Convenio Colectivo de Emp...e Asturias

Última revisión
09/02/2026

Revisión. Convenio Colectivo de Empresa de CLUB DE GOLF CASTIELLO (33100612012020) de Asturias

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante

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Resolución de 28 de enero de 2026, de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripción y publicación de la tabla salarial para el año 2026 del Convenio colectivo de la empresa Club de Golf Castiello, en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Empleo y Asuntos laborales. (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 26 de 09/02/2026)

Visto el acta de la Comisión de Seguimiento del convenio colectivo de empresa Club de Golf Castiello (Expediente C-008/2023 Código 33100612012020), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del Principado de Asturias el 26 de enero de 2026, en la que se acuerda la tabla salarial para el año 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 19 de mayo de 2025, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo en la persona titular de la Dirección General de Empleo y Asuntos Laborales, por la presente,

RESUELVO

Primero.?Ordenar su inscripción en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad el Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Empleo y Asuntos Laborales, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.?Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 28 de enero de 2026.?La Directora General de Empleo y Asuntos Laborales (P. D. autorizada en Resolución de 19 de mayo de 2025, publicada en el BOPA núm. 98, de 23/05/2025).?Cód. 2026-00735.

ACTA DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DELCONVENIO COLECTIVO REAL CLUB DE GOLF DE CASTIELLO

En Gijón, a 20 de enero de 2026, en las instalaciones del Centro de Trabajo sito en, calle Camino del Golf, 696, C.P. 33394 Gijón, Asturias, se reúne la comisión de seguimiento del convenio colectivo del Real Club de Golf de Castiello, compuesta por Don Casimiro Ayesta González, en representación de la Empresa y Don Javier Navarro Mayo, en representación de los trabajadores del Real Club de Golf Castiello, reconociéndose ambas partes capacidad legal y representatividad suficiente,

Acuerdan

Primero.?Por Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, se ordena la inscripción del convenio colectivo de la empresa Club de Golf Castiello (publicada en BOPA de 05/04/2023), donde en el artículo 19, se establece la fórmula de cálculo de la subida salarial para 2026.

?La subida lineal de salarios se calcula aplicando la siguiente fórmula:

Se toma la suma de los conceptos retributivos anuales de todos los trabajadores (excluyendo de dicha suma la parte de las cotizaciones a la seguridad social que satisface la empresa) a la cantidad obtenida se le aplica el porcentaje indicado en este artículo.

El resultado se divide entre el número total de trabajadores; computando cada trabajador a jornada completa como 1 y los trabajadores a media jornada como 0,5.

La cifra resultante se divide entre el número total de pagas anuales (16). La cantidad resultante se suma al salario base que cada trabajador tuviera en el año 2022.

Las retribuciones para el año 2023, se aplicará un incremento salarial del IPC de diciembre de 2022, sobre el año anterior, usando la fórmula de subida lineal indicada en este artículo.?

Segundo.?Que no habiéndose producido denuncia del convenio en el plazo establecido, por ninguna de las partes, se entiende prorrogado en todos sus términos, aplicando la fórmula establecida en el artículo 19, para la subida salarial de 2026, teniendo efectos del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026.

Tercero.?Se autoriza a María Díaz Muñiz con DNI ***7717**, para la inscripción de la presente acta con las tablas salariales.

Tablas salariales 2026 

(TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)