Convenio Colectivo de Empresa de COMISIONES OBRERAS (81100092012016) de Extremadura
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Convenio Colectivo de Emp...xtremadura

Última revisión
26/02/2024

Calendario. Convenio Colectivo de Empresa de COMISIONES OBRERAS (81100092012016) de Extremadura

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos del Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 22 de enero de 2024, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del VIII Convenio Colectivo para el personal de CCOO de Extremadura 2022-2025, en la que se establece el calendario laboral para 2024 aplicable en el ámbito de actuación del citado convenio. (Diario Oficial de Extremadura num. 39 de 26/02/2024)

Visto el texto del Acta, de fecha 22 de enero de 2024, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del VIII Convenio Colectivo para el personal de CCOO de Extremadura 2022-2025 (código convenio REGCON 81100092012016, publicado en DOE de 16 de enero de 2024), en la que se establece el calendario laboral para el año 2024 aplicable en el ámbito de actuación del citado convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y en el artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, que crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Esta Dirección General de Trabajo,

ACUERDA:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 9 de febrero de 2024.

La Directora General de Trabajo,

PILAR BUENO ESPADA

Acta 01/2024

Reunión de CCOO de Extremadura con la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras.

Reunidas las partes, en la sede de CCOO de Extremadura de Mérida, en la avenida Juan Carlos I, 47, el día 22 de enero de 2024, siendo las 10:45 h.

De una parte, por CCOO de Extremadura:

María Berrocal Asensio.

Francisco Jiménez Camacho.

De otra parte, por la Representación Legal de la plantilla:

Paloma Torrado Domínguez.

María Teresa García López.

María José Gutiérrez González.

Josefa Heras Malfeitos.

Orden del día:

1. Calendario laboral 2024.

Se acuerda el calendario laboral para la plantilla de CCOO de Extremadura.

Se anexa documento: Calendario laboral 2024 firmado por las partes.

Sin más temas que tratar, finaliza la reunión siendo las 12:00 h.

Mérida, 22 de enero de 2024.

CALENDARIO LABORAL 2024 DE CCOO DE EXTREMADURA

1. Horarios generales de las diferentes sedes.

Horario de la sede de Mérida.

Mañana: de lunes a jueves de 08:30 a 15:00 y viernes de 08:30 a 14:30h.

Tarde: de lunes a jueves de 16:30 a 19:00 h.

Horario de la sede de Badajoz.

Mañana: de lunes a viernes de 08:30 a 14:30 h.

Tarde: de lunes a jueves de 16:30 a 19 h.

Horario de la sede de Cáceres.

Mañana: de lunes a jueves de 08:00 a 15:00 y viernes de 09:00 a 14:00.

Tarde: de lunes a jueves de 16:00 a 19:00.

Horario de la sede de Plasencia.

Mañana: lunes, miércoles, jueves y viernes de 09:00 a 14:00 y martes, de 08:30 a 14:30 h.

Tarde: lunes, miércoles y jueves de 16:30 a 19:30 h.

Horario de la sede de Don Benito.

Mañana: de lunes a viernes de 08:30 a 15:00.

Tarde: martes de 17:00 a 19:30 h.

Horario de la sede de Zafra.

Mañana: lunes, martes y miércoles de 9 a 14:00, jueves y viernes de 09:00 a 14:30h.

Tarde: lunes, martes y miércoles de 16:30 a 19:00.

Horario de la sede de Navalmoral de la Mata.

Mañana: lunes martes miércoles y viernes de 09:00 a 14h y jueves de 08:30 A 14:30.

Tarde: lunes martes y miércoles de 16:00 a 19:00.

2. Festivos.

Serán festivos retribuidos y no recuperables los días fijados en el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 (Decreto 68/2023):

2.1 Festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

? Lunes, 1 de enero.

? Sábado, 6 de enero.

? Martes, 13 de febrero (reemplazando el descanso en lunes de la festividad del 8 de septiembre, Día de Extremadura, domingo).

? Jueves, 28 y viernes, 29 de marzo.

? Miércoles, 1 de mayo.

? Jueves, 15 de agosto.

? Sábado, 12 de octubre.

? Viernes, 1 de noviembre.

? Viernes, 6 de diciembre.

? Domingo, 8 de diciembre (se disfrutará el lunes, día 9 de diciembre, por coincidir dicha fiesta en domingo).

? Miércoles, 25 de diciembre.

2.2. Festivos Locales.

Cada localidad, además, disfrutará de dos días festivos de carácter local, según lo publicado en el DOE, en la Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2024.

Badajoz: martes, 19 de marzo y lunes, 24 de junio.

Cáceres: martes, 23 de abril y jueves, 31 de mayo.

Mérida: jueves, 23 de mayo y martes, 10 de diciembre.

Plasencia: jueves, 13 y viernes, 14 de junio.

Don Benito: lunes, 1 de abril y lunes, 9 de septiembre.

Navalmoral de la Mata: miércoles, 14 de febrero y viernes, 27 de septiembre.

Zafra: miércoles, 15 de mayo y martes, 1 de octubre.

2.3. Festivos del convenio.

Como establece el convenio colectivo, se disfrutará como días festivos el 24 y el 31 de diciembre.

3. Jornada continua de mañana con horario de 08:00 a 15:00h.

3.1. Periodo estival.

Tal y como establece el convenio, la jornada continua de mañana con horario de 8 a 15 horas será del 1 de junio al 15 de septiembre.

3.2. Semana Santa.

Los días 25, 26 y 27 de marzo, previos a los festivos de Semana Santa se aplicará la jornada continua de mañana de 8 a 15 horas.

3.3. Periodo Navideño.

La jornada continua de mañana del periodo navideño se aplicará desde el día 23 de diciembre al día 3 de enero.

4. Vísperas de festivos. Horario de 08:00 a 15:00.

El personal realizará su jornada laboral en horario continuo de mañana de 8 a 15 horas, en los días vísperas de festivo, que en 2024 serán los siguientes:

? Lunes, 12 de febrero.

? Martes, 30 de abril.

? Jueves, 31 de octubre.

? Jueves, 5 de diciembre.

Se aplicará el mismo horario los días vísperas de festivos correspondientes a días festivos locales que no coincidan con la Semana de Feria de la localidad.

5. Jornada reducida, en horario de 09:00 a 14:00h. Semana de Feria Local.

Se disfrutará de la jornada reducida de mañana, en horario de 09:00 a 14:00h en los días laborales de la semana de feria local.

6. Compensación de festivos en descanso semanal.

En 2024, hay dos días festivos que coinciden en sábado (descanso semanal): sábado, 6 de enero y sábado, 12 de octubre.

Se acuerda la compensación del festivo del 6 de enero por un día de libre disposición a disfrutar durante el primer semestre de 2024. Sólo será posible su disfrute hasta el 30 de junio.

Se acuerda la compensación del festivo del 12 de octubre por un día de libre disposición a disfrutar durante el segundo semestre de 2024. Sólo será posible su disfrute del 1 de julio al 31 de diciembre de 2024.

ACORDADO EL CALENDARIO LABORAL DE 2024 DE CCOO DE EXTREMADURA

FIRMADO

Mérida, 22 de enero de 2024