de enero. Por media dieta 19 euros para el año 2026 a partir del 1 de enero.

El artículo 28º.- PLUS DE EVENTUALIDAD. - Queda establecido en 0,95 euros las condiciones reguladas en el citado artículo, para el año 2026 desde el 1 de enero.

Se delega en Dña. Begoña Anies Latorre para que realice los trámites oportunos, a efectos de su registro y publicación ante los órganos competentes.

Y en prueba de conformidad y a los efectos oportunos, se firma la presente Acta.

POR LA REPRESENTACIÓN

POR LA REPRESENTACIÓN

EMPRESARIAL DE TRABAJADOR

TABLA CONVENIO 2026 

(TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)