Última revisión
29/05/2023
Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE CONSTRUCCION, OBRAS PUBLICAS E INDUSTRIAS AUXILIARES (12000525011973) de Castellón
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante
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Resolución y acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para las Industrias de Construcción, Obras Públicas e Industrias Auxiliares de la provincia de Castellón, cód. 12000525011973 (Boletín Oficial de Castellón num. 66 de 27/05/2023)
Vista el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de Construcción, Obras Públicas e Industrias Auxiliares de la provincia de Castellón, código 12000525011973, presentada en esta Dirección Territorial en fecha 27 de enero de 2023. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como en el art. 2.1º del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad y los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y de acuerdo con las competencias legalmente establecidas en el artículo 13.3 de la ORDEN 10/2022, de 26 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, mediante la que se desarrolla el Decreto 175/2020, del Consell, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. Esta Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, ACUERDA:
Primero: Ordenar su inscripción en este registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con notificación a la representación de la comisión negociadora, así como el depósito del texto del acuerdo.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Castelló de la Plana a 31 de enero de 2023
DIRECTOR TERRITORIAL DE ECONOMIA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO.
JOSE VICENTE ANDRES PEÑARROJA
Acta de la Reunión 1/2023 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial de Trabajo para las Industrias de Construcción, Obras Públicas e Industrias Auxiliares de la Provincia de Castellón.
ACTA
En Castellón de la Plana, siendo las once horas del día 25 de enero de 2023 en los locales de la Asociación Provincial de Empresas de la Construcción de Castellón (APECC), calle Ruiz Vila, 8-Entlo de Castellón se reúnen, en tiempo y forma, los representantes por la parte empresarial de la Asociación
Provincial de Empresas de la Construcción de Castellón (APECC) y por la parte sindical, los representantes de la Unión General de Trabajadores, FICA indústria, Construcció i Agro Comarques del Nord y de
Comisiones Obreras Hàbitat, con el objeto de dar cumplimiento a lo previsto en el art. 52 y art. 52 bis del
Acuerdo de modificación del VI Convenio Colectivo general del sector de la construcción.
Ambas partes, reconociéndose mutuamente capacidad y constituidos en Comisión Negociadora
formada por los siguientes representantes:
POR LA PARTE EMPRESARIAL
D. David Ruiz Sánchez
D. Rafael Pérez Rodríguez
D. Javier Segarra Sánchez
D. Carlos Gomis Pastor
POR LA REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES
D. Miguel Ángel Escobar Lluch (CCOO-Hàbitat)
D. Juan José Escrig Gil (UGT-FICA)
D. Antonio Blanco Rodriguez (UGT-FICA)
Dña. Natividad Morilla García (UGT-FICA)
D. Guillermo Gargallo Badenes (UGT-FICA)
ACUERDAN
1º.- Aplicación del Convenio Colectivo Provincial de Trabajo para las Industrias de Construcción, Obras Públicas e Industrias Auxiliares de la Provincia de Castellón.
Las partes acuerdan que finalizado el Convenio Colectivo Provincial de Trabajo para las Industrias de
Construcción, Obras Públicas e Industrias Auxiliares de la Provincia de Castellón con fecha 31 de diciembre de 2022, y al objeto de evitar el vacío normativo durante el proceso de negociación, continuará
vigente el presente convenio colectivo hasta que sea sustituido por otro. Con independencia de lo antedicho, cualquiera de las partes legitimadas para negociar este convenio podrán proponer durante la
vigencia del mismo su revisión y/o negociación de nuevas materias en vista de las variables de la negociación colectiva y de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
2º.- Tablas Salariales.
Los agentes sociales han convenido fijar el incremento de los conceptos salariales y extrasalariales (dieta, media dieta, kilometraje y desgaste herramienta) para el año 2023 de manera que, tomando las tablas vigentes durante el año 2022 como base, estas se actualizarán conforme a lo establecido en el Acuerdo de fecha 13 de junio de 2022, publicado en el BOE de fecha 05/08/2022 incrementándose en un 3%.
Las tablas salariales de aplicación para el año 2023 son las siguientes:
(OMITIDAS. VER PDF)
Los incrementos salariales se aplicarán con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2.023. Las diferencias resultantes se abonarán dentro del mes siguiente al de la publicación de este acta en el boletín oficial de la provincia, según establece el art. 56 apartado segundo del Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social).
Se autoriza a D. Mariano Ugalde Romero con DNI **.056.8***, para que proceda a efectuar los trámites oportunos de registro, depósito y publicación en los registros y boletines oficiales correspondientes.
Y en prueba de conformidad se firma la presente por un representante de cada organización, en el lugar y fecha indicados, siendo las doce horas.
Por CCOO-Hàbitat, D. Miguel Ángel Escobar Lluch.
Por UGT-FICA, D. Guillermo Gargallo Badenes
Por APECC, David Ruiz Sánchez.
